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Laboral17 de abril de 2026

Prestación por Desempleo 2026: Requisitos para Cobrar el Paro

Guía completa sobre la prestación contributiva por desempleo en España. Requisitos, cuánto cobras, cuánto dura y qué pasa si tu empresa te echa. ALY Abogados.

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Lázaro Héctor Amable Méndez

Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria

6 min de lectura

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Para cobrar la prestacion por desempleo en 2026 debes haber cotizado al menos 360 dias en los ultimos 6 anos. La duracion de la prestacion es proporcional a lo cotizado: 360-539 dias → 4 meses de paro; 540-719 → 6 meses; etc. La cuantia es el 70% de la base reguladora los primeros 6 meses, 50% el resto. El plazo para solicitarla es 15 dias habiles desde el cese.

Prestación por Desempleo 2026: Requisitos para Cobrar el Paro

La prestación contributiva por desempleo (el "paro") es el subsidio que cubre a los trabajadores cuando pierden su empleo involuntariamente. En 2026 sigue siendo la protección más importante del sistema de Seguridad Social para los trabajadores despedidos, y conocer tus derechos puede marcar la diferencia entre cobrar lo que te corresponde o perderlo por error o por las manipulaciones del empleador.

¿Quién puede cobrar el paro?

Para acceder a la prestación contributiva por desempleo en España debes cumplir todos estos requisitos:

  1. Estar en situación legal de desempleo: esto incluye el despido (procedente, improcedente o nulo), la extinción del contrato por fin de obra, el despido objetivo y el ERTE.
  2. Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años (período de ocupación cotizada).
  3. Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE.
  4. No tener edad de jubilación (con las excepciones legales).
  5. No rechazar ofertas de empleo adecuadas ni formación propuesta por el SEPE.

Situaciones que generan derecho al paro

SituaciónGenera paro
Despido improcedente✅ Sí
Despido procedente✅ Sí
Fin de contrato temporal✅ Sí
ERTE (suspensión)✅ Sí (parcial)
Dimisión voluntaria❌ No
Mutuo acuerdo con empresa❌ No en general
Excedencia voluntaria❌ No

Importante: Si firmas un acuerdo de baja voluntaria con tu empresa, normalmente pierdes el derecho al paro. Antes de firmar nada, consulta con un abogado laboralista.

¿Cuánto tiempo se cobra?

La duración de la prestación depende de los días cotizados en los últimos 6 años:

Días cotizadosMeses de prestación
360–539 días2 meses
540–719 días3 meses
720–899 días4 meses
900–1.079 días5 meses
1.080–1.259 días6 meses
1.260–1.439 días8 meses
1.440–1.619 días10 meses
1.620–1.799 días12 meses
1.800–1.979 días16 meses
1.980–2.159 días20 meses
2.160 o más días24 meses (máximo)

¿Cuánto se cobra de paro?

La cuantía de la prestación se calcula a partir de la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días antes del despido:

  • Primeros 180 días: 70% de la base reguladora
  • A partir del día 181: 60% de la base reguladora

Límites mínimos y máximos en 2026

Los importes mínimos y máximos varían en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y del número de hijos a cargo. En términos aproximados para 2026:

SituaciónMínimo mensualMáximo mensual
Sin hijos~570 €~1.461 €
1 hijo a cargo~670 €~1.667 €
2+ hijos a cargo~750 €~1.873 €

Cifras orientativas. Consulta las tablas actualizadas en la web del SEPE.

El plazo: 15 días hábiles

Uno de los errores más costosos es solicitar el paro fuera de plazo.

Tienes 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo para presentar la solicitud en el SEPE. Si lo solicitas el día 16 o más tarde, pierdes los días que han transcurrido desde el plazo límite.

Ejemplo: si te despiden el 1 de abril y lo solicitas el 20 de abril (pasados 15 días hábiles), perderás los días de retraso. Si lo solicitas el 1 de mayo, perderás todo el mes de abril.

¿Qué documentos necesitas?

Para solicitar la prestación por desempleo necesitas:

  • DNI o NIE en vigor
  • Carta de despido o contrato extinguido
  • Número de cuenta bancaria
  • Certificado de empresa (lo emite el empleador)
  • Estar inscrito como demandante de empleo

Situaciones especiales

Despido improcedente y paro

Si tu despido es declarado improcedente cobras:

  • Indemnización por despido improcedente (33 días/año, máximo 24 mensualidades), Y ADEMÁS
  • La prestación por desempleo (el paro), siempre que cumplas los requisitos de cotización

Muchos trabajadores no saben que la indemnización y el paro son compatibles. Son derechos distintos y cobrar uno no implica perder el otro.

ERTE y paro

Durante un ERTE, la empresa suspende tu contrato temporalmente. En ese período cobras el paro de forma proporcional a los días suspendidos (se llama desempleo parcial en ERTEs). Los días consumidos durante un ERTE descantan de tu prestación futura si te despiden después, aunque hay excepciones reguladas por normativa específica.

Trabajadores a tiempo parcial

Los trabajadores con contrato a tiempo parcial también tienen derecho al paro si cotizaron al menos 360 días. El cálculo es proporcional a la jornada realizada.

¿Qué pasa si me dan de baja voluntaria?

La baja voluntaria o dimisión no genera derecho a la prestación contributiva por desempleo.

Sin embargo, hay situaciones en que la extinción del contrato por propia voluntad sí la genera, como cuando:

  • El empresario modifica sustancialmente las condiciones de trabajo (art. 41 ET)
  • El trabajador es víctima de acoso laboral o sexual
  • El empresario incumple sus obligaciones (art. 50 ET)

Estas son las llamadas extinciones causales, y en ellas el trabajador puede cobrar la indemnización de despido improcedente y la prestación por desempleo. Si estás en esta situación, es imprescindible contar con un abogado laboralista para plantearla correctamente.

Compatibilidades e incompatibilidades

La prestación por desempleo es:

  • Compatible con el trabajo a tiempo parcial (se cobra la parte proporcional no trabajada)
  • Incompatible con el trabajo a jornada completa
  • Compatible con la renta activa de inserción en ciertos casos
  • Incompatible con la jubilación ordinaria (con excepciones)

¿Pueden quitarte el paro?

El SEPE puede suspender o extinguir la prestación si:

  • Rechazas una oferta de empleo adecuada o formación
  • No renuevas la demanda de empleo en el plazo fijado
  • Comienzas a trabajar a jornada completa sin comunicarlo
  • Obtienes rentas superiores al límite establecido

Si recibes una resolución desfavorable del SEPE, tienes derecho a presentar una reclamación previa y, si se desestima, acudir a la vía judicial.

Consulta gratuita con abogado laboralista

Si has sido despedido o tu contrato ha finalizado y tienes dudas sobre tus derechos, en ALY Abogados te asesoramos de forma gratuita:

  • Calculamos tu indemnización y prestación exacta
  • Revisamos si tu despido puede ser recurrido como improcedente
  • Actuamos en los plazos legales para que no pierdas ni un euro
  • Atención presencial en Las Palmas y Tenerife, y por videollamada en toda España

📞 633 572 607 | 📧 alyabogados@lazaroamable.com

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