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Protección personal · Mercantil

Blindaje del administrador: protege tu patrimonio personal

Si eres administrador de una sociedad limitada, tu patrimonio personal puede estar en riesgo aunque la sociedad funcione bien. Una sanción tributaria por solidaria, una causa de disolución no atendida, una operación vinculada mal documentada o un concurso fuera de plazo bastan para que un acreedor o un tercero dirija la acción directamente contra ti.

Este servicio no protege a la sociedad. Te protege a ti como persona física: tu vivienda, tu cuenta, tus ahorros y tu inscripción profesional. Iguala mensual desde 200 €/mes (IGIC no incluido).

Revisión inicial gratuita en videollamada. Confidencialidad amparada por el secreto profesional. Sin compromiso de contratación.

Lo que está en juego

Cuatro vías por las que un administrador pierde patrimonio personal

Responsabilidad por deudas sociales

Artículo 367 LSC. Si la sociedad incurre en causa de disolución y no se promueve, el administrador responde solidariamente de las deudas posteriores con su patrimonio personal.

Calificación culpable del concurso

Artículos 442 a 462 TRLC. Condena a cubrir el déficit concursal con bienes propios, inhabilitación de dos a quince años y pérdida de cualquier derecho como acreedor en el concurso.

Acción individual de responsabilidad

Artículo 241 LSC. Acreedor, socio o tercero pueden demandar directamente al administrador por daños causados por actos contrarios a la ley o a los estatutos, o sin la diligencia debida.

Deber de promover el concurso

Artículo 5 TRLC. Dos meses desde el conocimiento o desde que se debió conocer la insolvencia. Su incumplimiento es presunción de culpabilidad del concurso.

En todos los supuestos anteriores, el procedimiento se sustancia ante el Tribunal de Instancia competente por razón del domicilio social y la condena ejecuta contra el patrimonio personal del administrador, no contra la sociedad.

Dos modalidades

Elige el formato que se ajusta a tu nivel de exposición

Honorarios orientativos. Definitivos en hoja de encargo individualizada conforme a los criterios del ICALPA.

Recomendado

Iguala personal mensual

Cobertura continua

desde 200 €/mes

IGIC 7 % no incluido

Incluye

  • Revisión anual exhaustiva de la exposición personal
  • Revisión y mediación de la póliza D&O (Directors & Officers)
  • Protocolo de actuación documentado ante señales tempranas de insolvencia
  • Formación trimestral sobre deberes fiduciarios y novedades jurisprudenciales
  • Hotline directa al despacho para consultas urgentes
  • Auditoría rápida ante cualquier acuerdo del consejo con riesgo personal
  • Acompañamiento si llega a producirse acción de responsabilidad

Pack anual

Auditoría puntual + plan

2.000 — 3.500

Pago único · IGIC 7 % no incluido

Incluye

  • Diagnóstico completo de exposición personal
  • Plan de acción priorizado por nivel de riesgo
  • Modelos de actas y protocolos documentales
  • Revisión documental de cobertura D&O actual
  • Sesión formativa individual de dos horas
  • Reunión de seguimiento a los seis meses

Nota legal. Las cantidades son honorarios orientativos. La hoja de encargo individualizada fija el alcance, los entregables y el precio definitivo conforme a los criterios orientadores del ICALPA. Este sitio no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente hasta la firma de la hoja de encargo.

¿Eres administrador de varias sociedades o consejero profesional?

Hay una modalidad más completa para sociedades con consejo profesionalizado

Iguala societaria con secretaría activa del consejo, dictámenes ilimitados y blindaje colectivo. Desde 1.500 €/mes.

Ver iguala societaria

Preguntas frecuentes

Dudas habituales del administrador

¿Por qué necesito una iguala personal si la sociedad ya tiene asesor?

El asesor de la sociedad atiende los intereses de la sociedad, no los del administrador como persona física. La acción individual de responsabilidad (artículo 241 LSC) se dirige contra el administrador personalmente, no contra la sociedad. La iguala personal protege intereses que la sociedad no asume y que pueden incluso enfrentarse con los del consejo en su conjunto.

¿La póliza D&O de la sociedad me cubre del todo?

No siempre. Las pólizas D&O excluyen dolo, conductas con conocimiento de su ilicitud, reclamaciones entre asegurados y sanciones administrativas en muchos casos. Una revisión técnica anual confirma qué reclamaciones quedan cubiertas y qué franjas de exposición continúan a cargo del patrimonio personal del administrador.

¿Qué pasa si la sociedad va a concurso después de contratar el servicio?

El servicio se mantiene en activo. La cobertura preventiva ya prestada queda documentada por escrito y resulta útil para acreditar la diligencia debida del administrador en una eventual sección de calificación. La defensa procesal en acción concursal se factura aparte conforme a hoja de encargo específica, con descuento sobre tarifa estándar para clientes con iguala personal activa.

¿Cómo se diferencia este servicio de un seguro D&O?

El seguro D&O indemniza una vez ocurre el siniestro. Este servicio actúa antes: detecta exposición, documenta diligencia debida y reduce probabilidad de reclamación. Son complementarios. La iguala personal incluye precisamente la revisión técnica de la póliza D&O para que cuando se necesite, responda como se espera.

¿Cuánto cuesta la iguala personal y qué incluye el IGIC?

La iguala mensual arranca en 200 €/mes para un administrador. El pack anual de blindaje oscila entre 2.000 € y 3.500 € según volumen documental y número de sociedades implicadas. Las cantidades indicadas son honorarios netos; el Impuesto General Indirecto Canario al tipo del 7 % se factura aparte.

¿Soy administrador de varias sociedades, ¿necesito una iguala por cada una?

No. La iguala personal cubre al administrador como persona, no a las sociedades. Si gestionas tres SL distintas, la misma iguala revisa la exposición personal derivada de las tres. En grupos con más de cinco sociedades se valora un suplemento por volumen documental, siempre acordado por escrito en la hoja de encargo.

¿Trabajáis con administradores fuera de Canarias?

Sí. El servicio se ejecuta de forma telemática y por igual para administradores con domicilio en Canarias, península o extranjero. La hoja de encargo y la facturación se ajustan a la residencia fiscal del cliente para los efectos de IGIC, IVA o régimen aplicable.

¿Qué pasa si quiero cancelar el servicio?

Cancelación libre con preaviso de treinta días naturales. Se devuelve la parte proporcional de la iguala no consumida y se entrega copia íntegra del expediente sin coste adicional. La confidencialidad amparada por el secreto profesional se mantiene de forma indefinida tras la cancelación.
Revisión inicial gratuita

Treinta minutos para identificar tu exposición personal real

Videollamada inicial sin coste. Revisamos cuántas sociedades administras, qué cobertura D&O tienes y cuál es tu nivel de exposición actual. Al finalizar recibes un resumen escrito y una recomendación de modalidad, sin compromiso de contratación.

  • Sin coste y sin compromiso
  • Confidencialidad amparada por el secreto profesional
  • Resumen escrito al finalizar la sesión
  • Respuesta a la solicitud en menos de veinticuatro horas

Lázaro Héctor Amable Méndez · Col. n.º 5.231 ICALPA · Administrador concursal en ejercicio · ALY Abogados, Hoya del Enamorado 18 Local 1, Las Palmas de Gran Canaria

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Aviso. El contenido de esta página es información general sobre la actividad del despacho. No constituye asesoramiento jurídico ni crea relación abogado-cliente, que nace exclusivamente con la firma de hoja de encargo. Los honorarios indicados son orientativos. ALY Abogados está supervisado por el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas (ICALPA). Reclamaciones deontológicas: icalpa.es.

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