Guía del propietario que alquila en Canarias (2026)
Una checklist práctica, por fases, para alquilar tu vivienda en Canarias con las reglas de octubre de 2026: qué hacer antes de anunciarla, qué poner en el contrato, cómo actuar si el inquilino deja de pagar y qué impuestos te corresponden. Cada regla lleva su artículo y el enlace al BOE.
Qué contiene
- 1Antes de alquilar. Modalidad, causa del temporal, vivienda vacacional, certificado energético, anuncio y gran tenedor.
- 2El contrato. Duración y prórrogas, renta e IRAV, gastos e IBI, honorarios, fianza, depósito en Canarias y documento de finalización.
- 3Durante el contrato. Reparaciones en vivienda habitual y temporal, desistimiento del inquilino, necesidad del arrendador y salida.
- 4Si el inquilino deja de pagar. MASC previo, requerimiento fehaciente de 30 días, demanda, requerimiento del LAJ, vulnerabilidad y suspensión.
- 5Impuestos del alquiler. IRPF del residente, IRNR y modelo 210 del no residente, e IGIC: alquiler exento y honorarios al 7 %.
- 6Cuándo conviene un gestor con abogado. Y las fuentes oficiales enlazadas.
Lázaro Héctor Amable Méndez
Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA
Accede a la guía
Al enviar el formulario pasas directamente a la guía completa, que puedes imprimir o guardar en PDF.
Para quién es
Para el propietario particular que alquila, o se plantea alquilar, una vivienda en cualquiera de las islas y quiere hacerlo con orden: sin cláusulas que la ley tiene por no puestas, con la fianza depositada en plazo y con los impuestos bien calculados.
Propietario residente
Vives en España y alquilas una vivienda en Canarias: gastos deducibles en el IRPF y cuándo se aplica la reducción por alquiler de vivienda habitual.
Propietario no residente
Vives fuera de España: IRNR al 19 % o al 24 % según tu país de residencia y el nuevo calendario anual del modelo 210.
Larga duración y temporal
Contrato de vivienda habitual o de vivienda temporal con causa acreditable, con las reglas de la LAU tras el Real Decreto-ley 29/2026.
Vivienda vacacional
Qué exige la Ley 6/2025 de Canarias antes de anunciar la vivienda y por qué el alquiler turístico no está exento de IGIC.
comprobaciones
En casillas imprimibles, por fases
normas enlazadas
Todas con enlace a boe.es
de coste
Acceso inmediato
Gestión de alquileres
¿Prefieres que lo lleve el despacho?
El despacho gestiona alquileres de larga duración y vacacionales en Canarias: contrato, depósito de la fianza, cobro, incidencias y, si hay impago, la reclamación. Los honorarios publicados son del 8 al 12 % de la renta en larga duración y del 15 al 25 % de los ingresos en vacacional, más IGIC al 7 %.
Aviso. La guía contiene información jurídica general y no constituye asesoramiento para un caso concreto. Parte de las reglas proceden del Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8-10-2026 y pendiente de convalidación por la Diputación Permanente. Lázaro Héctor Amable Méndez · Col. n.º 5.231 ICALPA.