⚖️ Más de 600 casos resueltos desde 2013 — abogacía, administración de fincas y concursal Solicitar consulta →

Inmobiliario20 de abril de 2026Actualizado el

Certificado Energético de Vivienda en España y Canarias 2026

Todo lo que necesitas saber sobre el certificado energético: quién lo necesita, quién puede expedirlo, qué letras van de la A a la G, plazos

LA
Lázaro Héctor Amable Méndez

Abogado · Administrador de Fincas · Administrador Concursal

Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria · 10 min de lectura

Contacto

¿Compras o vendes una vivienda?

VPO, contratos, arras, cargas ocultas. Revisamos la operación antes de que firmes.

Cómo protegemos tu compra

El certificado energético es obligatorio para vender o alquilar una vivienda en España (Real Decreto 390/2021). Coste orientativo: 100-300 € según superficie y técnico. Vender o alquilar sin entregarlo es infracción grave, con multa de 601 a 1.000 € (hasta 6.000 € en las muy graves). La norma prevé multas, no la suspensión de la operación.

Certificado Energético de Vivienda en España: Guía Completa 2026

Desde el 1 de junio de 2013, el certificado de eficiencia energética es obligatorio, con pocas excepciones, para las viviendas y locales que se vendan o alquilen en España (hoy lo regula el Real Decreto 390/2021, que derogó el Real Decreto 235/2013). Sin embargo, sigue siendo uno de los documentos que más propietarios olvidan gestionar a tiempo, lo que provoca retrasos en la firma o, en el peor de los casos, sanciones administrativas.

Esta guía explica todo lo que necesitas saber: qué es exactamente, cuándo hace falta, quién lo expide, qué significan las letras A-G, cuánto cuesta y cómo mejorar la calificación de tu vivienda.


¿Qué Es el Certificado Energético?

El certificado de eficiencia energética (o certificado energético) es un documento oficial que califica la eficiencia energética de un inmueble mediante una letra de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente).

La calificación tiene en cuenta:

  • Demanda de calefacción y refrigeración: cuánta energía necesita el edificio para mantener una temperatura de confort
  • Consumo de energía primaria: la energía total necesaria para calefacción, refrigeración, agua caliente y ventilación
  • Emisiones de CO₂: las emisiones de dióxido de carbono asociadas al consumo energético

¿Qué Evalúa el Técnico?

En su visita, el técnico certifica:

  • Características constructivas del edificio (orientación, aislamiento de fachadas y cubierta, tipo de ventanas)
  • Instalaciones térmicas (caldera, bomba de calor, sistema de climatización)
  • Instalaciones de agua caliente sanitaria
  • Iluminación (en locales comerciales)

Con esos datos, introduce la información en uno de los procedimientos de cálculo reconocidos oficialmente (arts. 4 y 5 del Real Decreto 390/2021) y obtiene la calificación energética.


Escala de Calificación Energética

LetraCalificaciónDescripción
AMuy altaEdificios muy eficientes, casi nula demanda energética
BAltaMuy buen aislamiento, instalaciones eficientes
CMedia-altaBuen aislamiento, instalaciones aceptables
DMediaEstándar; habitual en pisos de hace varias décadas
EMedia-bajaAislamiento deficiente o instalaciones antiguas
FBajaViviendas antiguas con escasa eficiencia
GMuy bajaLos edificios más ineficientes

La letra de cada inmueble resulta de aplicar el procedimiento de cálculo reconocido (art. 5 del Real Decreto 390/2021).

En España, buena parte del parque residencial antiguo obtiene calificaciones medias o bajas, mientras que los edificios de nueva construcción suelen obtener las más altas por las exigencias del CTE (Código Técnico de la Edificación).


¿Cuándo Es Obligatorio el Certificado Energético?

Ventas y Alquileres

Es obligatorio para:

  • Venta de vivienda o local comercial: tanto de obra nueva como de segunda mano
  • Alquiler a un nuevo arrendatario de vivienda (arrendamiento de temporada y habitual) y de locales
  • Anuncios inmobiliarios: la letra de eficiencia energética debe aparecer en todos los anuncios de venta o alquiler (portales como Idealista, Fotocasa, etc.)

Excepciones

No es obligatorio para:

  • Con carácter general, viviendas y locales ya existentes que no se venden ni se alquilan a un nuevo arrendatario (art. 3.1.b), salvo que deban certificarse por otra causa, como las reformas del art. 3.1.d), los edificios obligados a pasar la inspección técnica (art. 3.1.f) o los locales de más de 500 m² de los usos del art. 3.1.e)
  • Edificios industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales, o partes de ellos, de baja demanda energética
  • Construcciones provisionales previstas para dos años o menos y edificios independientes de menos de 50 m² útiles
  • Edificios protegidos oficialmente por su valor arquitectónico o histórico, cuando la mejora energética altere de manera inaceptable su carácter o aspecto
  • Edificios que se compran para demolerlos o para las reformas del art. 3.1.d), previa declaración responsable

Las cuatro últimas son las exclusiones del art. 3.2 del Real Decreto 390/2021. La antigua exclusión de las viviendas usadas menos de cuatro meses al año (Real Decreto 235/2013) no figura en la norma vigente.


¿Cómo Se Obtiene el Certificado Energético? Proceso Paso a Paso

1. Contratar un Técnico Competente

El certificado debe ser suscrito por un técnico competente (art. 4 bis del Real Decreto 390/2021): arquitecto, aparejador (arquitecto técnico), ingeniero o ingeniero técnico con titulación habilitante según la Ley de Ordenación de la Edificación, u otros titulados universitarios de ramas técnicas o científicas, o con un título de formación profesional de grado superior, certificado profesional o curso de especialización en eficiencia energética de edificios, que acrediten la formación específica exigida. Desde el 23 de julio de 2026 debe estar acreditado ante su comunidad autónoma mediante declaración responsable (art. 4 ter). No puede hacerlo ni un perito inmobiliario sin titulación oficial ni la propia agencia inmobiliaria.

Dónde encontrar técnicos en Canarias: colegios profesionales de arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros, plataformas online especializadas, o recomendación de tu abogado inmobiliario.

2. Visita al Inmueble

El técnico debe realizar al menos una visita in situ, como máximo tres meses antes de emitir el certificado (art. 6.5 del Real Decreto 390/2021), para tomar datos:

  • Medición de superficies y alturas
  • Inspección de materiales de fachada, cubierta y carpintería
  • Comprobación de la caldera, el aire acondicionado, el calentador de agua
  • Documentación fotográfica

Tiempo de visita: suele ser breve en un piso estándar.

3. Elaboración del Certificado

Con los datos de campo, el técnico genera el certificado mediante un procedimiento de cálculo reconocido. El documento incluye:

  • Datos del inmueble y del técnico
  • Calificación energética (letra A-G) para calefacción, refrigeración y consumo total
  • Etiqueta energética en formato oficial
  • Recomendaciones de mejora (medidas para mejorar la eficiencia)

4. Registro ante la Administración

El certificado debe registrarse ante el organismo autonómico competente:

En Canarias: registro telemático ante el centro directivo competente en materia de energía del Gobierno de Canarias (Decreto 13/2012, de 17 de febrero).

El registro es obligatorio: sin él, el certificado no tiene validez legal (art. 6.6 del Real Decreto 390/2021). Debe presentarse en el plazo que fije la comunidad autónoma o, en su defecto, en un mes desde su emisión. Comprueba en la sede electrónica de tu comunidad si el registro lleva tasa. El técnico normalmente tramita el registro por ti.

5. Entrega al Comprador o Arrendatario

Una vez registrado (art. 17.2 del Real Decreto 390/2021):

  • Al comprador: se anexan al contrato de compraventa una copia del certificado registrado y la etiqueta
  • Al inquilino: se anexa al contrato de alquiler una copia de la etiqueta y se le entrega el documento de recomendaciones de uso

Cuánto Cuesta el Certificado Energético en Canarias 2026

Los honorarios del técnico no están regulados por ley — cada profesional fija sus precios libremente. Los rangos orientativos en Canarias son:

Tipo de inmuebleCoste orientativo (técnico + registro)
Estudio o piso pequeño (< 50 m²)50-80 €
Piso estándar (50-100 m²)70-130 €
Piso grande o chalet (100-200 m²)100-200 €
Casa o villa grande (> 200 m²)150-350 €
Local comercial100-250 € según superficie
Edificio completoPrecio a consultar (por vivienda)

Consejo: desconfía de precios excesivamente bajos (menores de 40 €) ofrecidos por plataformas online sin visita presencial. El técnico debe visitar físicamente el inmueble al menos una vez (art. 6.5 del Real Decreto 390/2021): un certificado emitido sin visita incumple la norma.


Consecuencias de No Tener Certificado Energético

Sanciones Administrativas

El régimen sancionador está en las disposiciones adicionales duodécima y decimotercera del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Real Decreto Legislativo 7/2015), a las que remite el art. 21 del Real Decreto 390/2021 (el Real Decreto 235/2013 está derogado):

InfracciónSanción
Leve: anunciar la venta o el alquiler sin indicar la calificación energética300-600 €
Grave: vender o alquilar sin entregar el certificado válido, registrado y en vigor601-1.000 €
Muy grave: falsear el certificado, anunciar una calificación sin certificado registrado en vigor o reincidir en una infracción grave1.001-6.000 €

Las sanciones son independientes del contrato: el régimen sancionador no prevé la nulidad de la compraventa ni del arrendamiento, pero el vendedor/arrendador incurre en responsabilidad administrativa, sin perjuicio de otras responsabilidades civiles que puedan concurrir. Si el beneficio obtenido con la infracción supera la multa, la sanción se eleva hasta ese importe.

Reclamaciones del Comprador

Además de la sanción, el comprador que no recibió el certificado puede plantear una reclamación civil o de consumo, cuyo resultado depende de que acredite un incumplimiento y un perjuicio. En la práctica, es un argumento que algunos compradores utilizan en negociaciones post-firma.


¿Cómo Mejorar la Calificación Energética?

Si tu vivienda tiene una calificación baja (F o G) y quieres mejorarla antes de vender o para obtener una hipoteca verde, las medidas más efectivas son:

MejoraAhorro orientativoInversión orientativa
Sustitución de ventanas por doble o triple acristalamiento15-25%3.000-8.000 €
Aislamiento de fachada (trasdosado o SATE)20-40%8.000-25.000 €
Sustitución de caldera por bomba de calor o caldera condensación20-35%3.000-8.000 €
Aislamiento de cubierta15-30%2.000-6.000 €
Instalación de paneles solares20-50%4.000-10.000 €

Son cifras orientativas de mercado: el ahorro y el coste reales dependen de cada vivienda. En Canarias, la instalación de paneles solares fotovoltaicos combinada con una bomba de calor aerotérmica suele ser una de las mejoras con más efecto en la calificación, dada la irradiación solar y el clima favorable para la climatización.


Certificado Energético y la Compraventa: Lo Que Debe Comprobar tu Abogado

Cuando compramos un inmueble, el certificado energético es uno de los documentos que el abogado debe verificar antes de la firma:

✅ ¿Está registrado ante el organismo autonómico competente?
✅ ¿Está en vigor (menos de 10 años desde su expedición, o de 5 si la calificación es G)?
✅ ¿Coincide la descripción del inmueble (superficie, dirección) con la nota simple y el catastro?
✅ ¿Ha recibido el comprador copia del certificado antes de la firma?
✅ ¿Aparece la calificación energética en el anuncio de venta?

Un certificado caducado o sin registro es como si no existiera. En la práctica, muchos propietarios que llevan años sin vender ni alquilar tienen certificados caducados que deben renovarse antes de poner el piso en el mercado.


Cómo ALY Abogados Puede Ayudarte

Nuestro equipo de abogados inmobiliarios en Las Palmas de Gran Canaria verifica la documentación completa antes de cualquier compraventa:

  • Due diligence completa: nota simple, urbanismo, certificado energético, cédula de habitabilidad, IBI
  • Revisión del contrato de arras antes de entregar ningún dinero
  • Representación notarial: si no puedes asistir a la firma, te representamos con poder notarial
  • Coordinación de todos los trámites: tasación, gestión de impuestos, inscripción registral

Si necesitas también coordinar la obtención del certificado energético, tenemos técnicos de confianza en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

La primera consulta se descuenta de los honorarios si nos encargas el asunto.

📞 +34 633 572 607 | ✉ alyabogados@lazaroamable.com


Lázaro Héctor Amable Méndez — Abogado, Colegiado nº 5.231 ICALPA

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el certificado energético para vender un piso en España?

Sí. Para vender o alquilar un edificio o parte de él (una vivienda o un local) hay que disponer del certificado de eficiencia energética registrado y en vigor, salvo las exclusiones del art. 3.2 del Real Decreto 390/2021. En la compraventa se anexan al contrato una copia del certificado y la etiqueta; en el alquiler, una copia de la etiqueta (art. 17.2). Vender o alquilar sin entregarlo es infracción grave, con multa de 601 a 1.000 €; el conjunto de sanciones va de 300 a 6.000 €.

¿Cuánto cuesta el certificado energético en Canarias en 2026?

El coste varía según el tamaño del inmueble y el técnico contratado. En Canarias, de forma orientativa, los precios habituales oscilan entre 60 y 150 € para un piso estándar de 70-100 m². Para viviendas más grandes o edificios completos el precio sube. Los honorarios no están regulados: se recomienda comparar al menos 2-3 presupuestos.

¿Cuánto tiempo es válido el certificado energético?

El certificado energético tiene una validez máxima de 10 años, o de 5 años si la calificación es G (art. 13 del Real Decreto 390/2021). Pasado ese plazo debe renovarse antes de vender o alquilar. No obstante, si se realizan obras de mejora energética (aislamiento, cambio de caldera, etc.), puede interesar renovarlo antes para obtener una mejor calificación.

¿Quién puede hacer el certificado energético?

Debe suscribirlo un técnico competente: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico con titulación habilitante para proyectar o dirigir obras de edificación, u otros titulados universitarios de ramas técnicas o científicas, o con un título de formación profesional de grado superior, certificado profesional o curso de especialización en eficiencia energética de edificios, que acrediten la formación específica exigida (art. 4 bis del Real Decreto 390/2021). Desde el 23 de julio de 2026 debe estar acreditado ante su comunidad autónoma mediante declaración responsable (art. 4 ter). El técnico visita el inmueble al menos una vez, calcula la calificación con un procedimiento reconocido y firma el certificado, que debe registrarse en el órgano autonómico competente (en Canarias, el centro directivo de energía del Gobierno de Canarias).

¿Qué pasa si vendo sin certificado energético?

Vender sin entregar al comprador el certificado válido, registrado y en vigor es infracción grave, con multa de 601 a 1.000 €. Las infracciones leves (por ejemplo, anunciar la venta sin indicar la calificación) se sancionan con 300 a 600 € y las muy graves (como falsear el certificado) con 1.001 a 6.000 € (disposiciones adicionales 12.ª y 13.ª del texto refundido de la Ley de Suelo). El régimen sancionador no prevé la nulidad de la compraventa, sin perjuicio de las responsabilidades civiles que puedan concurrir.

Compartir este artículo

WhatsAppX / Twitter

¿Necesitas asesoramiento?

Cuéntanos tu caso. Primera consulta gratuita en Segunda Oportunidad y despidos. En las reclamaciones que llevamos a éxito, si no ganamos no pagas nada, tampoco la consulta. En el resto de asuntos, se descuenta de los honorarios si nos encargas el caso.

Basta con un email o un teléfono: elige cómo prefieres que te contactemos.

Responsable: ALY Abogados (Lázaro Héctor Amable Méndez). Finalidad: atender tu consulta. Derechos: acceso, rectificación y supresión en alyabogados@lazaroamable.com.

Artículos relacionados

Otros artículos del blog sobre inmobiliario y temas relacionados.

Inmobiliarioabr 2026

Comprar Piso en Canarias 2026 con Impuestos, Due Diligence y Trámites

Todo lo que debes saber antes de comprar una vivienda en Canarias. ITP 6,5%, IGIC, due diligence legal, contrato de arras, plazos y errores que cuestan miles de euros.

Leer artículo
Inmobiliarioabr 2026

Nota Simple del Registro de la Propiedad: Qué Es, Cómo Pedirla y Por Qué Es Imprescindible 2026

Guía completa sobre la nota simple registral: qué información contiene, cómo solicitarla online o presencialmente, cuánto cuesta y por qué ningún comprador de vivienda debería prescindir de ella.

Leer artículo
Civilabr 2026

Contrato de arras en la compraventa de vivienda

Todo lo que debes saber sobre el contrato de arras antes de comprar o vender una vivienda en España. Diferencias entre arras confirmatorias

Leer artículo
Inmobiliarioabr 2026

Comprar una vivienda en Canarias: impuestos y gastos totales en 2026

Guía completa de todos los impuestos y gastos al comprar una vivienda en Canarias en 2026. IGIC, ITP, AJD, notaría, registro, gestoría y plusvalía municipal.

Leer artículo
Inmobiliarioabr 2026

Alquiler de Vivienda por No Residente en España

Guía completa para propietarios no residentes que alquilan su vivienda en España o en Canarias: IRNR, Modelo 210 y nuevo plazo anual de abril

Leer artículo
Inmobiliarioabr 2026

Vicios Ocultos en la Vivienda: Cómo Reclamar al Vendedor o Promotor en España 2026

Guía completa sobre vicios ocultos en la compraventa de vivienda: qué son, cómo probarlos, plazos para reclamar (6 meses desde la entrega en segunda mano; garantías de hasta 10 años en obra nueva), diferencias entre obra nueva y segunda mano, y acciones legales disponibles.

Leer artículo
Extranjeríaabr 2026

Reagrupación Familiar en España: Requisitos, Documentación y Plazos 2026

Cómo traer a tu familia a España mediante reagrupación familiar. Requisitos de ingresos, vivienda, documentación y plazos. Guía actualizada para Canarias 2026.

Leer artículo
Arrendamientosjul 2026

Ley 6/2025 de vivienda vacacional en Canarias: guía 2026

Vivienda vacacional en Canarias con la Ley 6/2025 y su reforma por la Ley 7/2026: declaración responsable ante el cabildo, requisitos, plazos y sanciones.

Leer artículo
LlamarWhatsApp