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Administración de Fincas

Comunidades turísticas en Canarias
Especialistas en complejos vacacionales

Canarias tiene una de las mayores concentraciones de comunidades turísticas de España. Los complejos de apartamentos y bungalows en Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote y Fuerteventura presentan particularidades que los administradores convencionales no siempre conocen: alto porcentaje de propietarios extranjeros, propietarios no residentes y regímenes mixtos residencial-vacacional.

Particularidades que manejamos

Propietarios extranjeros

Comunicaciones en español e inglés. Gestión de notificaciones para propietarios del Reino Unido, Alemania, Irlanda, Países Bajos y otros países.

Propietarios no residentes

Delegaciones de voto, representaciones notariales para juntas y gestión de cuotas desde el extranjero.

Régimen mixto vacacional/residencial

Comunidades donde conviven propietarios residentes y apartamentos en explotación turística. Estatutos y normas específicas.

Alta rotación de propietarios

En zonas turísticas hay más compraventas. Coordinamos la actualización del libro del edificio y los cambios de titularidad.

Mantenimiento intensivo

Zonas comunes con piscina, jardines, parking y zonas de recreo requieren mayor frecuencia de mantenimiento y control de proveedores.

Reclamación de morosos internacionales

Conocemos los procedimientos para reclamar a propietarios extranjeros no residentes, incluido el procedimiento monitorio contra no domiciliados en España.

Propietarios internacionales

¿Tu comunidad tiene propietarios extranjeros?

Nos comunicamos en español e inglés. Redactamos las notificaciones en ambos idiomas y facilitamos la asistencia y representación de propietarios no residentes en las juntas.

Hablemos de tu comunidad

Preguntas frecuentes

¿Podéis gestionar una comunidad con mayoría de propietarios británicos o alemanes?

Sí. Tenemos experiencia en comunidades donde la mayoría de propietarios son extranjeros. Nos comunicamos en inglés y adaptamos todos los documentos para facilitar la comprensión a propietarios no hispanohablantes.

¿Cómo se convoca una junta cuando hay muchos propietarios no residentes?

La LPH obliga a cada propietario a comunicar un domicilio en España para citaciones y notificaciones. Si no lo hace, vale como domicilio su piso o local en la comunidad. Si, intentada la notificación, resulta imposible practicarla, se coloca en el tablón de anuncios de la comunidad y produce efectos a los tres días naturales (art. 9.1.h LPH). Además, enviamos la convocatoria por correo electrónico a quien nos lo facilita. Para propietarios habituales, gestionamos delegaciones de voto previas.

¿Puede un propietario vacacional alquilar su apartamento sin permiso de la comunidad?

Si va a empezar ahora, no. Desde el 3 de abril de 2025, el artículo 7.3 de la Ley de Propiedad Horizontal exige la aprobación expresa previa de la comunidad, con el voto favorable de tres quintas partes de propietarios y cuotas (art. 17.12). En Canarias, además, la Ley 6/2025 exige acompañar la declaración responsable de un certificado de la junta que acredite que ni el título constitutivo, ni los estatutos, ni los acuerdos de la comunidad lo impiden. Quien ya ejercía legalmente la actividad antes de esa fecha puede seguir con las condiciones y plazos de la normativa turística. Lo asesoramos en detalle.

¿Cómo se reclaman cuotas a un propietario extranjero no residente?

Mediante procedimiento monitorio ante el juzgado del lugar del inmueble. Si el propietario tiene bienes en España (el propio inmueble), el embargo es efectivo aunque el titular sea extranjero o no residente.

¿Qué es la ITE y es obligatoria en complejos turísticos de Canarias?

ITE son las siglas de la Inspección Técnica de Edificios. Que sea obligatoria depende de la antigüedad y del estado del edificio y de la normativa aplicable en el municipio: revisamos en cada caso si procede la inspección técnica o el informe de evaluación del edificio (ITE/IEE). Gestionamos todo el proceso.

¿Podéis asumir la administración de un complejo turístico con más de 100 propietarios?

Sí. Gestionamos comunidades de cualquier tamaño. Para comunidades grandes, establecemos un protocolo específico de comunicación, plataforma digital para propietarios y visitas presenciales programadas.

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Cuéntanos las características de tu comunidad y te enviamos una propuesta sin compromiso.

Basta con un email o un teléfono: elige cómo prefieres que te contactemos.

Responsable: ALY Abogados (Lázaro Héctor Amable Méndez). Finalidad: atender tu consulta. Derechos: acceso, rectificación y supresión en alyabogados@lazaroamable.com.

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