Paga solo el 4%
en Impuesto de Sociedades
La ZEC es el régimen fiscal más ventajoso de Europa. Somos especialistas en la constitución, compliance y optimización fiscal de entidades ZEC en Canarias.
4%
Tipo IS (vs 25% general)
21%
Ahorro máximo en IS
UE
Régimen autorizado por la UE
Cómo te ayudamos
Tipo del 4% en Impuesto de Sociedades
La ZEC ofrece uno de los tipos impositivos más bajos de Europa. Analizamos tu actividad para confirmar si puedes acceder y cuánto puedes ahorrar frente al régimen general (25%).
Constitución de entidades ZEC
Gestionamos todo el proceso de inscripción ante el Consorcio de la ZEC: documentación, estatutos, acreditación de requisitos de inversión y empleo.
Compliance y obligaciones periódicas
Mantenemos tu empresa ZEC en regla: comunicaciones al Consorcio, mantenimiento de requisitos, informes anuales y prevención de causas de exclusión.
Planificación fiscal internacional
La ZEC es especialmente útil para estructuras internacionales. Asesoramos en la optimización fiscal de operaciones transfronterizas con el régimen ZEC.
Empresas extranjeras y no residentes
Ayudamos a empresas extranjeras a establecerse en Canarias bajo el régimen ZEC para operar en España y Europa con ventajas fiscales excepcionales.
Holdings y estructuras empresariales
Diseñamos estructuras holding con entidades ZEC para optimizar la tributación de dividendos, plusvalías y royalties dentro del marco legal.
Servicios ZEC que ofrecemos
- Análisis de viabilidad y requisitos de acceso a la ZEC
- Constitución y registro de entidades ZEC ante el Consorcio
- Asesoramiento en inversión mínima y creación de empleo
- Compliance periódico y mantenimiento del régimen
- Diseño de estructuras holding con entidades ZEC
- Planificación fiscal internacional con el régimen ZEC
- Asesoramiento a empresas extranjeras que quieren operar en España
- Defensa ante inspecciones y procedimientos de exclusión ZEC
Preguntas frecuentes
¿Qué es la ZEC y qué ventajas fiscales ofrece?
La Zona Especial Canaria es un régimen fiscal de baja tributación autorizado por la UE exclusivamente para Canarias. Las empresas ZEC tributan al 4% en el Impuesto de Sociedades (frente al 25% general), aplican el IGIC al 7% y pueden deducir hasta el 90% de los beneficios reinvertidos mediante la RIC.
¿Quién puede constituir una empresa ZEC?
Cualquier persona física o jurídica, nacional o extranjera, que cree una nueva empresa en Canarias, invierta mínimo 50.000 € (en Gran Canaria o Tenerife) o 100.000 € (resto de islas) y genere al menos 3 empleos (5 en islas no capitalinas) en los primeros 6 meses.
¿Qué actividades están permitidas en la ZEC?
Una amplia gama: tecnología, software, e-commerce, consultoría, servicios financieros, logística, telecomunicaciones, industria manufacturera, producción audiovisual. Están excluidas la intermediación financiera pura y ciertas actividades reguladas.
¿Cuánto tiempo se tarda en constituir una empresa ZEC?
El proceso completo dura entre 6 y 10 semanas: escritura notarial (1-2 semanas), inscripción en el Registro Mercantil (2-3 semanas) y autorización del Consorcio ZEC (3-4 semanas). No es necesario estar físicamente presente si se otorga poder notarial.
¿Se puede perder el régimen ZEC?
Sí, si se incumplen los requisitos (empleados, inversión, actividad real). El Consorcio ZEC realiza inspecciones periódicas. En caso de incumplimiento se pierde el régimen para el ejercicio en cuestión y puede haber regularización fiscal. Nuestro servicio de compliance evita estos riesgos.
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Requisitos ZEC 2026
Inversión mínima, empleo, actividades admitidas e inscripción en el Consorcio
Ventajas Fiscales ZEC
4% IS, exención dividendos, IGIC 0% y compatibilidad con RIC y DIC
Empresas Extranjeras
Constitución de filial española y acceso al 4% IS desde cualquier país
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