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Penal20 de abril de 2026

Conducir bajo la Influencia del Alcohol y Drogas en España 2026: Sanciones y Defensa

¿Te han denunciado por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas en España? Conoce las sanciones, el proceso penal, cómo impugnar el resultado del alcoholímetro y cuándo necesitas abogado.

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Lázaro Héctor Amable Méndez

Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · 7 min de lectura

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Conducir bajo la Influencia del Alcohol o Drogas en España 2026

La conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas es una de las infracciones de tráfico más graves en España. Dependiendo de las circunstancias, puede tener consecuencias que van desde una simple multa administrativa hasta condena de prisión y pérdida del carné de conducir.


Las Tasas Permitidas en España

Alcohol al Volante

Tipo de conductorLímite en aire espiradoLímite en sangre
Conductor general0,25 mg/l0,50 g/l
Conductor novel (< 2 años de carné)0,15 mg/l0,30 g/l
Conductor profesional0,15 mg/l0,30 g/l
Transporte de personas o mercancías peligrosas0,15 mg/l0,30 g/l

Drogas al Volante

En España, la presencia de cualquier sustancia psicotrópica, estupefaciente o psicoactiva en el organismo constituye infracción grave, independientemente de la cantidad. No existe una tasa mínima permitida como ocurre con el alcohol. La prueba se realiza mediante análisis de saliva o sangre.

Las drogas detectadas habitualmente incluyen: cannabis (THC), cocaína, anfetaminas, opiáceos y benzodiacepinas.


Infracción Administrativa vs Delito Penal

Infracción Administrativa (Multa y Puntos)

Tasa en aire espiradoSanción
0,25 – 0,50 mg/l (general)Multa 500 € + 4 puntos retirados
0,50 – 0,60 mg/l (general)Multa 1.000 € + 6 puntos retirados
Positivo en drogas (sin delito)Multa 1.000 € + 6 puntos retirados

Las infracciones graves por alcohol no conllevan automáticamente pérdida total del carné, pero si el conductor pierde todos sus puntos (12 o 8 si es novel), debe recuperar el carné.

Delito Penal (Art. 379 Código Penal)

El delito de conducción bajo la influencia del alcohol o las drogas se comete cuando:

  1. La tasa de alcohol supera 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre
  2. O la conducción es manifiestamente peligrosa bajo los efectos de cualquier sustancia, aunque la tasa sea inferior al umbral

Las penas previstas:

  • Multa de 3 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días
  • Privación del permiso de conducir de 1 a 4 años
  • En casos agravados: hasta 2 años de prisión

Agravantes que endurecen la pena:

  • Reincidencia en delitos contra la seguridad vial
  • Accidente con víctimas (puede concurrir con lesiones u homicidio imprudente)
  • Conducción temeraria simultánea (art. 380 CP)
  • Conducción bajo los efectos de ambas sustancias (alcohol + droga)

El Proceso: Qué Pasa tras el Control de Alcoholemia

1. Control en la Vía Pública

La Guardia Civil de Tráfico o la Policía Local realizan controles preventivos (a cualquier conductor) o circunstanciales (tras un accidente o denuncia).

2. Primera Prueba de Alcoholímetro

Si el resultado es positivo, se realizan dos mediciones con el etilómetro con un intervalo mínimo de 10 minutos entre ellas. Se toma el valor más bajo de las dos como resultado oficial.

3. Derecho a Contraanálisis en Sangre

Si el resultado supera el límite o el conductor lo solicita, tiene derecho a que se le realice un análisis de sangre en el centro de salud o clínica correspondiente. Este derecho es fundamental para la defensa: si no se informa al conductor de este derecho, la prueba puede ser impugnable.

4. Según el Resultado:

Infracción administrativa (tasa entre límite y 0,60 mg/l):

  • Se levanta boletín de denuncia
  • El conductor puede seguir conduciendo si la tasa baja de 0,25 mg/l
  • El vehículo puede ser inmovilizado si la tasa es muy alta

Presunto delito (tasa superior a 0,60 mg/l):

  • El conductor es detenido y trasladado a dependencias policiales
  • Se informa de sus derechos (guardar silencio, asistencia de abogado)
  • Las diligencias se remiten al Juzgado de Instrucción

5. Procedimiento Penal

Dependiendo de la gravedad, el procedimiento puede seguir el juicio rápido (para infracciones simples) o el procedimiento abreviado. El juicio rápido puede celebrarse en pocas semanas; el abreviado puede tardar meses.

En el acto del juicio, el fiscal y el abogado defensor presentan sus posiciones. Es posible llegar a una conformidad (acuerdo con el fiscal) que puede reducir la pena.


Motivos de Defensa e Impugnación

Una defensa penal efectiva analiza todas las posibles vulneraciones del procedimiento:

Defectos en la Prueba de Alcoholemia

Motivo de impugnaciónDetalle
Tiempo insuficiente entre medicionesDeben pasar mínimo 10 minutos
Etilómetro sin calibración vigenteDebe tener certificado de calibración actualizado
No se informó del derecho a contraanálisisLa omisión puede anular la prueba
El conductor no estaba conduciendoDebe probarse que conducía en el momento de la prueba
Intervalo de consumo próximo al controlEl alcohol puede aún estar absorbiéndose
Presencia de sustancias que interfierenCiertos medicamentos o alimentos afectan la medición
Uso incorrecto del aparatoEl agente debe seguir el protocolo exacto

Defectos Formales en la Denuncia o el Atestado

  • Errores en la identificación del conductor
  • Irregularidades en el levantamiento del atestado
  • Ausencia de testigos cuando son preceptivos

Conformidad Negociada

Si la prueba es sólida, puede negociarse con el fiscal una conformidad con:

  • Reducción de la pena de multa
  • Sustitución de prisión por multa o trabajos comunitarios
  • Reducción del período de privación del carné

Consecuencias en el Carné de Puntos

Sistema de Pérdida de Puntos (DGT)

InfracciónPuntos retirados
Alcohol entre límite y 0,50 mg/l4 puntos
Alcohol entre 0,50 y 0,60 mg/l6 puntos
Positivo en drogas6 puntos

El conductor novel empieza con 8 puntos; el general con 12. Si los pierde todos:

  • Queda sin permiso de conducir durante 6 meses
  • Debe superar prueba de aptitud psicofísica y de conocimientos
  • Recupera 8 puntos al reiniciarse

Cuando la Sentencia Penal Priva del Permiso

Si hay sentencia penal, la pena accesoria de privación del permiso de conducir se suma a las consecuencias administrativas. Una sentencia de privación de permiso por 2 años significa no conducir durante ese tiempo, independientemente del saldo de puntos.


Conducir Bajo los Efectos de las Drogas: Especificidades

A diferencia del alcohol, no existe una tasa mínima de tolerancia para las drogas. La presencia en el organismo es suficiente para la sanción administrativa; para el delito penal es necesario además que afecte a las capacidades de conducción.

Plazo de detección (en saliva o sangre):

  • Cannabis (THC activo): 4-12 horas tras el consumo (pero los metabolitos pueden detectarse días después en orina — no relevante para la prueba de conducción)
  • Cocaína: 12-24 horas
  • Anfetaminas: 24-48 horas

La prueba de drogas en carretera se realiza mediante prueba de saliva (Alere DDS2 u otros). Si es positiva, puede solicitarse confirmación en sangre.


Cuándo Necesitas un Abogado Penalista de Tráfico

Debes contactar un abogado penalista especializado en tráfico si:

  • La tasa supera el umbral del delito (0,60 mg/l en aire)
  • Has tenido accidentes con víctimas
  • Eres conductor profesional (las consecuencias profesionales son más graves)
  • Tienes antecedentes penales por seguridad vial
  • La policía no siguió el protocolo correcto
  • Quieres impugnar el resultado

Un buen abogado puede:

  • Conseguir la nulidad de la prueba por defecto procedimental
  • Negociar una conformidad favorable con el fiscal
  • Proteger tu permiso de conducir reduciendo el período de privación

ALY Abogados — Defensa Penal en Canarias

Nuestro equipo de penalistas en Las Palmas de Gran Canaria defiende a conductores imputados por delitos contra la seguridad vial en toda Canarias:

  • Análisis inmediato del atestado policial para detectar irregularidades
  • Impugnación del resultado del alcoholímetro cuando procede
  • Representación en juicios rápidos y procedimientos abreviados
  • Negociación de conformidades con el Ministerio Fiscal
  • Recursos en segunda instancia

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📞 +34 633 572 607 | ✉ alyabogados@lazaroamable.com


Lázaro Héctor Amable Méndez — Abogado, Col. 5.231 ICALPA

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