Paga solo el 4%
en Impuesto de Sociedades
La ZEC es el régimen fiscal más ventajoso de Europa. Somos especialistas en la constitución, compliance y optimización fiscal de entidades ZEC en Canarias.
4%
Tipo IS (vs 25% general)
21%
Ahorro máximo en IS
UE
Régimen autorizado por la UE
Cómo te ayudamos
Tipo del 4% en Impuesto de Sociedades
La ZEC ofrece uno de los tipos impositivos más bajos de Europa. Analizamos tu actividad para confirmar si puedes acceder y cuánto puedes ahorrar frente al régimen general (25%).
Constitución de entidades ZEC
Gestionamos todo el proceso de inscripción ante el Consorcio de la ZEC: documentación, estatutos, acreditación de requisitos de inversión y empleo.
Compliance y obligaciones periódicas
Mantenemos tu empresa ZEC en regla: comunicaciones al Consorcio, mantenimiento de requisitos, informes anuales y prevención de causas de exclusión.
Planificación fiscal internacional
La ZEC es especialmente útil para estructuras internacionales. Asesoramos en la optimización fiscal de operaciones transfronterizas con el régimen ZEC.
Empresas extranjeras y no residentes
Ayudamos a empresas extranjeras a establecerse en Canarias bajo el régimen ZEC para operar en España y Europa con ventajas fiscales excepcionales.
Holdings y estructuras empresariales
Diseñamos estructuras holding con entidades ZEC para optimizar la tributación de dividendos, plusvalías y royalties dentro del marco legal.
Servicios ZEC que ofrecemos
- Análisis de viabilidad y requisitos de acceso a la ZEC
- Constitución y registro de entidades ZEC ante el Consorcio
- Asesoramiento en inversión mínima y creación de empleo
- Compliance periódico y mantenimiento del régimen
- Diseño de estructuras holding con entidades ZEC
- Planificación fiscal internacional con el régimen ZEC
- Asesoramiento a empresas extranjeras que quieren operar en España
- Defensa ante inspecciones y procedimientos de exclusión ZEC
Preguntas frecuentes
¿Qué es la ZEC y quién puede acceder?
La Zona Especial Canaria es un régimen fiscal de baja tributación autorizado por la UE. Pueden acceder empresas de nueva creación o establecimientos permanentes en Canarias que cumplan requisitos de inversión mínima (50.000€ o 100.000€) y creación de empleo (mínimo 3 o 5 puestos).
¿El 4% aplica a todos los beneficios?
El tipo del 4% aplica a la base imponible especial ZEC, que tiene límites según el sector y el número de empleados. Los beneficios que superen ese límite tributan al tipo general. Te calculamos el ahorro real en tu caso concreto.
¿Qué pasa si incumplo los requisitos ZEC?
El incumplimiento puede suponer la pérdida del régimen y la regularización de las cuotas no ingresadas con intereses. Por eso el compliance continuo es fundamental.
¿La ZEC es compatible con el IVA o el IGIC?
La ZEC es un régimen de IS. En Canarias no aplica IVA sino IGIC (tipo general 7%). Las entidades ZEC tributan en IGIC con normalidad, pero el tipo de IS es del 4%.
¿Puedo operar desde Canarias con clientes en el resto de España?
Sí, sin ninguna restricción. La ZEC no limita con quién puedes operar: puedes tener clientes en toda España, en la UE o en cualquier país del mundo. El tipo del 4% se aplica sobre toda la base imponible especial ZEC con independencia del origen de tus clientes. El único límite es el techo máximo de esa base imponible, que varía según el número de empleados y la inversión realizada.
¿Puedo acceder a la ZEC?
Analizamos tu caso gratuitamente y calculamos el ahorro fiscal real.