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Gestión de Alquileres

Gestión de alquileres
en Las Palmas y Canarias

Tu vivienda o local alquilado y gestionado por un despacho de abogados-gestores: inquilino solvente, contrato blindado, cobro de rentas y desahucio por impago incluido sin coste adicional. Tú cobras; nosotros nos ocupamos de todo lo demás.

4,8/5 · 225 reseñas en GoogleCol. ICALPA n.º 5.231Desahucio incluido

8-12 %

de la renta, todo incluido

0 €

estudio inicial de rentabilidad

Mes 1

actuamos desde el primer impago

6 idiomas

atención a no residentes

Precio de la gestión y qué incluyeCalculadora de rentabilidad del alquiler

Datos clave

  • →Gestión integral del alquiler por el 8-12 % de la renta mensual — estudio inicial gratuito
  • →Desahucio por impago incluido sin coste adicional: actuamos desde el primer mes
  • →Selección de inquilino con estudio de solvencia y consulta de ficheros de morosos
  • →Depósito de la fianza ante la Administración autonómica en el plazo de un mes (Registro de Fianzas del ICAVI)
  • →Propietarios no residentes: IRNR (modelo 210) y gestión 100 % a distancia en 6 idiomas

El servicio

Cómo te ayudamos

Incluido

Desahucio por impago incluido

Somos abogados: si el inquilino deja de pagar, tramitamos nosotros mismos la reclamación y el desahucio sin honorarios adicionales. Sin abogado externo, sin sorpresas y actuando desde el primer mes de impago.

Selección rigurosa del inquilino

Publicación en portales con fotografía profesional, estudio de solvencia (nóminas, contrato laboral, historial), consulta de ficheros de morosos y referencias. Un mal inquilino cuesta meses de impago; la selección es la primera defensa.

Contrato blindado por abogados

Actualización de renta, inventario y estado del inmueble, garantías adicionales a la fianza, cláusulas de resolución anticipada y regulación del subarriendo. El contrato es lo que te protege cuando algo va mal.

Cobro de rentas y seguimiento

Cobro mensual, control de pagos, actualización anual de la renta conforme a la ley y atención directa al inquilino. Tú solo recibes la transferencia y el informe.

Incidencias y mantenimiento

Averías, reparaciones y comunicaciones con la comunidad resueltas con nuestra red de proveedores, sin que tengas que intervenir. Depositamos la fianza ante la Administración autonómica en el plazo de un mes (Caja de Depósitos y Registro de Fianzas del ICAVI) y solicitamos su devolución al terminar el contrato.

Propietarios no residentes

Gestión 100 % a distancia con informes periódicos, presentación del IRNR (modelo 210) y un único interlocutor en tu idioma: atendemos en español, inglés, alemán, francés, italiano y neerlandés.

El proceso

Cómo funciona

Del estudio gratuito al cobro mensual, en cinco pasos.

1

Estudio gratuito del inmueble

Valoramos la renta de mercado y la rentabilidad esperada de tu vivienda o local en Canarias y te enviamos una propuesta sin compromiso.

2

Publicación y selección del inquilino

Anunciamos el inmueble con fotografía profesional en los portales, filtramos candidatos con estudio de solvencia y consulta de ficheros de morosos, y te presentamos solo perfiles fiables.

3

Contrato y fianza

Redactamos un contrato de arrendamiento blindado por abogados, con inventario y garantías, y depositamos la fianza ante la Administración de la Comunidad Autónoma (Caja de Depósitos) en el plazo de un mes desde la firma; el depósito queda inscrito en el Registro de Fianzas adscrito al ICAVI.

4

Gestión mensual completa

Cobramos la renta, la actualizamos cada año, atendemos al inquilino y resolvemos incidencias y reparaciones con proveedores de confianza.

5

Si hay impago, actuamos de inmediato

Reclamamos desde el primer mes y, si es necesario, tramitamos el desahucio judicial y la reclamación de rentas sin coste adicional: está incluido en la gestión.

Qué incluye el servicio

  • Estudio de rentabilidad y valoración de la renta de mercado
  • Publicación en portales con fotografía profesional
  • Estudio de solvencia y consulta de ficheros de morosos
  • Contrato de arrendamiento redactado por abogados
  • Depósito de la fianza ante la Administración autonómica y solicitud de su devolución
  • Cobro mensual de la renta y control de pagos
  • Actualización anual de la renta conforme a la ley
  • Gestión de incidencias, averías y mantenimiento
  • Coordinación con la comunidad de propietarios
  • Reclamación de impagos y desahucio judicial incluidos
  • Asesoría fiscal del alquiler (deducciones y reducción en IRPF)
  • IRNR (modelo 210) para propietarios no residentes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la gestión integral del alquiler?

La gestión completa de un alquiler de larga duración cuesta entre el 8 y el 12 % de la renta mensual, según el inmueble y los servicios. La gestión de alquiler vacacional se sitúa entre el 15 y el 25 % de los ingresos. El estudio inicial de rentabilidad es gratuito.

¿Qué incluye exactamente el servicio?

Publicación del inmueble, selección del inquilino con estudio de solvencia, redacción del contrato, depósito de la fianza ante la Administración autonómica, cobro mensual de la renta, actualización anual, gestión de incidencias y mantenimiento y, si hay impago, la reclamación y el desahucio judicial.

¿El desahucio está de verdad incluido?

Sí. Una agencia inmobiliaria te deriva a un abogado externo con sus propios honorarios; nosotros somos abogados y tramitamos el procedimiento directamente, sin coste adicional. La duración del procedimiento depende de la carga de la sección civil del Tribunal de Instancia y de si el inquilino se opone.

¿Qué pasa si el inquilino deja de pagar?

Actuamos desde el primer impago: requerimiento formal, demanda de desahucio y reclamación de las rentas debidas. Cada mes sin actuar es un mes más de deuda y un mes más sin recuperar el inmueble, por eso no esperamos.

Soy propietario no residente, ¿podéis encargaros de todo?

Sí. Gestionamos el alquiler íntegramente a distancia con informes periódicos, presentamos el IRNR (modelo 210) por los rendimientos del alquiler y atendemos en español, inglés, alemán, francés, italiano y neerlandés.

¿Gestionáis también alquiler vacacional?

Sí. El alquiler turístico exige presentar una declaración responsable ante el cabildo insular, que inscribe la actividad en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias (Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas), y tiene fiscalidad y restricciones propias. Lo gestionamos junto con la habilitación de la vivienda; los honorarios van del 15 al 25 % de los ingresos por la mayor dedicación que exige.

¿Un alquiler de temporada de 31 días o menos se considera turístico en Canarias?

Se presume que sí, salvo prueba en contrario. Desde el 15 de agosto de 2026, la ley canaria presume turístico el alquiler de corta duración de una vivienda de uso residencial cuando dura 31 días seguidos o menos, una o más veces en el mismo año, o cuando se anuncia o comercializa por un canal de oferta turística (art. 11 de la Ley 6/2025, añadido por la Ley 7/2026). Si no se prueba lo contrario, el alquiler queda sometido a la legislación turística, que exige presentar antes una declaración responsable ante el cabildo insular. Un alquiler de temporada corto sigue siendo posible, pero hay que poder acreditar que el contrato se ajusta a la legislación de arrendamientos y que su finalidad no es turística (art. 12).

¿Qué debe constar en el contrato de un alquiler de temporada de 31 días o menos?

El motivo de la estancia. El arrendador debe pedir antes al inquilino la razón que justifica el alojamiento provisional y su relación con la duración prevista, y hacerla constar expresamente en el contrato (art. 12 de la Ley 6/2025, añadido por la Ley 7/2026). Si no consta, el contrato se considera de naturaleza turística. Además, firmarlo sin esa mención es infracción grave de la Ley 7/1995, de Ordenación del Turismo de Canarias (art. 76.24), con multa de 1.501 a 30.000 € (art. 79.2). Firmarlo sin haber pedido antes esa información al inquilino es infracción leve (art. 77.12). Las Administraciones competentes en vivienda, urbanismo o turismo pueden comprobar que el motivo es real.

¿Quién deposita la fianza?

Nosotros. En Canarias, el arrendador debe depositar una cantidad equivalente a la fianza ante la Administración de la Comunidad Autónoma, en la Caja de Depósitos, en el plazo de un mes desde la firma del contrato, y el depósito se inscribe en el Registro de Fianzas adscrito al Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI) (Ley 2/2014, de 20 de junio, de Canarias, arts. 2, 5 y 12). La obligación existe aunque el inquilino no haya entregado la fianza. Nos encargamos del depósito al inicio del contrato y, al final, de solicitar su devolución y liquidar la fianza.

¿Qué ventaja tiene un despacho de abogados frente a una agencia?

La protección jurídica está integrada desde el primer día: el contrato lo redactan abogados de arrendamientos, el impago lo resuelve el mismo despacho sin derivaciones y, si el inquilino moroso resulta insolvente o entra en concurso, sabemos exactamente cómo defender tu crédito — el titular ejerce como administrador concursal.

Lo que una agencia no puede ofrecer

Somos abogados primero y gestores después

Una agencia gestiona el alquiler mientras todo va bien. Cuando el inquilino deja de pagar, te deriva a un abogado externo con sus propios honorarios. En ALY Abogados la defensa jurídica está integrada desde el primer día.

Impago resuelto sin terceros

Si el inquilino no paga, el mismo despacho que gestiona tu alquiler tramita la reclamación y el desahucio sin coste adicional. Conocemos el caso desde el inicio, actuamos desde el primer mes y tienes un único interlocutor para todo.

Un contrato que te protege de verdad

El contrato no es un trámite: es lo que decide el pleito. Lo redactan abogados de arrendamientos con garantías adicionales a la fianza, cláusulas de resolución anticipada, actualización de renta y regulación del subarriendo.

Inquilino insolvente o en concurso

Si el moroso acude a la Ley de Segunda Oportunidad o entra en concurso, sabemos exactamente cómo defender tu crédito: el titular del despacho ejerce como administrador concursal. La mayoría de gestoras deja de cobrar en ese escenario; nosotros sabemos cómo continuar.

Desde cualquier país

Propietarios no residentes

¿Vives fuera de España y tienes una propiedad en Canarias? Nos ocupamos de todo a distancia, también de Hacienda.

Gestión 100 % remota

Firma digital, informes periódicos del estado del inmueble y de los cobros, y comunicación en tu idioma: español, inglés, alemán, francés, italiano o neerlandés.

Fiscalidad del no residente

Presentamos el IRNR (modelo 210) por los rendimientos del alquiler, aplicamos las deducciones que correspondan según tu país de residencia y te evitamos sanciones por declaraciones no presentadas.

Un único interlocutor

El mismo despacho gestiona el alquiler, el contrato, los impagos y tus obligaciones fiscales en España. Sin coordinar gestoría, agencia y abogado por separado.

Gestión de alquileres en toda Canarias

Guía gratuita: el propietario que alquila en Canarias (2026)

Checklist por fases: antes de alquilar, contrato, fianza, impagos e impuestos, con cada regla citada al BOE.

Acceder a la guía

Gestión Blindada

¿Qué pasa el día que algo va mal con tu alquiler?

Impago, requerimiento del cabildo por tu vivienda vacacional (Ley 6/2025), moroso insolvente… Ahí es donde una gestora tradicional te deriva a un abogado externo. En la Gestión Blindada la defensa jurídica está integrada: el gestor es el propio despacho.

Conocer la Gestión Blindada

Vivienda vacacional · Ley 6/2025

¿Alquiler vacacional? Te ayudamos con la declaración responsable y la Ley 6/2025

Tramitamos la declaración responsable de vivienda vacacional ante el cabildo insular, adaptamos las viviendas ya habilitadas al régimen transitorio de la Ley 6/2025 y te defendemos ante expedientes sancionadores en materia turística.

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Responsable: ALY Abogados (Lázaro Héctor Amable Méndez). Finalidad: atender tu consulta. Derechos: acceso, rectificación y supresión en alyabogados@lazaroamable.com.

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