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Vivienda Turística · Canarias

Inscripción en el Registro General Turístico
de Canarias

Preparamos y presentamos la declaración responsable de tu vivienda vacacional ante el cabildo para su inscripción en el Registro General Turístico. Sin número de registro no puedes anunciarla legalmente en Airbnb ni en Booking.

Cómo te ayudamos

Registro General Turístico de Canarias

El Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias es el registro autonómico donde se inscriben las viviendas vacacionales. La inscripción la practica de oficio el cabildo insular cuando presentas la declaración responsable (Ley 6/2025).

Obligatorio para operar legalmente

Antes de iniciar la actividad hay que presentar una declaración responsable ante el cabildo insular. Presentada con toda la documentación exigida, permite empezar ese mismo día y el cabildo inscribe la vivienda de oficio en el registro.

Número de registro en todos los anuncios

La inscripción contiene un número de registro que debe figurar en todos los anuncios de la vivienda, en plataformas como Airbnb, Booking o VRBO o en cualquier otro medio. Anunciarla sin indicarlo es infracción muy grave (art. 75.16 de la Ley 7/1995).

Datos esenciales de la declaración

Titularidad, capacidad, referencia catastral, régimen urbanístico y propiedad horizontal son datos esenciales de la declaración responsable: si resultan inexactos, no se puede continuar la actividad (art. 8.4 de la Ley 6/2025). Los revisamos contigo antes de presentarla.

Cambio de titularidad

Si vendes o compras una vivienda vacacional, no des por hecho que el título turístico se transmite con ella. En las viviendas acogidas al uso turístico consolidado, la declaración de uso consolidado deja de surtir efectos con la transmisión de la propiedad por cualquier título. La excepción es la herencia: si quien fallece era a la vez propietario y titular de la declaración responsable, el nuevo propietario puede comunicar al cabildo insular el cambio de titularidad y seguir con la actividad hasta un máximo de 10 años desde esa transmisión, sin que herencias posteriores alarguen el plazo (disposición transitoria primera, apartado 11, de la Ley 6/2025, en la redacción dada por la Ley 7/2026). Revisamos tu caso antes de firmar.

Gestión íntegra desde el despacho

Nos encargamos de la tramitación: declaración responsable ante el cabildo, seguimiento de la inscripción y del número de registro, y comunicaciones con la Administración en tu nombre.

Servicios que ofrecemos

  • Declaración responsable ante el cabildo insular
  • Seguimiento de la inscripción en el Registro General Turístico y del número de registro
  • Revisión de los datos esenciales de la declaración responsable
  • Revisión del título turístico en la compraventa de la vivienda
  • Renovación de la declaración responsable y bajas
  • Gestión ante la plataforma si exigen el número de registro
  • Resolución de incidencias con el registro autonómico
  • Asesoramiento integral sobre obligaciones del titular registrado

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Registro General Turístico de Canarias?

Es el registro de la Comunidad Autónoma de Canarias en el que el cabildo insular inscribe de oficio la vivienda vacacional una vez presentada la declaración responsable, conforme a la Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas (arts. 7 y 8). La inscripción no convalida la actividad ni limita la inspección posterior.

¿Qué es el número de registro?

Es el número que contiene la inscripción de la vivienda en el Registro General Turístico. Debe hacerse constar obligatoriamente en cualquier publicación o anuncio en que se oferte la vivienda como alojamiento turístico, en plataformas digitales y en cualquier otro medio de difusión (art. 8.6 de la Ley 6/2025).

¿La inscripción en el Registro General Turístico equivale a tener la licencia?

No exactamente. El título que habilita no es una licencia, sino la declaración responsable que se presenta ante el cabildo de la isla correspondiente antes de iniciar la actividad. El Registro General Turístico es el registro autonómico donde el cabildo inscribe después la vivienda, de oficio. La inscripción no convalida la actividad ni impide la inspección.

¿Puedo transferir el registro si vendo la vivienda?

No des por hecho que se transmite con la compraventa. La identidad del titular es un dato esencial de la declaración responsable (art. 8.4 de la Ley 6/2025). Y en las viviendas acogidas al uso turístico consolidado, la declaración de uso consolidado deja de surtir efectos con la transmisión de la propiedad por cualquier título (disposición transitoria primera, apartado 11, de la Ley 6/2025, en la redacción dada por la Ley 7/2026). Conviene revisar el título concreto de la vivienda antes de comprar o vender.

¿Qué pasa con el uso turístico consolidado si heredo la vivienda?

La regla general no cambia: la declaración de uso turístico consolidado deja de surtir efectos con la transmisión de la propiedad por cualquier título. La Ley 7/2026 añadió una excepción para la transmisión por fallecimiento (mortis causa). Si la persona fallecida era a la vez propietaria y titular de la declaración responsable, el nuevo propietario puede presentar ante el cabildo insular la comunicación de cambio de titularidad y continuar la actividad hasta un máximo de 10 años desde esa transmisión. Las herencias posteriores no alargan ese plazo (disposición transitoria primera, apartado 11, de la Ley 6/2025, en la redacción dada por la Ley 7/2026).

¿A quién afecta el plazo del 31 de julio de 2027?

A quien presentó la declaración responsable de su vivienda vacacional antes de la entrada en vigor de la Ley 6/2025 (el 13 de diciembre de 2025), pero no presentó la comunicación previa de actividades clasificadas ante el ayuntamiento. Puede presentarla antes del 31 de julio de 2027. Debe acompañarla, como mínimo, de una certificación municipal de que la vivienda se edificó conforme a la normativa urbanística y al planeamiento y cuenta con las licencias y autorizaciones exigibles, y de una memoria firmada por técnico competente. En lugar de esa certificación, puede acreditar por cualquier medio de prueba admisible en Derecho que la edificación está fuera de ordenación o que el uso turístico está consolidado. Presentar la comunicación permite acogerse al régimen transitorio de la ley. Si no se presenta en plazo, hay que cesar la actividad turística de inmediato y la declaración responsable del uso turístico consolidado se extingue automáticamente. El plazo no afecta a quien ya presentó la comunicación previa antes del 13 de diciembre de 2025 (disposición transitoria décima de la Ley 6/2025, añadida por la Ley 7/2026).

¿Qué pasa si no aparece el número de registro en el anuncio?

Es una infracción muy grave. La Ley 7/1995, de Ordenación del Turismo de Canarias, tipifica la publicidad de estancias turísticas en viviendas, en plataformas digitales o en cualquier otro medio, careciendo o sin indicar el número de registro (art. 75.16, añadido por la Ley 6/2025), y prevé para las infracciones muy graves multas de entre 30.001 y 300.000 euros (art. 79.2). Además, la Ley 6/2025 añade una infracción urbanística grave: continuar el uso turístico de la vivienda con el título habilitante extinguido se sanciona con multa de entre 15.000 y 150.000 euros (art. 383.3 de la Ley 4/2017, del Suelo de Canarias).

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Registro, declaración responsable y defensa ante sanciones — Ley 6/2025

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