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General16 de abril de 2026

¿Cómo tener abogado gratis en Canarias? Justicia gratuita y turno de oficio

Guía completa sobre el derecho a la justicia gratuita en Canarias. Quién tiene derecho a abogado de oficio, cómo solicitarlo, qué cubre y qué limitaciones tiene el turno de oficio.

LA
Lázaro Héctor Amable Méndez

Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · 6 min de lectura

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¿Existe el abogado gratis en Canarias?

Sí. En España existe el derecho a la justicia gratuita, reconocido en el artículo 119 de la Constitución y regulado por la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita. Si tus ingresos no superan un determinado umbral, tienes derecho a que el Estado te proporcione un abogado y un procurador sin coste, así como la exención de tasas judiciales y otros gastos del proceso.

En Canarias, la gestión del turno de oficio la llevan los Colegios de Abogados de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife, que organizan los turnos especializados por áreas (penal, civil, familia, laboral, extranjería, etc.).


¿Quién tiene derecho a justicia gratuita?

Criterio económico general

Tienen derecho a la justicia gratuita las personas físicas cuyo ingreso bruto anual de la unidad familiar no supere:

Situación familiarUmbral de ingresos (2026)
Persona sola2 veces el IPREM ≈ 14.400€/año (1.200€/mes brutos)
Con 1 miembro adicional2,5 veces el IPREM ≈ 18.000€/año
Con 2 miembros adicionales3 veces el IPREM ≈ 21.600€/año
Con discapacidad ≥33%3 veces el IPREM (con independencia de familia)
Con discapacidad ≥65%4 veces el IPREM

Nota: el IPREM 2026 es de 600,86€/mes (7.210€/año). Estos umbrales se actualizan anualmente.

Excepciones: derecho sin valorar ingresos

En algunos casos, el derecho a justicia gratuita no depende de los ingresos:

  • Víctimas de violencia de género y de trata de seres humanos: siempre tienen derecho, independientemente de sus ingresos, para los procesos relacionados con estos delitos
  • Menores de edad en determinados procedimientos
  • Personas con discapacidad intelectual en procesos de modificación de la capacidad

Personas jurídicas (empresas)

Las empresas no tienen derecho a justicia gratuita salvo excepciones muy tasadas (asociaciones sin ánimo de lucro con fines de interés general).


¿Qué cubre la justicia gratuita?

La justicia gratuita en España cubre:

Prestación¿Cubierta?
Asesoramiento y orientación jurídica previa✅ Sí
Asistencia letrada en detención e interrogatorios✅ Sí (abogado de guardia)
Defensa y representación procesal (abogado + procurador)✅ Sí
Inserción de anuncios oficiales✅ Sí
Exención de tasas judiciales✅ Sí
Obtención de copias, certificaciones y notas✅ Sí
Servicios de traducción e interpretación✅ Sí
Elaboración de informes periciales✅ Sí (en algunos casos)
Ejecución de la sentencia gratuita✅ Sí (durante 2 años tras sentencia firme)

¿Qué NO cubre la justicia gratuita?

  • Procedimientos en los que el interesado es demandante y el juzgado declara que la demanda es manifiestamente inviable
  • Multas y sanciones (la justicia gratuita no cubre el pago de la multa, solo la defensa)
  • Asuntos de jurisdicción voluntaria sin oposición (rectificaciones registrales simples, por ejemplo)
  • Consultas jurídicas extrajudiciales más allá del asesoramiento previo al proceso

Cómo solicitar la justicia gratuita en Canarias

Paso 1: Dirígete al Colegio de Abogados

En Las Palmas, la solicitud se presenta en el:

  • Colegio de Abogados de Las Palmas Calle León y Castillo, 21 Tel. 928 36 22 22 Web: www.icalpa.es

En Tenerife:

  • Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife Plaza de la Candelaria, 6 Tel. 922 27 78 00

Paso 2: Documentación necesaria

  • DNI/NIE/pasaporte del solicitante
  • Última declaración de la renta (IRPF) o, si no se presentó, certificado de imputaciones de la AEAT
  • Certificado de empadronamiento
  • Libro de familia o documentos que acrediten la composición de la unidad familiar
  • Certificados de pensiones o prestaciones que perciba (desempleo, RGC, etc.)
  • Descripción del asunto para el que necesita asistencia jurídica

Paso 3: La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita decide

La Comisión (dependiente del Ministerio de Justicia o de la Comunidad Autónoma, según el territorio) revisa la solicitud y, en caso de reconocer el derecho, asigna un abogado del turno de oficio.

Plazo de resolución: hasta 30 días (urgente en procesos penales)

Paso 4: Asignación del abogado

Una vez reconocido el derecho, el Colegio de Abogados asigna un letrado especializado en el área que corresponda. El abogado asignado contactará con el solicitante para iniciar el trabajo.


¿Puedo elegir el abogado de oficio?

No puedes elegir al abogado concreto: el Colegio de Abogados lo asigna por turno y especialidad. Sin embargo, en algunos casos puedes solicitar el cambio de abogado asignado si existe causa justificada (incompatibilidad, falta de comunicación, etc.).


Turno de oficio de guardia: detenciones e interrogatorios

Si eres detenido y no tienes abogado contratado, tienes derecho a que te asignen un abogado de guardia de forma inmediata. Este abogado:

  • Está disponible las 24 horas del día, 7 días a la semana
  • Puede estar presente en tu declaración ante la Policía
  • Te asesora sobre si debes declarar o guardar silencio
  • Comprueba que tus derechos como detenido se respetan

El abogado de guardia es gratuito para todos, independientemente del nivel de ingresos (es la "asistencia letrada al detenido", separada de la justicia gratuita propiamente dicha).


Diferencia entre abogado de oficio y turno de guardia

Turno de guardiaJusticia gratuita (turno de oficio)
CuándoDetenciones e interrogatorios urgentesProcesos judiciales en general
Requisito económicoNinguno (universal)Ingresos inferiores al umbral
DuraciónSolo el momento de la detención/declaraciónTodo el proceso judicial
Elección de abogadoNoNo

Justicia gratuita vs. contratar abogado privado: ¿qué es mejor?

La justicia gratuita garantiza el acceso a la justicia, pero tiene limitaciones prácticas:

Ventajas del abogado de oficio:

  • Sin coste para el beneficiario
  • Abogados colegiados con formación en el área

Limitaciones prácticas:

  • No puedes elegir al letrado asignado
  • El abogado de oficio lleva muchos casos simultáneamente
  • Menor disponibilidad para consultas fuera de las fases procesales clave
  • Puede haber demoras en la asignación

Cuándo conviene un abogado privado aunque tengas derecho al de oficio:

  • Cuando el asunto es económicamente importante (herencia, despido con alta indemnización)
  • Cuando necesitas atención personalizada y disponibilidad inmediata
  • Cuando la estrategia procesal es compleja y requiere dedicación intensiva

Muchos despachos privados ofrecen primera consulta gratuita y honorarios adaptados a quienes tienen ingresos bajos pero no llegan al umbral del turno de oficio.


¿Qué pasa si el caso lo gana y el contrario es condenado en costas?

Si tu caso con abogado de oficio termina con condena en costas a la otra parte, el Estado puede recuperar los honorarios pagados al abogado de oficio de las costas que pague el condenado. El beneficiario de la justicia gratuita no queda directamente obligado.


ALY Abogados: consulta si tienes derecho a justicia gratuita

Si no estás seguro de si tienes derecho al turno de oficio, o si prefieres una atención más personalizada con honorarios adaptados a tu situación, llámanos. Primera consulta gratuita.

📞 633 572 607 · Contactar por WhatsApp

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