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Construcción10 de abril de 2026

Vicios constructivos: cómo reclamar a la promotora o constructora

Tu vivienda tiene grietas, humedades o defectos estructurales. Tienes derecho a reclamar. Te explicamos los plazos, quién responde y cómo actuar.

Tu casa tiene defectos: ¿quién responde?

Compraste una vivienda nueva —o la reformaste— y aparecen problemas que no deberían estar ahí: grietas en la estructura, humedades, fallos en el aislamiento, azulejos que se caen, instalaciones que no funcionan correctamente.

No estás solo. Los vicios constructivos son uno de los conflictos jurídicos más habituales en el sector inmobiliario, y la ley establece quién responde, durante cuánto tiempo y cómo reclamar.


¿Qué son los vicios constructivos?

Son defectos o deficiencias en la construcción de un edificio o vivienda que pueden afectar a su seguridad, habitabilidad o acabado. La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) los clasifica en tres categorías:

Defectos estructurales — garantía de 10 años

Aquellos que comprometen la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio: grietas estructurales, hundimientos, fallos en la cimentación. Son los más graves y los que tienen el plazo de garantía más largo. Para estos casos, la responsabilidad decenal del arquitecto y el constructor ofrece garantías adicionales durante 10 años desde la recepción de obra.

Defectos de habitabilidad — garantía de 3 años

Deficiencias que afectan al uso del edificio: humedades, problemas de aislamiento térmico o acústico, instalaciones defectuosas (fontanería, electricidad, calefacción). Muy frecuentes en obra nueva.

Defectos de acabado — garantía de 1 año

Fallos en los elementos de terminación: pintura, alicatados, carpintería, pavimentos. Son los que antes se detectan y los que tienen menos tiempo para reclamar.


¿Quién responde de los vicios constructivos?

La LOE establece responsabilidades diferenciadas según el tipo de agente:

El promotor responde siempre, aunque haya contratado a otros. Es el responsable solidario frente al comprador en todos los casos.

El constructor responde de los defectos de ejecución durante los mismos plazos.

El arquitecto y aparejador responden de los defectos derivados de un proyecto deficiente o de una dirección de obra incorrecta.

La comunidad de propietarios puede ejercer la acción colectiva en nombre de todos los propietarios cuando los defectos afectan a zonas comunes.

En la práctica, lo habitual es demandar a todos los agentes implicados y que el juez determine el grado de responsabilidad de cada uno. Si el conflicto surgió durante la obra con el contratista, consulta también nuestro artículo sobre cláusulas imprescindibles en contratos de obra y reforma.


Plazos para reclamar: no los pierdas

Los plazos de garantía (1, 3 y 10 años) son distintos del plazo de prescripción para ejercer la acción judicial, que es de 2 años desde que se detecta el daño.

Esto significa que si tu vivienda tiene 8 años y aparece una grieta estructural:

  • Estás dentro del plazo de garantía de 10 años ✓
  • Tienes 2 años desde que detectas el daño para presentar la demanda ✓

Pero si esperas más de 2 años desde que conociste el defecto, puedes perder el derecho a reclamar aunque el defecto sea estructural.

La clave: actúa tan pronto como detectes el problema.


Cómo reclamar paso a paso

1. Documenta el defecto

Fotografías con fecha, vídeos, informe de un perito independiente. La documentación es fundamental para acreditar la existencia y la gravedad del defecto.

2. Notifica formalmente al promotor o constructor

Por burofax o correo certificado con acuse de recibo. Esto es importante para interrumpir plazos de prescripción y acreditar que el responsable conocía el problema.

3. Obtén un informe pericial

Un perito especializado en construcción determina la causa del defecto, su gravedad y el coste de reparación. Este informe es la prueba central en cualquier reclamación.

4. Reclamación extrajudicial

Antes de ir al juzgado, es habitual intentar una solución negociada. Muchos promotores prefieren reparar o compensar antes que ir a juicio. Con un abogado, esta negociación es mucho más efectiva.

5. Demanda judicial si no hay acuerdo

Si el promotor no repara o no ofrece una compensación adecuada, se presenta demanda civil. El proceso puede incluir una diligencia preliminar para que el juez ordene una inspección del inmueble.


¿Qué puedes reclamar?

  • El coste de la reparación de los defectos
  • Daños y perjuicios: alojamiento provisional, pérdida de valor del inmueble, gastos de hotel si la vivienda es inhabitable
  • Los honorarios del perito y otros gastos del proceso
  • En casos graves, incluso la resolución del contrato de compraventa con devolución del precio

Comunidades de propietarios: reclamación colectiva

Cuando los defectos afectan a zonas comunes (fachada, cubierta, garajes, ascensores), la comunidad de propietarios puede ejercer una acción colectiva en nombre de todos los vecinos. Esto tiene ventajas:

  • Mayor fuerza negociadora frente al promotor
  • Costes compartidos entre todos los propietarios
  • Una sola peritación para todos los daños

El presidente de la comunidad puede actuar en nombre de la comunidad con autorización de la Junta, o a través de su abogado.


ALY Abogados: reclamaciones por construcción en Canarias

En ALY Abogados tenemos experiencia en reclamaciones frente a promotoras, constructoras y arquitectos tanto en procedimientos individuales como colectivos de comunidades de propietarios.

Si tu vivienda o local presenta defectos, no esperes a que empeoren. Cuanto antes actúes, más opciones tienes.

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