Baremo de Tráfico 2025: Cómo Calcular tu Indemnización tras un Accidente
La Ley 35/2015 establece el baremo de tráfico. Te explicamos cómo se calculan las indemnizaciones por lesiones, secuelas, incapacidad y fallecimiento en 2025.
Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria
5 min de lectura
Consulta gratuita
¿Necesitas asesoramiento?
Cuéntanos tu caso. Primera consulta siempre gratuita y sin compromiso.
Servicios relacionados
Qué es el baremo de tráfico y por qué importa
Cuando sufres un accidente de circulación, la indemnización que recibes no se calcula al azar ni queda a la buena voluntad de la aseguradora. Existe un sistema legal de valoración obligatorio: el baremo de tráfico, establecido por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Esta norma, en vigor desde el 1 de enero de 2016, sustituyó al antiguo baremo del año 1995 y supuso un avance significativo en la protección de las víctimas: introdujo el concepto de daño patrimonial separado del daño personal, reguló mejor el lucro cesante y amplió las coberturas para los grandes lesionados.
El baremo se actualiza anualmente según el Índice de Revalorización de Pensiones o el IPC, según el concepto de que se trate, por lo que los valores de 2025 son superiores a los de 2016.
Los tres grandes bloques del baremo
La Ley 35/2015 organiza la indemnización en tres grandes áreas:
1. Lesiones temporales
Son las producidas durante el periodo de curación o estabilización de las lesiones, desde el accidente hasta el alta médica. Se clasifican en cuatro categorías según el impacto en la vida del lesionado:
- Día de hospitalización: el de mayor valor, porque implica ingreso en centro médico.
- Día impeditivo no hospitalario: el lesionado no está ingresado pero no puede desarrollar su actividad habitual (trabajo, vida doméstica).
- Día no impeditivo: el lesionado puede hacer vida normal pero sigue en tratamiento.
- Día de perjuicio moral por intervención quirúrgica: se añade si hay cirugía.
Los valores concretos para 2025 se actualizan mediante resolución publicada en el BOE. A modo orientativo, un día de hospitalización puede superar los 80 euros, y un día impeditivo ronda los 55 euros. La aseguradora debe aplicar estos valores automáticamente.
2. Secuelas (daño permanente)
Cuando el lesionado alcanza el alta médica definitiva pero queda con una lesión permanente —física, sensorial, psíquica o estética—, entra en juego la tabla de secuelas.
El sistema asigna puntos de 1 a 100 según el tipo y gravedad de la secuela, siguiendo las tablas anatómicas de la Ley 35/2015. Después, mediante una fórmula de conversión (el "punto médico"), esos puntos se traducen en euros. El valor del punto varía según la edad del lesionado y la puntuación total: a mayor puntuación y menor edad, mayor valor por punto.
Por ejemplo, una secuela de 5 puntos para una persona de 40 años puede suponer entre 2.500 y 4.000 euros en concepto de daño básico, a lo que se añaden los perjuicios particulares (pérdida de calidad de vida, interferencia en relaciones personales, etc.).
3. Daño patrimonial
Separado del daño personal, la ley regula de forma autónoma:
Daño emergente: gastos reales derivados del accidente —médicos, farmacia, traslados, adaptación del domicilio, asistencia de tercera persona, prótesis—. Deben acreditarse con facturas, pero la ley presume algunos gastos básicos.
Lucro cesante: pérdida de ingresos durante la baja y, si hay secuelas incapacitantes, también para el futuro. Se calcula sobre los ingresos reales acreditados —nóminas, declaraciones de la renta— y puede ser la partida más relevante en accidentes graves.
Ejemplo práctico orientativo
Imagina un latigazo cervical con 30 días de baja: los primeros 3 hospitalarios y 27 impeditivos no hospitalarios. Al alta, la valoración médica establece 5 puntos de secuela cervical. La persona trabaja y tiene 38 años.
- Lesiones temporales: 3 días hospitalarios (~245 €) + 27 días impeditivos (~1.485 €) = aprox. 1.730 €
- Secuelas: 5 puntos valorados para un lesionado de 38 años → aprox. 3.200-3.800 € (daño básico + perjuicios particulares)
- Daño emergente: gastos médicos y farmacéuticos acreditados
- Total orientativo: entre 5.000 y 7.000 € antes de valorar lucro cesante
Este ejemplo es solo orientativo. Cada caso depende de los informes médicos, la edad, los ingresos y las circunstancias concretas. La valoración definitiva la hace el médico forense o un perito médico privado.
El interés de mora del art. 20 LCS: tu aliado frente a la demora
Si la aseguradora no paga o no hace una oferta motivada en el plazo legal, el artículo 20 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro (LCS) establece que devenga un interés de demora del 20% anual desde los primeros tres meses. Si no paga en tres meses, el tipo es del 20% anual adicional al legal.
Este mecanismo es poderoso: presiona a las aseguradoras a actuar con diligencia y puede suponer un incremento muy significativo sobre la indemnización base si el proceso se alarga.
Por qué necesitas un abogado para reclamar al baremo
Conocer el baremo es fundamental, pero aplicarlo correctamente requiere experiencia. Las aseguradoras hacen sus propias valoraciones, habitualmente a la baja, y hacen ofertas que el lesionado sin asesoramiento tiende a aceptar creyendo que es todo lo que le corresponde.
Un abogado especializado puede negociar, encargar un peritaje médico privado y, si es necesario, llevar el caso a juicio para obtener la indemnización real que marca la ley.
ALY Abogados: accidentes de tráfico en Las Palmas
En ALY Abogados representamos a víctimas de accidentes de tráfico en Gran Canaria y Canarias, desde el primer momento hasta el cobro de la indemnización.
Nuestro despacho está liderado por Lázaro Héctor Amable Méndez, abogado colegiado n.º 5.231 del ICALPA. Si has sufrido un accidente, consulta tu caso de forma gratuita llamando al 633 572 607. Te explicamos qué te corresponde antes de que aceptes ninguna oferta de la aseguradora.
Compartir este artículo
Si te interesa, lee también:
¿Necesitas asesoramiento?
Cuéntanos tu caso. Consulta gratuita y sin compromiso.