Ley de Segunda Oportunidad 2026: qué es y cómo cancelar tus deudas
Guía 2026 de la Ley de Segunda Oportunidad: requisitos, deudas que se cancelan, plazos de 6 a 18 meses y coste de 1.500-4.500 €. Primera consulta gratuita.
Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria
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La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, de 28 de julio, reformada por Ley 16/2022) es el mecanismo legal español que permite a particulares y autónomos insolventes cancelar hasta el 100% de sus deudas mediante resolución judicial. El proceso dura entre 6 y 18 meses y puede incluir deudas con bancos, tarjetas, Hacienda y Seguridad Social. Desde la reforma de 2022 ya no es necesario ningún acuerdo extrajudicial previo.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, de 28 de julio, hoy integrada en el Texto Refundido de la Ley Concursal y reformada en profundidad por la Ley 16/2022) es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia cancelar total o parcialmente sus deudas a través de un procedimiento judicial.
Su objetivo es dar una salida legal a personas que, por circunstancias sobrevenidas —paro, fracaso de un negocio, enfermedad, divorcio— se han visto incapaces de hacer frente a sus obligaciones económicas y no encuentran salida por sus propios medios.
En términos simples: si no puedes pagar tus deudas y actúas de buena fe, la justicia puede cancelarlas. La resolución que lo hace posible se llama exoneración del pasivo insatisfecho, más conocida como BEPI.
No es una amnistía ni un truco: es un derecho reconocido por ley, con requisitos tasados y control judicial en cada fase. En ALY Abogados tramitamos este procedimiento desde 2017, antes incluso de que la reforma de 2022 lo hiciera más accesible.
¿Quién puede acogerse?
La ley está diseñada para personas físicas: particulares y autónomos. No aplica a sociedades mercantiles, aunque sí a sus socios o administradores cuando responden personalmente por avales o derivaciones de responsabilidad.
Los requisitos principales son:
- Encontrarse en situación de insolvencia actual o inminente
- Actuar de buena fe: no haber ocultado bienes ni tener condena por delitos económicos en los últimos 10 años
- No haber obtenido una exoneración en los últimos 5 años
- Desde la reforma de septiembre de 2022 (Ley 16/2022), ya no es necesario intentar un acuerdo extrajudicial previo: se puede acceder directamente al concurso de acreedores
Tenemos publicado un análisis detallado de cada condición en nuestro artículo sobre los requisitos de la Segunda Oportunidad en 2026 y en la página de requisitos del procedimiento.
Antes y después de la reforma de 2022
La Ley 16/2022 transformó el procedimiento. Si leíste sobre la Segunda Oportunidad hace años y la descartaste, conviene revisar tu caso con las reglas actuales:
| Aspecto | Antes de la reforma (2015-2022) | Desde la Ley 16/2022 |
|---|---|---|
| Acuerdo extrajudicial de pagos (AEP) | Obligatorio antes de ir al juzgado | Voluntario: acceso directo al concurso |
| Deudas con Hacienda y Seguridad Social | No exonerables con carácter general | Exonerables con la escala del art. 489.1.5 TRLC |
| Plan de pagos | 5 años | 3-5 años con exoneración del resto al finalizar |
| Vivienda habitual | Sin mecanismo específico para conservarla | El plan de pagos permite conservarla en muchos casos |
| Nueva exoneración tras obtener una | Tras 10 años | Tras 5 años |
El resultado práctico: el procedimiento es hoy más rápido, más barato y cubre más deudas que en su primera etapa.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
Mediante la Ley de Segunda Oportunidad se pueden exonerar:
- Deudas bancarias: préstamos personales, tarjetas de crédito y revolving, microcréditos
- Deudas con particulares: amigos, familiares, proveedores
- Deudas con Hacienda y Seguridad Social: exonerables desde la reforma de 2022, con los límites que explicamos en el apartado siguiente
- Deudas de suministros: electricidad, gas, telecomunicaciones
- Avales personales: la responsabilidad asumida como avalista de un tercero o de tu propia empresa
No se pueden cancelar:
- Pensiones alimenticias fijadas judicialmente
- Deudas derivadas de responsabilidad civil por delito
- Multas penales
- Los salarios pendientes a trabajadores, si el deudor era empleador: son créditos superprivilegiados y no se exoneran con el EPI
¿Se puede cancelar la deuda con Hacienda y la Seguridad Social?
Sí, desde la reforma de 2022, y es una de las cuestiones donde más ha evolucionado la interpretación judicial. El crédito público ordinario (cuotas de IRPF, IVA/IGIC o IS) tiene una escala: se exonera el 100% de los primeros 5.000 € y el 50% del tramo de 5.000 € a 10.000 € (art. 489.1.5 TRLC), y ese límite se aplica a cada acreedor público por separado —AEAT, Seguridad Social, Ayuntamiento—, no al conjunto. Los recargos, intereses y la mayoría de sanciones se cancelan al 100% sin ese límite. El Tribunal Supremo confirmó esta interpretación en febrero de 2026 (sentencias 259 a 264/2026).
En la práctica, como los recargos e intereses suelen ser una parte muy importante del total adeudado a la Administración, la cancelación real puede superar con mucho lo que sugiere la escala. Analizamos este punto a fondo en la página sobre cancelar deudas con Hacienda.
Las dos vías: liquidación o plan de pagos
Desde 2022 el deudor elige entre dos caminos para llegar a la exoneración:
| Vía de liquidación (BEPI directo) | Plan de pagos (art. 497 TRLC) | |
|---|---|---|
| ¿Qué ocurre con los bienes? | Se liquida el patrimonio embargable | Se conservan los bienes |
| ¿Qué se paga? | Lo que resulte de la liquidación | Una cuota mensual durante 3-5 años |
| ¿Cuándo llega la exoneración? | Al concluir la liquidación | Al finalizar el plan, sobre lo no pagado |
| ¿Para quién es adecuada? | Deudores sin patrimonio relevante | Quien tiene vivienda u otros bienes que conservar e ingresos estables |
La mayoría de los particulares sin patrimonio optan por la vía de liquidación, que en su caso es casi formularia: si no hay bienes, no hay nada que liquidar. Explicamos ambas opciones en detalle en plan de pagos y Segunda Oportunidad sin bienes.
¿Pierdo mi casa si me acojo a la Segunda Oportunidad?
Esta es la pregunta más habitual. La respuesta es no necesariamente.
La hipoteca sobre la vivienda habitual no se exonera directamente, pero:
- Durante el proceso judicial, quedan paralizadas todas las ejecuciones hipotecarias activas
- El plan de pagos permite en muchos casos conservar la vivienda mientras se cumple el plan
- Nuestros abogados negocian con el banco condiciones adaptadas a tu nueva situación; en algunos casos se consigue una dación en pago o una reestructuración del préstamo
Si la hipoteca está al corriente de pagos, la vivienda generalmente no se ve afectada. Cada caso requiere un análisis individualizado: lo tratamos en profundidad en Segunda Oportunidad con hipoteca.
¿Cómo funciona el proceso paso a paso?
1. Consulta gratuita y análisis de viabilidad
Estudiamos tu situación, listamos todas tus deudas y evaluamos si la Ley de Segunda Oportunidad es la mejor opción para ti. Puedes hacer una primera estimación orientativa en 2 minutos con nuestra calculadora de viabilidad.
2. Preparación de la documentación
Recopilamos contratos, extractos, certificados de deuda de Hacienda y Seguridad Social, y preparamos el inventario de bienes y la lista de acreedores. Esta fase suele durar entre 2 y 4 semanas.
3. Solicitud de concurso de acreedores
Presentamos el concurso de acreedores de persona física ante el Juzgado de lo Mercantil. Desde la reforma de 2022 no hace falta ningún intento de acuerdo extrajudicial previo. Con la admisión a trámite —normalmente 2 a 4 semanas después de presentar— quedan paralizados los embargos y las reclamaciones de los acreedores.
4. Liquidación del patrimonio o plan de pagos
Si hay bienes embargables, se liquidan para pagar parcialmente a los acreedores; si el deudor opta por el plan de pagos, se aprueba una cuota adaptada a sus ingresos. En los casos sin patrimonio esta fase es muy breve.
5. Exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI)
Si se cumplen los requisitos, el juez dicta la exoneración total o parcial de las deudas restantes. Esta es la fase final: tus deudas quedan canceladas legalmente.
Duración total: entre 6 y 18 meses dependiendo del juzgado y la complejidad del caso. Tienes el desglose fase a fase en ¿cuánto tarda la Segunda Oportunidad?
Caso práctico: autónoma de hostelería con 68.400 € de deuda
Un ejemplo real de nuestro despacho, anonimizado, que puedes contrastar con otros en nuestra página de casos de éxito:
Situación de partida. Autónoma del sector de la hostelería en Las Palmas. Cerró su negocio durante la pandemia arrastrando 68.400 € de deuda repartida entre la AEAT, la Tesorería General de la Seguridad Social y varias tarjetas bancarias. Sin patrimonio relevante, con ingresos por cuenta ajena que apenas cubrían sus gastos básicos.
Qué se hizo. Analizamos la viabilidad en la primera consulta gratuita: cumplía los requisitos de buena fe y su insolvencia era evidente. Preparamos la documentación, presentamos el concurso y optamos por la vía de liquidación al no existir bienes que conservar. La parte pública se trató con la escala del art. 489.1.5 TRLC, y los recargos e intereses acumulados —una parte considerable del total— se exoneraron íntegramente.
Resultado. Deuda cancelada íntegramente mediante BEPI. Tiempo total: 14 meses. Hoy puede volver a emprender sin arrastrar las deudas del negocio anterior.
Cada expediente es distinto y el resultado depende de las circunstancias concretas de cada deudor, pero el patrón se repite: insolvencia real más buena fe acreditada es la combinación que el juez examina.
Errores frecuentes que conviene evitar
- Esperar demasiado. La insolvencia inminente ya permite iniciar el proceso; aguantar años de embargos e intereses solo agrava la situación.
- Vender o donar bienes antes de presentar el concurso. Las transmisiones a familiares en los años previos se examinan y pueden interpretarse como ocultación de patrimonio, comprometiendo la buena fe.
- Dejar deudas fuera de la lista de acreedores. La exoneración alcanza lo declarado; ocultar un acreedor puede costar el BEPI entero.
- Seguir pagando solo a algunos acreedores de forma selectiva en vísperas del concurso, lo que puede considerarse trato privilegiado.
- Contratar por precio sin comprobar qué incluye. Un presupuesto que no cubre la solicitud de exoneración final deja fuera justo lo más importante, como explicamos en cuánto cuesta la Segunda Oportunidad.
¿Cuánto cuesta el proceso?
En ALY Abogados el coste total oscila entre 1.500 y 4.500 € según la complejidad del caso: número de acreedores, volumen de deuda y situación patrimonial. Los casos sin patrimonio son los más económicos y los de autónomos con deudas públicas complejas, los más elevados. El presupuesto se cierra por escrito antes de iniciar cualquier actuación y ofrecemos pago fraccionado.
Hay que verlo como una inversión: si tienes 50.000 € de deuda, el ahorro potencial es enorme comparado con los honorarios. Tienes el desglose completo por perfiles y fases en nuestra página de coste y honorarios.
La consulta inicial es completamente gratuita y sin compromiso.
¿Cuándo es mejor no acogerse a la Segunda Oportunidad?
La ley no siempre es la mejor solución. En algunos casos puede ser más eficiente:
- Una negociación directa con los acreedores para conseguir quitas o aplazamientos
- Un convenio con los acreedores en el propio concurso, si el deudor tiene ingresos suficientes
- En deudas menores de 10.000 €, puede ser más rápido y económico resolver por otras vías
Por eso es fundamental hacer una consulta previa con un abogado especializado antes de tomar cualquier decisión.
La vida después de la exoneración
Obtenido el BEPI, los acreedores ya no pueden reclamar las deudas exoneradas: los embargos se alzan, las llamadas de recobro deben cesar y procede la salida de los ficheros de morosidad como ASNEF. Podrás volver a abrir cuentas, emprender o incluso, con el tiempo, acceder a financiación. Explicamos ese proceso de reconstrucción en qué pasa después de la exoneración.
Preguntas frecuentes
¿La Segunda Oportunidad aparece en algún registro público? El concurso se publica en el Registro Público Concursal mientras dura el procedimiento. Una vez obtenida la exoneración, el deudor queda liberado y puede rehacer su vida financiera; los ficheros de morosidad deben cancelar las anotaciones de las deudas exoneradas.
¿Puedo acogerme si estoy trabajando y tengo nómina? Sí. Tener ingresos no impide el procedimiento: lo relevante es que las deudas sean impagables con tu capacidad real. De hecho, una nómina embargada es uno de los motivos más habituales de consulta.
¿Afecta a mi cónyuge o a mi familia? Solo si hay deudas conjuntas o avales cruzados. Las deudas privativas de un cónyuge no se trasladan al otro, aunque en régimen de gananciales conviene un análisis específico. Los matrimonios pueden tramitar sus concursos de forma coordinada.
¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso? Entre 6 y 18 meses según la complejidad y el juzgado. En los Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife, el plazo medio en casos sin masa activa es de 10 a 14 meses.
¿Puedo cancelar deudas de tarjetas revolving y microcréditos? Sí, son de las deudas más habituales en estos procedimientos y se exoneran como cualquier crédito ordinario. En algunos casos, además, cabe reclamar la nulidad por usura como estrategia alternativa o complementaria.
¿Qué pasa si me deniegan la exoneración? La denegación debe basarse en motivos tasados (falta de buena fe, ocultación de bienes, condenas por delitos económicos). Es recurrible, y un buen análisis previo de viabilidad reduce muchísimo ese riesgo: por eso la primera consulta y la preparación del expediente son tan importantes.
ALY Abogados: especialistas en Segunda Oportunidad en Las Palmas
En ALY Abogados llevamos desde 2017 ayudando a particulares y autónomos de Gran Canaria y toda España a cancelar sus deudas a través de la Ley de Segunda Oportunidad.
Nuestro despacho está liderado por Lázaro Héctor Amable Méndez, abogado y administrador concursal, colegiado n.º 5.231 del ICALPA, con amplia experiencia en procedimientos concursales y derecho de insolvencia.
Si estás agobiado por tus deudas, solicita tu consulta gratuita hoy: analizamos tu caso sin compromiso y te explicamos todas tus opciones. También puedes descargar nuestra guía completa de la Segunda Oportunidad o comprobar tu viabilidad en la calculadora online.
📞 633 572 607 · WhatsApp
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