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Abogados-gestores

Gestión de alquileres
en Lanzarote

¿Tienes una propiedad en Lanzarote y vives fuera? Gestionamos tu alquiler íntegramente a distancia: inquilino solvente, cobro de rentas, IRNR (modelo 210) para no residentes y desahucio por impago incluido. Tú recibes la transferencia y el informe.

4,8/5 · 225 reseñas en GoogleDesahucio incluidoCol. ICALPA n.º 5.231

El mercado local

El mercado del alquiler en Lanzarote

El mercado de alquiler de Lanzarote gira en torno a dos polos: Arrecife, donde se concentra la demanda residencial de larga duración — trabajadores del turismo, la sanidad y los servicios, con escasez crónica de vivienda —, y los núcleos turísticos de Puerto del Carmen, Costa Teguise y Playa Blanca, dominados por el apartamento vacacional y la inversión extranjera.

Lanzarote tiene una de las proporciones más altas de propietarios no residentes de Canarias: británicos, irlandeses y alemanes que compraron en la isla y gestionan su propiedad desde fuera. Para ellos el servicio es íntegramente a distancia: firma digital, informes periódicos, atención en su idioma y un único interlocutor para alquiler, incidencias e impuestos.

Ser no residente con un alquiler en España implica obligaciones fiscales concretas: el IRNR (modelo 210) por los rendimientos del alquiler. Lo presentamos nosotros, aplicando las deducciones que correspondan según tu país de residencia, y te evitamos las sanciones por declaraciones no presentadas — uno de los errores más comunes del propietario extranjero.

Si el inquilino deja de pagar, toda la isla pertenece al partido judicial de Arrecife: el desahucio se tramita ante la sección civil de su Tribunal de Instancia. Lo presentamos nosotros desde el primer mes de impago, incluido en la gestión, y mantenemos informado al propietario esté donde esté.

El servicio

Qué incluye nuestra gestión en Lanzarote

En Lanzarote la mayoría de nuestros propietarios no vive en la isla — muchos, ni siquiera en España —, así que la gestión está pensada para funcionar sin que tengas que viajar: firma digital, informes periódicos y un único interlocutor. Esto es lo que incluye:

Cobro y reclamación de rentas

Cobro mensual de la renta con control de vencimientos e informe al propietario, esté donde esté. Ante el primer retraso requerimos formalmente al inquilino; si el impago se consolida, la reclamación de rentas la tramita directamente el despacho.

Selección del inquilino

La demanda residencial en Arrecife es muy fuerte y eso permite elegir bien: estudio de solvencia, verificación de ingresos y consulta de ficheros de morosos antes de proponer candidatos. Un buen filtro inicial protege más que cualquier garantía posterior.

Contratos de alquiler blindados

Contrato de larga duración conforme a la LAU con inventario, garantías adicionales y cláusulas adaptadas al caso — especialmente importantes cuando el propietario reside fuera y no puede supervisar el inmueble con frecuencia.

Gestión de la fianza

Depósito de la fianza ante la Administración autonómica en el plazo de un mes (Registro de Fianzas del ICAVI), liquidación al final del contrato y devolución documentada. El propietario no residente no tiene que hacer ningún trámite en España: nos encargamos de todo.

Incidencias y mantenimiento

Averías y reparaciones resueltas con proveedores locales de la isla, coordinación con la comunidad y comunicación en tu idioma — atendemos en 6 idiomas. Recibes un informe con cada actuación y su justificante.

Desahucios ante el Tribunal de Instancia de Arrecife

Toda la isla pertenece al partido judicial de Arrecife: los desahucios se tramitan ante la sección civil de su Tribunal de Instancia. Presentamos la demanda desde el primer mes de impago, incluida en la gestión, y te mantenemos informado del procedimiento sin que tengas que viajar.

Todo por el 8-12 % de la renta mensual en larga duración. Sin letra pequeña: el desahucio por impago está incluido.

  • Estudio de rentabilidad y valoración de la renta de mercado
  • Publicación en portales con fotografía profesional
  • Estudio de solvencia y consulta de ficheros de morosos
  • Contrato de arrendamiento redactado por abogados
  • Depósito de la fianza ante la Administración autonómica y solicitud de su devolución
  • Cobro mensual de la renta y control de pagos
  • Actualización anual de la renta conforme a la ley
  • Gestión de incidencias, averías y mantenimiento
  • Coordinación con la comunidad de propietarios
  • Reclamación de impagos y desahucio judicial incluidos
  • Asesoría fiscal del alquiler (deducciones y reducción en IRPF)
  • IRNR (modelo 210) para propietarios no residentes
Abogado y administrador, en el mismo despacho

Gestión con respaldo jurídico real

La mayoría de propietarios extranjeros en Lanzarote tiene una agencia para alquilar, una gestoría para el modelo 210 y ningún abogado hasta que surge el problema. Nosotros unificamos las tres cosas: el titular es abogado (Col. ICALPA n.º 5.231) y administrador, y el mismo despacho gestiona el alquiler, presenta tus impuestos de no residente y te representa ante el Tribunal de Instancia de Arrecife si hay impago.

Ley 6/2025

Vivienda vacacional en Lanzarote

Guía de vivienda vacacional en Canarias

Puerto del Carmen, Costa Teguise y Playa Blanca concentran la vivienda vacacional de Lanzarote, en una isla especialmente sensible a la ordenación territorial. La Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, exige una declaración responsable ante el Cabildo de Lanzarote para el uso turístico de la vivienda, y el planeamiento de cada ayuntamiento delimita las zonas donde la actividad puede ejercerse.

Para el propietario no residente el riesgo típico es heredar o comprar un apartamento "que siempre se alquiló a turistas" sin comprobar su situación administrativa. La habilitación no siempre pasa al nuevo dueño. La declaración de uso turístico consolidado deja de surtir efectos cuando la vivienda se transmite por cualquier título. Solo en la herencia, y si el fallecido era a la vez propietario y titular de la declaración responsable, el nuevo propietario puede comunicar el cambio de titularidad al Cabildo y seguir con la actividad durante un máximo de diez años desde la transmisión (disposición transitoria primera de la Ley 6/2025, en la redacción dada por la Ley 7/2026). Revisamos si tu inmueble puede operar legalmente como vivienda vacacional con el nuevo marco, tramitamos la declaración responsable cuando procede y, si la opción razonable es la larga duración, te la gestionamos de principio a fin.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre alquilar en Lanzarote

Vivo fuera de España, ¿podéis gestionar mi propiedad de Lanzarote sin que yo viaje?

Sí, es nuestro caso más habitual en la isla. Firma digital, selección del inquilino, contrato, cobro de rentas, incidencias con proveedores locales e informes periódicos en tu idioma: atendemos en español, inglés, alemán, francés, italiano y neerlandés. Solo recibes la transferencia y el informe.

¿Qué tribunal tramita los desahucios en Lanzarote?

La sección civil del Tribunal de Instancia de Arrecife, partido judicial único para toda la isla: cubre los inmuebles de Arrecife, Puerto del Carmen, Costa Teguise, Playa Blanca y el resto de municipios. Presentamos la demanda nosotros mismos desde el primer mes de impago, incluido en la gestión.

¿Mi apartamento de Puerto del Carmen puede seguir alquilándose a turistas con la Ley 6/2025?

Hay que comprobarlo caso por caso: las viviendas vacacionales ya habilitadas con la normativa anterior tienen un régimen transitorio, y las nuevas necesitan una declaración responsable ante el Cabildo de Lanzarote y que el planeamiento de su ayuntamiento permita expresamente el uso turístico. Hay además un plazo nuevo: quien presentó su declaración responsable antes de la entrada en vigor de la Ley 6/2025 (13 de diciembre de 2025) pero no la comunicación previa de actividades clasificadas ante el ayuntamiento puede presentarla antes del 31 de julio de 2027; si no lo hace en plazo, debe cesar en la actividad (disposición transitoria décima de la Ley 6/2025, añadida por la Ley 7/2026). Revisamos la situación administrativa de tu inmueble, tramitamos la declaración responsable si procede y, si no, te planteamos la alternativa de la larga duración, con una demanda residencial muy fuerte en la isla.

¿Qué es el modelo 210 (IRNR) y tengo que presentarlo?

Si no resides en España y alquilas tu propiedad de Lanzarote, debes declarar los rendimientos mediante el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (modelo 210). Lo presentamos nosotros, aplicando las deducciones que permita tu país de residencia (los residentes en la UE y el EEE pueden deducir gastos), y te evitamos sanciones por declaraciones no presentadas.

¿Vacacional en Puerto del Carmen o larga duración en Arrecife?

Depende del inmueble y de tu perfil. El vacacional en Puerto del Carmen, Costa Teguise o Playa Blanca rinde más en bruto pero exige declaración responsable ante el Cabildo y soporta honorarios del 15-25 % de los ingresos; la larga duración (8-12 % de la renta) tiene en Arrecife una demanda residencial desbordante y vacancia casi nula. El estudio inicial comparativo es gratuito.

Guía gratuita: el propietario que alquila en Canarias (2026)

Checklist por fases: antes de alquilar, contrato, fianza, impagos e impuestos, con cada regla citada al BOE.

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Responsable: ALY Abogados (Lázaro Héctor Amable Méndez). Finalidad: atender tu consulta. Derechos: acceso, rectificación y supresión en alyabogados@lazaroamable.com.

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