Abogado Vivienda Vacacional
en Canarias — Ley 6/2025
Declaraciones responsables, uso turístico consolidado, defensa ante sanciones de hasta 300.000€ y conflictos con comunidades de propietarios. Especialistas en Las Palmas.
Hasta 300.000€
Multa máxima infracción muy grave (art. 79 Ley 7/1995)
13/12/2025
Entrada en vigor de la Ley 6/2025 (BOC 12/12/2025)
4,8 ★ · 224
Reseñas Google · ALY Abogados Las Palmas
La Ley 6/2025 ya está en vigor: ¿tu vivienda vacacional está en regla?
La Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas está en vigor desde el 13 de diciembre de 2025 y sustituye el régimen del Decreto 113/2015. Las viviendas ya inscritas disponen de un régimen transitorio de 5 años, ampliable hasta 10, y quienes sean propietarios y titulares de la licencia pueden optar por el uso turístico consolidado. Anunciarse sin número de registro es infracción muy grave. Si tienes viviendas en Airbnb, Booking, Vrbo o similares en Canarias, revisa tu situación ahora.
Qué exige la Ley 6/2025 de vivienda vacacional
La Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas (BOC 12/12/2025, BOE 23/12/2025) está en vigor desde el 13 de diciembre de 2025. Exige declaración responsable ante el cabildo insular antes de iniciar la actividad (art. 7), limita su vigencia a 5 años renovables —10 en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico— (art. 10), impone el número de registro en todos los anuncios (art. 8.6) y ordena que el planeamiento reserve como mínimo el 90% de las viviendas para uso residencial, con reserva mínima del 80% en las islas verdes (art. 4). Las viviendas ya inscritas conservan la actividad mediante el régimen transitorio de 5 años, ampliable a 10, o el uso turístico consolidado si el propietario es también titular de la licencia (disposiciones transitorias 1.ª y 2.ª).
¿Ya tienes la licencia y quieres delegar la explotación? Descubre nuestra gestión integral de alquileres. Y si administras o presides una comunidad con viviendas vacacionales, revisa la guía de comunidades de propietarios turísticas.
| Obligación / opción | Base legal | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar declaración responsable ante el cabildo insular antes de iniciar la actividad | Art. 7.1 Ley 6/2025 | Previa al inicio; habilita desde el día de la presentación (art. 8.1) |
| Incluir el número de registro en todos los anuncios (Airbnb, Booking, web propia…) | Art. 8.6 Ley 6/2025 · art. 75.16 Ley 7/1995 | Siempre; su omisión es infracción muy grave (hasta 300.000€) |
| Renovar la habilitación presentando una nueva declaración responsable | Art. 10 Ley 6/2025 | Cada 5 años (10 en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico), en el mes anterior al vencimiento |
| Optar por el uso turístico consolidado (propietario y titular de la licencia VV) | Disp. transitoria 1.ª Ley 6/2025 | 5 años desde el 13/12/2025 |
| Viviendas ya inscritas que no consoliden: continuar la explotación | Disp. transitoria 2.ª Ley 6/2025 | 5 años; prórroga única hasta 10 años, a solicitar en los 4 primeros años |
| Ampliar los efectos de la licencia hasta 20 años aportando vivienda en alquiler de larga duración | Disp. transitoria 3.ª Ley 6/2025 | Solicitud en los 5 años siguientes a la entrada en vigor |
| Cumplir los requisitos técnicos mínimos (35 m² útiles, baños según plazas, eficiencia energética) | Disp. transitoria 7.ª Ley 6/2025 | Exigibles con cada declaración responsable |
Fuente: Ley 6/2025, de 10 de diciembre (BOE-A-2025-26358), Ley 7/1995 y Ley 4/2017, textos consolidados del BOE.
Asesoramiento integral en vivienda vacacional
Desde la obtención de la habilitación hasta la defensa ante sanciones y conflictos vecinales.
Declaración responsable de uso turístico
Preparamos y presentamos tu declaración responsable ante el cabildo insular (art. 7 Ley 6/2025): memoria técnica, certificación de la comunidad y cédula urbanística.
Consolidación y régimen transitorio
Tramitamos el uso turístico consolidado (disp. trans. 1.ª) y las prórrogas del régimen transitorio (disp. trans. 2.ª y 3.ª) para viviendas inscritas bajo el Decreto 113/2015.
Defensa ante expedientes sancionadores
Presentamos alegaciones, recursos de reposición y recursos contencioso-administrativos ante expedientes de la Consejería de Turismo o ayuntamientos.
Conflictos con comunidades de propietarios
Asesoramos y representamos tanto a propietarios con actividad turística como a comunidades que quieren limitar o prohibir el alquiler vacacional.
Contratos y documentación
Redactamos contratos de arrendamiento turístico conformes a la nueva normativa, condiciones de uso y documentación para huéspedes.
Asesoramiento fiscal VV
IGIC, IRPF y obligaciones fiscales del propietario o gestor de viviendas vacacionales en Canarias. Optimizamos tu carga tributaria.
Qué regula la Ley 6/2025 de Vivienda Vacacional de Canarias
Novedades principales
- Declaración responsable ante el cabildo insular, con inscripción de oficio en el Registro General Turístico (art. 7)
- Vigencia limitada a 5 años renovables; 10 en El Hierro, La Gomera, La Palma y municipios de reto demográfico (art. 10)
- Reserva mínima del 90% de las viviendas para uso residencial; 80% en las islas verdes (art. 4)
- Número de registro obligatorio en cualquier anuncio o publicación de la vivienda (art. 8.6)
- Uso turístico consolidado y régimen transitorio de 5 a 10 años para viviendas ya inscritas (disp. trans. 1.ª y 2.ª)
- Requisitos técnicos mínimos: 35 m² útiles y baños según plazas, entre otros (disp. trans. 7.ª)
Cuadro sancionador
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Leve (art. 79.2.a Ley 7/1995) | Hasta 1.500€ |
| Grave: falsedad u omisión en la declaración responsable (arts. 76.21 y 79.2.b Ley 7/1995) | 1.501 – 30.000€ |
| Muy grave: anunciar sin número de registro, infraviviendas (arts. 75.16-18 y 79.2.c Ley 7/1995) | 30.001 – 300.000€ |
| Continuar el uso turístico con el título extinguido (art. 383.3 Ley 4/2017) | 15.000 – 150.000€ |
En infracciones muy graves cabe además la suspensión temporal de actividades y, en caso de reincidencia, la clausura definitiva del establecimiento (art. 79.3 y 79.4 Ley 7/1995).
Cómo tramitamos tu habilitación VV
| Etapa | Acción | Plazo |
|---|---|---|
| Día 0 | Análisis de viabilidad: régimen aplicable (nueva declaración, consolidación o transitorio) | Inmediato |
| 1-2 semanas | Preparación de memoria técnica, certificación de la comunidad y cédula urbanística | Según caso |
| 2-4 semanas | Presentación de la declaración responsable ante el cabildo insular e inscripción de oficio en el Registro General Turístico | Actividad desde el día de presentación (art. 8.1) |
| 1-3 meses | Comprobación posterior por cabildo y ayuntamiento; subsanación de deficiencias no esenciales | Según administración |
Preguntas frecuentes sobre vivienda vacacional en Canarias
¿Qué exige la Ley 6/2025 de vivienda vacacional de Canarias?
¿Qué pasa con las viviendas vacacionales ya inscritas antes de la Ley 6/2025?
¿Qué es el uso turístico consolidado y cómo se obtiene?
¿Cuánto dura la declaración responsable de vivienda vacacional con la nueva ley?
¿En qué consiste la reserva del 90% para uso residencial?
¿Cuánto puede ascender la sanción por operar sin habilitación en Canarias?
¿Puede la comunidad de propietarios vetar el alquiler vacacional?
¿Tengo derecho a recurrir un expediente sancionador de turismo?
¿Las plataformas (Airbnb, Booking) colaboran con la Administración canaria?
Contenido relacionado
Guía completa de la Ley 6/2025
Qué cambia, quién necesita licencia y sanciones
Comunidades de propietarios turísticas
Administración de fincas con viviendas vacacionales
Gestión integral de alquileres
Explotación del alquiler con respaldo jurídico del despacho
Vivienda turística: normativa y licencias
Hub informativo con guías por trámite
Alquiler turístico en Canarias
Guía completa de requisitos y plataformas
Comunidad puede prohibir el alquiler turístico
Votos necesarios y cómo actuar
Gestión de alquileres
¿Ya tienes (o quieres) tu licencia de vivienda vacacional?
Después de la licencia viene el día a día. Gestionamos tu alquiler de forma integral con el respaldo jurídico del despacho: cobro de rentas, incidencias con huéspedes, contratos redactados por abogados y defensa ante expedientes sancionadores, todo desde el mismo equipo.
¿Tu vivienda vacacional en Canarias está regularizada?
Analizamos tu situación sin coste. Si hay un expediente sancionador en curso, actuamos de inmediato para defender tus derechos.