Gestión Blindada:
tu gestor no debería soltarte la mano cuando llega el problema legal
La mayoría de gestoras administran tu alquiler mientras todo va bien. Pero cuando el inquilino deja de pagar o llega un requerimiento de la Ley 6/2025 con sanciones de hasta 300.000 €, lo habitual es que el problema legal quede fuera del servicio. Nuestra gestión es distinta porque el gestor es un despacho de abogados: el problema legal es exactamente nuestro terreno.
Los cuatro compromisos de la Gestión Blindada
Impago y desahucio: lo lleva un abogado del propio despacho
Si el inquilino deja de pagar, no te derivamos a un abogado externo con honorarios aparte: la reclamación y el desahucio los tramita el mismo despacho que gestiona tu alquiler, sin coste de honorarios adicionales. Actuamos desde el primer impago.
Defensa ante sanciones de la Ley 6/2025 (vivienda vacacional)
La ley canaria de vivienda vacacional contempla multas de hasta 2.000 € (leves), 20.000 € (graves) y 300.000 € (muy graves). Si tu vivienda gestionada recibe un requerimiento o se abre un expediente sancionador, te defendemos nosotros: somos abogados y es nuestro terreno.
Licencia y cumplimiento auditados ANTES de publicar
Revisamos la habilitación de vivienda vacacional (HVV), el registro turístico y los requisitos de la normativa antes de anunciar la vivienda. La mejor defensa frente a una sanción es no dar motivos para ella.
Si el moroso resulta insolvente, también sabemos seguir
Cuando el inquilino o el deudor cae en concurso o pide la Segunda Oportunidad, la mayoría de gestoras da la deuda por perdida. El titular del despacho ejerce como administrador concursal: defendemos tu crédito también en ese escenario.
Las condiciones concretas de cada compromiso se detallan en la propuesta personalizada según inmueble y modalidad de alquiler.
Gestora tradicional vs. Gestión Blindada
La diferencia no está en la gestión del día a día — está en qué pasa el día que algo va mal.
| Situación | Gestora tradicional | Gestión Blindada ALY |
|---|---|---|
| Impago del inquilino | Derivación a abogado externo con honorarios aparte (o seguro con carencias y letra pequeña) | Reclamación y desahucio por abogado propio, sin coste de honorarios adicional |
| Requerimiento o sanción turística (Ley 6/2025) | Habitualmente excluido: el expediente es problema del propietario | Defensa jurídica del expediente por el propio despacho |
| Contrato de arrendamiento | Plantilla estándar | Redactado por abogados de arrendamientos, con garantías e inventario |
| Licencia / habilitación VV | Se publica y se confía en que esté en regla | Auditoría previa de HVV, registro y requisitos |
| Moroso insolvente o en concurso | Deuda por perdida | Defensa del crédito en el concurso (administrador concursal) |
| Fianza | Variable | Depósito y recuperación ante el Instituto Canario de la Vivienda (ICV) |
Lo que más nos preguntan
¿Qué es exactamente la Gestión Blindada?
Es nuestra gestión integral del alquiler (publicación, selección de inquilino, contrato, cobro, incidencias) con la defensa jurídica integrada en el servicio: desahucio por impago tramitado por el propio despacho, defensa ante expedientes sancionadores de la Ley 6/2025 en vivienda vacacional y auditoría previa de la licencia. Las condiciones concretas se detallan en la propuesta personalizada.
¿En qué se diferencia de una gestora o property manager tradicional?
Una gestora administra el alquiler mientras todo va bien; cuando surge el problema legal (impago, sanción, expediente), lo habitual es que te derive a un abogado externo o quede fuera del servicio. Aquí el gestor ES un despacho de abogados: el problema legal no es una exclusión del contrato, es nuestro trabajo.
¿Cuánto cuesta?
La gestión de larga duración se sitúa entre el 8 y el 12 % de la renta mensual y la de alquiler vacacional entre el 15 y el 25 % de los ingresos, según inmueble y servicios. El estudio inicial de rentabilidad es gratuito y sin compromiso.
¿Qué pasa si mi vivienda vacacional aún no tiene la habilitación (HVV)?
La tramitamos. La Ley 6/2025 exige habilitación de vivienda vacacional y publicar sin ella puede constituir infracción grave o muy grave. Antes de anunciar nada, auditamos la situación y regularizamos lo que falte.
¿Cubrís tanto alquiler de larga duración como vacacional?
Sí. Larga duración conforme a la LAU (contrato, fianza en el ICV, actualización de renta) y vacacional conforme a la normativa turística canaria (habilitación, registro, requisitos de la Ley 6/2025). En ambos casos con la defensa jurídica integrada.
Soy propietario no residente, ¿puedo contratarla a distancia?
Sí. Gestionamos el alquiler íntegramente a distancia con informes periódicos, presentamos el IRNR (modelo 210) por los rendimientos y atendemos en español, inglés, alemán, francés, italiano y neerlandés.
Información divulgativa. Los importes sancionadores citados corresponden al cuadro de la Ley 6/2025 de vivienda vacacional de Canarias; cada expediente depende de sus circunstancias. Consulta tu caso: la primera consulta es gratuita.
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