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Abogado Alquileres · Lanzarote

Abogado Arrendamientos
en Arrecife, Lanzarote

Especialistas en alquileres y arrendamientos en Arrecife, Lanzarote. Desahucio por impago, defensa del inquilino, reclamación de rentas y contratos LAU. La primera consulta se descuenta de los honorarios si nos encargas el asunto.

Consulta descontable si contratasAbogado alquileres LanzaroteDesahucio · LAU
Por qué elegirnos

¿Por qué elegirnos en Arrecife, Lanzarote?

Especialistas en arrendamientos urbanos

Al día de las reformas de la Ley de Arrendamientos Urbanos y de la legislación de vivienda. Conocemos cada mecanismo para proteger a propietarios e inquilinos.

Conocemos Arrecife, Lanzarote

Actuamos ante el órgano judicial competente de Arrecife con pleno conocimiento del procedimiento local.

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Desahucio exprés

Utilizamos el juicio verbal de desahucio y cuidamos cada trámite para evitar retrasos. Reclamamos también rentas adeudadas en el mismo procedimiento para evitar un segundo juicio.

Qué hacemos

Servicios de arrendamientos en Arrecife, Lanzarote

Actuamos ante el órgano judicial competente de Arrecife con plena experiencia en la normativa de arrendamientos urbanos y turísticos.

Desahucio por Impago

Juicio verbal de desahucio por falta de pago de la renta. Gestionamos todo el proceso desde la demanda hasta la recuperación del inmueble.

Defensa del Inquilino

Oposición al desahucio y protección de los derechos del arrendatario. Analizamos posibles vicios del procedimiento y vías de paralización.

Reclamación de Rentas

Cobro de rentas atrasadas mediante procedimiento monitorio o verbal. Reclamamos las cantidades adeudadas por la vía más ágil en cada caso.

Extinción de Contrato

Resolución por incumplimiento, obra sin permiso o subarriendo no autorizado. Tramitamos la extinción del contrato con todas las garantías legales.

Revisión y Redacción de Contratos

Contratos de alquiler conformes a la Ley de Arrendamientos Urbanos vigente. Cláusulas de protección para propietario e inquilino, fianza, actualización de renta y obras.

Alquiler Vacacional

Regulación turística en Canarias, declaración responsable ante el cabildo insular y conflictos con comunidades. Inscripción en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias y defensa ante sanciones.

Cobertura

Abogado arrendamientos en todo Arrecife, Lanzarote

Atendemos propietarios e inquilinos de todos los barrios y municipios. Consulta presencial o por videollamada.

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Preguntas frecuentes

Dudas sobre alquileres y arrendamientos en Arrecife, Lanzarote

¿Cuánto tiempo tarda un desahucio en Arrecife, Lanzarote?

En Canarias puede tardar varios meses, según haya o no oposición del inquilino y la carga del órgano judicial competente de Arrecife. Un abogado especializado ayuda a evitar retrasos por defectos en la demanda o en las notificaciones.

¿Puede el propietario echarme sin previo aviso?

No. El propietario no puede echarte por su cuenta: tiene que acudir a los tribunales y nadie puede ser desalojado sin un procedimiento judicial. Las vías de hecho para forzar la salida (cambiar la cerradura, cortar suministros, amenazas) son denunciables ante las autoridades.

¿Cuántos meses de impago justifican el desahucio?

Técnicamente uno. Pero la legislación procesal y de vivienda prevé mecanismos de protección para inquilinos vulnerables que pueden suspender temporalmente el proceso.

¿Qué pasa si el inquilino causa daños en el piso?

Puedes retener la fianza y reclamar el exceso mediante procedimiento civil, con informe fotográfico previo a la entrega de llaves. Es fundamental documentar el estado del inmueble antes y después.

¿El inquilino puede subarrendar sin permiso?

En un alquiler de vivienda, no sin el consentimiento escrito del arrendador, y solo de forma parcial. El subarriendo inconsentido permite al arrendador resolver el contrato según el artículo 27 de la LAU.

¿Necesito licencia para alquilar mi piso como alquiler turístico en Canarias?

No es una licencia: la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas exige presentar, antes de empezar, una declaración responsable ante el cabildo insular, que inscribe la vivienda de oficio en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias. Anunciarla sin número de registro es infracción muy grave, con multa de 30.001 a 300.000 € (Ley 7/1995, de Ordenación del Turismo de Canarias). En Lanzarote hace falta además que el planeamiento de tu municipio permita expresamente el uso turístico y, si es un piso en una comunidad de propietarios, que la junta lo apruebe de forma expresa (art. 7.3 de la Ley de Propiedad Horizontal).

¿Un alquiler de temporada de 31 días o menos en Lanzarote se considera turístico?

Se presume que sí, salvo prueba en contrario. La Ley 6/2025, en la redacción dada por la Ley 7/2026 (en vigor desde el 15 de agosto de 2026), presume turística la estancia de corta duración en una vivienda de uso residencial cuando se anuncia o comercializa en un canal de oferta turística o cuando el alojamiento dura 31 días seguidos o menos (art. 11), y la somete a la legislación turística. En los alquileres de 31 días o menos, el arrendador debe pedir antes al inquilino el motivo que justifica la necesidad de alojamiento provisional y su relación con la duración, y hacerlo constar expresamente en el contrato (art. 12). Si no consta, el contrato se considera de naturaleza turística. Firmarlo sin esa motivación es infracción grave, con multa de 1.501 a 30.000 € (arts. 76.24 y 79.2 de la Ley 7/1995, de Ordenación del Turismo de Canarias).

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Propietario o inquilino — analizamos tu caso sin compromiso y te decimos cómo actuar.

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Responsable: ALY Abogados (Lázaro Héctor Amable Méndez). Finalidad: atender tu consulta. Derechos: acceso, rectificación y supresión en alyabogados@lazaroamable.com.

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