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Inmobiliario · Las Palmas

Plusvalía Municipal
— Recupera lo que Pagaste si Vendiste con Pérdidas

Tras la STC 182/2021 del Tribunal Constitucional, puedes reclamar la devolución de la plusvalía municipal si vendiste sin ganancia. Actuamos en Las Palmas.

STC 182/2021

Sentencia del Tribunal Constitucional que abre la vía

4 años

Plazo máximo para reclamar desde el pago

4,8 ★

217 reseñas · Abogados IIVTNU Las Palmas

¿A quién va dirigido?

Perfiles que atendemos

Si pagaste plusvalía municipal y no debías haberla pagado, podemos reclamar la devolución.

Venta con pérdidas

Propietarios que vendieron un piso con pérdidas y aun así pagaron plusvalía municipal al Ayuntamiento.

Herencias y plusvalía

Herederos que pagaron plusvalía al recibir un inmueble en herencia y quieren recuperar lo pagado.

Donaciones gravadas

Personas que donaron un inmueble y pagaron el impuesto incluso sin haber obtenido ninguna ganancia.

Casos recientes (2020-2024)

Casos dentro del plazo de reclamación de 4 años que aún pueden beneficiarse de la jurisprudencia constitucional.

Fórmula inconstitucional

Propietarios cuyo ayuntamiento aplicó la fórmula declarada inconstitucional y cuya cuota superó el incremento real.

Cuándo reclamar

Cuándo se puede reclamar la plusvalía

Conoce los supuestos en los que tienes derecho a solicitar la devolución del impuesto pagado.

Situación¿Reclamable?Base legal
Vendiste con pérdida (valor catastral bajó)STC 59/2017
Cálculo por fórmula antigua (antes oct. 2021)Sí, si cuota > incremento realSTC 182/2021
Transmisión después de oct. 2021Solo si cuota > incremento realNueva normativa RDL 26/2021
Herencia o donaciónSí, en los mismos supuestosMisma jurisprudencia
Liquidación firmeRecurrir si no ha prescrito (4 años)Ley General Tributaria
Cómo trabajamos

Proceso en 4 pasos

1

Análisis del caso

Revisamos la liquidación, fecha de transmisión y valor real para determinar si procede la reclamación.

2

Recurso de reposición

Reclamamos ante el Ayuntamiento de Las Palmas en el plazo de 1 mes desde la liquidación del impuesto.

3

Reclamación económico-administrativa

Si el Ayuntamiento deniega, recurrimos ante el TEAR de Canarias para continuar el proceso.

4

Recurso contencioso-administrativo

Si es necesario, llevamos el caso a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la plusvalía municipal

¿Qué es la plusvalía municipal (IIVTNU)?

Es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que cobra el Ayuntamiento cada vez que se transmite un inmueble (venta, herencia, donación).

¿Qué dijo el Tribunal Constitucional en 2021?

La STC 182/2021 declaró inconstitucional el sistema de cálculo anterior porque obligaba a pagar aunque no hubiera incremento real de valor o la cuota superara la ganancia obtenida.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Si recibiste una liquidación, tienes 1 mes para el recurso de reposición. Si la declaraste tú mismo, 4 años desde la fecha de pago para solicitar la rectificación.

¿Puedo reclamar plusvalías pagadas hace varios años?

Sí, siempre que no haya prescrito el plazo de 4 años. Comprueba las fechas y actúa cuanto antes.

¿Cuánto puedo recuperar?

Depende del importe pagado. En Las Palmas, la plusvalía puede ser significativa en inmuebles de valor elevado. Lo calculamos en la consulta.

¿Qué documentos necesito?

La liquidación del impuesto, la escritura de compraventa o herencia, y cualquier prueba del valor real de la transmisión.

Contacto

¿Pagaste plusvalía y quieres reclamarla?

Cuéntanos tu caso. Primera consulta gratuita y sin compromiso. Te respondemos el mismo día.

Primera consulta gratuitaAnálisis de viabilidad incluidoRecurso administrativo y judicial

Tus datos serán tratados de forma confidencial. Solo los usaremos para responder a tu consulta.

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