Comparativa procesal
EPI vs AEP — Diferencias clave en el procedimiento concursal
El EPI cancela las deudas; el AEP las negocia. Te explicamos cuándo se usa cada uno tras la reforma de la Ley 16/2022.
EPI
Exoneración del Pasivo Insatisfecho
Resolución judicial que cancela las deudas que quedan sin pagar tras el concurso. Es el objetivo final del procedimiento de Segunda Oportunidad.
Antes se llamaba BEPI. Tras la reforma del TRLC (Ley 16/2022) se denomina EPI a secas.
AEP
Acuerdo Extrajudicial de Pagos
Mediación previa al concurso en la que se intenta acordar una quita o espera con los acreedores sin necesidad de juicio.
Desde la Ley 16/2022 ya NO es obligatorio en la mayoría de casos. Se puede ir directo al concurso.
Comparativa procesal
| Criterio | EPI | AEP |
|---|---|---|
| Naturaleza | Resolución judicial | Procedimiento extrajudicial |
| Efecto | Cancela deudas (exonera) | Pacta quita o espera |
| Quién lo dicta | Juez del Mercantil | Mediador concursal |
| Vinculación | Todos los acreedores incluidos | Solo los que firman |
| Obligatoriedad | Solo si lo solicitas | Opcional desde Ley 16/2022 |
| Plazo | Final del concurso | Antes del concurso |
| Coste tasas | ~150€ tasas judiciales | Designación gratuita por Reg. Público |
| Si fracasa | No aplica | Se abre concurso consecutivo |
Preguntas frecuentes
¿Qué es el EPI exactamente?
El EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) es la resolución judicial que cancela las deudas que quedan sin pagar tras el concurso. Es el objetivo final de la Ley de Segunda Oportunidad: una vez concedido, las deudas incluidas en el procedimiento desaparecen definitivamente. El término EPI sustituye al antiguo BEPI tras la reforma del TRLC de 2022.
¿Y el AEP?
El AEP (Acuerdo Extrajudicial de Pagos) es una fase de mediación previa al concurso, en la que un mediador concursal convoca a los acreedores e intenta llegar a un acuerdo de quita o espera. Si los acreedores aceptan, no hay concurso. Si no aceptan, se abre el concurso consecutivo.
¿El AEP es obligatorio antes del EPI?
Tras la reforma de la Ley 16/2022, el AEP ya NO es obligatorio en la mayoría de casos. El deudor puede solicitar directamente el concurso voluntario ante el Juzgado de lo Mercantil sin pasar por la fase de mediación. Sigue siendo obligatorio en algunos supuestos específicos (acreedores grandes con interés en negociar), pero la regla general es que se puede ir directo al concurso.
¿Cuál es más rápido?
Saltar el AEP e ir directo al concurso ahorra 2-3 meses de tramitación. Si tu objetivo es conseguir la exoneración rápido (porque tienes embargos urgentes o deudas con Hacienda), normalmente conviene saltar el AEP. Si crees que puedes acordar quita con tus acreedores y evitar el juzgado, el AEP tiene sentido.
¿Quién designa al mediador concursal del AEP?
El Registro Público Concursal del Ministerio de Justicia designa al mediador. En ALY Abogados, Lázaro Héctor Amable Méndez está inscrito en este registro y puede actuar como mediador concursal en los procedimientos donde se requiera.
¿Qué pasa si el AEP fracasa?
Si los acreedores no aceptan el acuerdo extrajudicial, se abre el concurso consecutivo automáticamente. En ese concurso se solicita el EPI y, si se cumplen los requisitos, las deudas se exoneran igualmente. El AEP no es un paso "perdido" — es una etapa que puede acelerar la solución si hay disposición de acuerdo.
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