Cambiar el uso de tu vivienda a turístico
Procedimiento en Canarias
Analizamos la viabilidad urbanística, tramitamos el informe de compatibilidad y coordinamos la licencia de actividad y la habilitación turística ante el Cabildo.
Cómo te ayudamos
Procedimiento ante Ayuntamiento y Cabildo
El cambio de uso de residencial a turístico exige tramitar una licencia urbanística ante el Ayuntamiento y obtener la habilitación turística ante el Cabildo. Gestionamos ambas vías de forma coordinada.
Informe de compatibilidad urbanística
Antes de iniciar el expediente, verificamos si el planeamiento urbanístico del municipio y la isla permite el cambio de uso turístico en la ubicación concreta de la vivienda.
Proyecto técnico y obras de adecuación
Si la vivienda requiere obras de adecuación para cumplir los requisitos técnicos turísticos, coordinamos la elaboración del proyecto por técnico competente y la tramitación de la licencia de obras.
Licencia de actividad y habilitación turística
Tramitamos la licencia de actividad turística ante el Ayuntamiento y la habilitación ante el Cabildo de forma simultánea para reducir los plazos totales del procedimiento.
Zonas limitadas o prohibidas
Existen zonas de saturación turística, zonas protegidas y áreas con planeamiento restrictivo donde el cambio de uso está limitado o directamente prohibido. Verificamos la viabilidad antes de iniciar.
Gestión integral del procedimiento
Nos ocupamos de todos los trámites: análisis previo, documentación, presentación ante los distintos organismos, seguimiento del expediente y resolución final.
Servicios que ofrecemos
- Análisis de viabilidad urbanística previo al trámite
- Verificación del planeamiento municipal y zonificación
- Informe de compatibilidad urbanística con el uso turístico
- Coordinación de proyecto técnico y obras de adecuación
- Tramitación de licencia de obras si es necesaria
- Tramitación de licencia de actividad turística ante el Ayuntamiento
- Habilitación turística ante el Cabildo
- Seguimiento íntegro del expediente hasta la resolución
Preguntas frecuentes
¿Necesito cambiar el uso si ya tengo un apartamento?
Depende de la calificación urbanística actual de la vivienda. Si figure como residencial en el catastro y en el planeamiento municipal, generalmente necesitarás tramitar el cambio de uso o acreditar que la licencia turística es compatible con el uso urbanístico actual. Hacemos un análisis previo gratuito.
¿Cuánto cuesta el cambio de uso?
El coste varía en función del municipio y la isla (tasas municipales), de si se necesitan obras de adecuación (honorarios técnicos) y de los honorarios jurídicos. Ofrecemos presupuesto cerrado y sin sorpresas una vez analizado el caso.
¿Hay zonas donde no se puede cambiar el uso?
Sí. Las zonas de saturación turística, las áreas con planeamiento urbanístico restrictivo y determinadas zonas protegidas limitan o impiden el cambio de uso a turístico. Es imprescindible verificar la zonificación de tu municipio antes de iniciar cualquier trámite.
¿Cuánto tiempo tarda el trámite?
El plazo varía considerablemente según la complejidad del caso, el municipio y la isla: entre 6 meses y 2 años aproximadamente. Realizamos un seguimiento activo del expediente para reducir los plazos al mínimo posible.
¿Puedo alquilar turísticamente sin cambio de uso si el edificio ya es turístico?
Si el edificio está clasificado como turístico y la vivienda tiene uso turístico en el catastro y en el planeamiento, es posible que no sea necesario el cambio de uso y baste con tramitar la habilitación turística. Sin embargo, hay que verificarlo caso a caso, ya que cada edificio y municipio puede tener particularidades.
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Consulta gratuita
Analizamos la viabilidad de tu cambio de uso sin compromiso.