✅ Esta semana hemos conseguido exonerar 38.000€ en deudas para un cliente en Las Palmas Consulta gratuita →

Penal22 de abril de 2026

Orden de Alejamiento en España: Cómo Solicitarla, Duración y Qué Pasa si se Incumple 2026

Guía completa sobre la orden de alejamiento en España: diferencia entre violencia de género y doméstica, cómo solicitarla, qué medidas incluye, duración, proceso judicial y consecuencias penales para quien la incumple.

LA
Lázaro Héctor Amable Méndez

Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · 6 min de lectura

Consulta gratuita

¿Necesitas asesoramiento?

Cuéntanos tu caso. Primera consulta siempre gratuita y sin compromiso.

Orden de Alejamiento en España: Protección, Proceso y Derechos

La orden de alejamiento es una de las herramientas más efectivas de protección para las víctimas de violencia doméstica y de género. Esta guía explica cómo funciona, qué pasos dar y qué derechos tiene la víctima en todo momento.


¿Qué es la Orden de Alejamiento?

Es una medida judicial que prohíbe al agresor:

  • Aproximarse a la víctima a menos de la distancia fijada por el juez (habitualmente 300-1.000 metros)
  • Comunicarse con ella por cualquier medio (teléfono, WhatsApp, redes sociales, terceros)
  • Acudir al domicilio, lugar de trabajo o centro educativo de los hijos

Puede adoptarse como:

  • Medida cautelar: durante la instrucción penal, antes de sentencia
  • Pena accesoria: impuesta en sentencia condenatoria (arts. 48 y 57 CP)
  • Medida civil: en procedimientos de separación o divorcio (art. 158 CC)

Violencia de Género vs. Violencia Doméstica

Violencia de GéneroViolencia Doméstica
AgresorHombre (ex)pareja sentimentalCualquier familiar
VíctimaMujerHombre o mujer de la unidad familiar
Ley aplicableLO 1/2004Art. 173.2 CP
Juzgado competenteJVSM (Violencia sobre la Mujer)Juzgado de Instrucción
Medidas especialesSí (órdenes de protección reforzadas)Sí, similares

En Canarias, los Juzgados de Violencia sobre la Mujer están en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, con cobertura a las islas menores mediante adscripciones.


Cómo Solicitar la Orden de Alejamiento

Paso 1 — Denuncia

La orden puede solicitarse:

  • En comisaría de policía (Nacional o Local), que elabora atestado
  • Directamente en el juzgado de guardia
  • En el Servicio de Atención a la Familia (SAF) de la Guardia Civil
  • A través del Ministerio Fiscal de oficio, si tiene conocimiento de los hechos

La denuncia puede presentarla:

  • La propia víctima
  • Familiares o personas cercanas (aunque el ejercicio de la acusación es de la víctima)
  • El Ministerio Fiscal
  • Cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos (denuncia, no querella)

Paso 2 — Juzgado de Guardia (72 horas)

Tras la denuncia, el juez de guardia debe resolver sobre la orden de protección en 72 horas, citando a:

  • La víctima
  • El presunto agresor (con asistencia de abogado)
  • El Ministerio Fiscal

El juez puede acordar:

  • Orden de alejamiento y prohibición de comunicaciones
  • Salida del domicilio compartido del agresor
  • Suspensión del régimen de visitas a hijos comunes
  • Prestación económica provisional

Paso 3 — Registro Central de Protección de Víctimas

Una vez dictada, la orden se inscribe automáticamente en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica (Ministerio de Justicia). La víctima recibe una copia.


Medidas que Incluye la Orden de Protección

La orden de protección (art. 544 ter LECrim) puede incluir medidas:

Penales (art. 544 bis LECrim)

  • Alejamiento físico de la víctima
  • Prohibición de comunicación
  • Prohibición de residir en determinadas zonas
  • Salida del domicilio familiar

Civiles (art. 544 ter.7)

  • Atribución del uso de la vivienda familiar a la víctima
  • Régimen de custodia y visitas provisional de los hijos
  • Prestación de alimentos provisional

Protección Personal

  • Pulsera telemática de control del agresor (en casos de alto riesgo)
  • Dispositivo de emergencia para la víctima (teléfono ATENPRO)
  • Escolta policial en casos de riesgo extremo

Duración de la Orden de Alejamiento

FaseDuración
Cautelar (durante instrucción y juicio)Hasta la sentencia (puede ser años)
Pena en sentencia condenatoria1 mes – 10 años (delitos leves) / hasta 20 años (graves)
Medida cautelar penal prorrogadaPuede prorrogarse cuantas veces sea necesario
Medida civil (art. 158 CC)Hasta que el juez civil la modifique o extinga

Qué Pasa si se Incumple la Orden de Alejamiento

El incumplimiento es un delito autónomo (art. 468 CP):

  • Pena de 6 meses a 1 año de prisión (si la medida es cautelar)
  • 1 a 2 años de prisión si la orden fue impuesta como pena en sentencia
  • El Tribunal Supremo ha consolidado que no cabe el consentimiento bilateral: aunque la víctima invite al agresor, el delito existe para quien tiene la prohibición

Consecuencias adicionales

  • Puede utilizarse para agravar la condena en el proceso principal
  • Puede dar lugar a prisión provisional si hay riesgo de reiteración
  • Se comunica de oficio al juzgado que dictó la medida

Derechos de la Víctima

Asistencia Jurídica Gratuita

La víctima de violencia de género tiene derecho a asistencia letrada gratuita desde el primer momento, independientemente de sus ingresos (LO 1/2004, art. 20). Esto incluye:

  • Abogado de guardia inmediato durante la denuncia
  • Representación en el proceso penal completo
  • Asistencia en procedimientos conexos (divorcio, custodia, prestaciones)

Otras Medidas de Apoyo

  • ATENPRO: servicio telefónico 24h con localizador GPS para víctimas con orden de protección
  • Centros de acogida en todas las islas de Canarias
  • Ayudas económicas (Renta Activa de Inserción — RAI — para víctimas de VG)
  • Suspensión de visitas del agresor condenado a los hijos comunes
  • Exención del IRPF de determinadas prestaciones

Protección para la Víctima Extranjera

Las mujeres extranjeras, con o sin documentos en regla, tienen los mismos derechos que las nacionales para solicitar órdenes de protección. La denuncia por violencia de género no puede utilizarse en su contra en procedimientos de extranjería: el art. 31 bis LOEX prevé la posibilidad de obtener una autorización de residencia y trabajo si están en situación irregular.


ALY Abogados — Protección para Víctimas y Defensa de Acusados

Para víctimas:

  • Acompañamiento en la denuncia y asistencia en guardia
  • Representación como acusación particular
  • Solicitud de medidas civiles simultáneas (vivienda, custodia, alimentos)
  • Seguimiento de la orden de protección

Para acusados:

  • Análisis de la denuncia y estrategia de defensa
  • Representación en la vista del juzgado de guardia
  • Oposición a medidas cautelares desproporcionadas
  • Defensa en juicio oral

Primera consulta gratuita. Llama al 633 572 607.


Lázaro Héctor Amable Méndez — Abogado, Colegiado nº 5.231 ICALPA

Compartir este artículo

WhatsAppX / Twitter

¿Necesitas asesoramiento?

Cuéntanos tu caso. Consulta gratuita y sin compromiso.

Tus datos serán tratados de forma confidencial. Solo los usaremos para responder a tu consulta.

Llamar ahoraWhatsApp