Abogados especialistas
en herencias
Gestionamos herencias con la discreción y el rigor que merece. Desde la planificación sucesoria hasta la liquidación fiscal, protegemos tus intereses y los de tu familia.
99,9 %
bonificación ISD herederos directos en Canarias
6 meses
plazo para liquidar el impuesto
0 €
primera consulta de herencias
5 islas
herencias en toda Canarias
Datos clave
- →Plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones: 6 meses (prorrogables otros 6)
- →Canarias bonifica el 99,9% del Impuesto de Sucesiones para herederos directos
- →La legítima de los descendientes es 2/3 de la herencia (Código Civil común)
- →La aceptación a beneficio de inventario protege al heredero frente a deudas
- →Primera consulta de herencias gratuita — ALY Abogados, Col. ICALPA n.º 5.231
El servicio
Cómo te ayudamos
Liquidación del Impuesto de Sucesiones
En Canarias existen importantes bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones. Te asesoramos para aprovecharlas al máximo y minimizar la carga fiscal de la herencia.
Testamentos y planificación sucesoria
Redactamos tu testamento y diseñamos la estructura de transmisión de tu patrimonio para proteger a tu familia y reducir conflictos futuros.
Partición y adjudicación de bienes
Gestionamos la división y adjudicación del caudal hereditario entre los herederos, minimizando conflictos y garantizando la legalidad del proceso.
Impugnación de testamentos
Si crees que un testamento es nulo, ha sido hecho bajo presión o vulnera tus derechos como heredero forzoso, podemos impugnarlo ante los tribunales.
Conflictos entre herederos
Mediamos y representamos en litigios sucesorios entre familiares: reclamación de legítima, exclusión de herederos, administración de la herencia.
Aceptación y renuncia de herencia
Te asesoramos sobre si conviene aceptar, renunciar o aceptar a beneficio de inventario, especialmente cuando la herencia incluye deudas.
El proceso
De la herencia a tu nombre, paso a paso
Del certificado de defunción a la inscripción registral, en cinco pasos.
Certificados y testamento
Obtenemos el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y la copia autorizada del testamento. Si no hay testamento, tramitamos la declaración de herederos ab intestato ante notario.
Inventario del caudal hereditario
Identificamos y valoramos todos los bienes, derechos y deudas del fallecido: inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, participaciones y cargas, para que decidas con información completa.
Aceptación y partición de la herencia
Te asesoramos sobre aceptar pura y simplemente, a beneficio de inventario o renunciar, y redactamos el cuaderno particional con la adjudicación de bienes a cada heredero, elevándolo a escritura pública ante notario.
Impuesto de Sucesiones y plusvalía municipal
Liquidamos el Impuesto de Sucesiones dentro del plazo de 6 meses aplicando la bonificación del 99,9% para herederos directos en Canarias, y la plusvalía municipal de los inmuebles urbanos heredados.
Inscripción registral a tu nombre
Inscribimos los inmuebles adjudicados en el Registro de la Propiedad y gestionamos el cambio de titularidad de cuentas, vehículos y suministros. La herencia queda definitivamente a tu nombre.
Servicios que ofrecemos
- Redacción y revisión de testamentos
- Declaración de herederos ab intestato (sin testamento)
- Partición y adjudicación de bienes hereditarios
- Impugnación de testamentos y cláusulas lesivas
- Aceptación a beneficio de inventario
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones
- Reclamación de legítima frente a herederos excluidos
- Mediación en conflictos entre herederos
- Gestión de herencias con inmuebles, empresas y activos financieros
Preguntas frecuentes
¿Qué bonificación tiene el Impuesto de Sucesiones en Canarias?
Los herederos en línea directa (hijos, cónyuge) tienen una bonificación del 99,9% en la cuota del impuesto en Canarias, lo que en la práctica supone no pagar casi nada.
¿Cuánto tiempo hay para aceptar o renunciar a una herencia?
No hay plazo legal fijo, pero Hacienda exige liquidar el impuesto en 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable otros 6 meses). Es recomendable no demorar la aceptación.
¿Puedo heredar deudas?
Sí, si aceptas la herencia a secas. Para evitarlo puedes aceptar a beneficio de inventario (solo heredas lo que supera las deudas) o renunciar totalmente a la herencia.
¿Qué pasa si no hay testamento?
Se aplica la sucesión intestada: heredan por orden: hijos, padres, cónyuge, hermanos, sobrinos y demás parientes. El proceso requiere declaración de herederos ante notario.
¿Cómo se reparte una herencia entre varios herederos?
Mediante la partición hereditaria, que puede ser voluntaria (acuerdo entre herederos) o judicial (si hay conflicto). El notario eleva a escritura pública el acuerdo.
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