Segunda Oportunidad en Canarias: ¿Diferencias con España?
La ley es la misma en todo el país, pero hay aspectos prácticos de tramitar la Segunda Oportunidad en Canarias que conviene conocer.
Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria
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En Canarias, la Segunda Oportunidad se tramita ante dos juzgados de lo mercantil: Las Palmas de Gran Canaria (competente para Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura, plazo medio 8-12 meses en 2026) y Santa Cruz de Tenerife (para las islas occidentales, plazo medio 10-16 meses). La ley es idéntica en todo el territorio nacional, pero los plazos, la carga de trabajo de cada juzgado y los criterios interpretativos de los administradores concursales habituales sí varían de forma significativa.
La ley es nacional, pero la práctica varía
La Ley de Segunda Oportunidad (integrada en el Texto Refundido de la Ley Concursal desde 2020) es de aplicación en todo el territorio español. No hay una versión canaria ni diferencias sustantivas en los derechos que te otorga.
Sin embargo, hay aspectos prácticos que sí difieren en Canarias y que conviene conocer si vas a iniciar el proceso aquí.
Los Juzgados de lo Mercantil en Canarias
Los procedimientos concursales en Canarias se tramitan ante los Juzgados de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.
Cada juzgado tiene sus propios tiempos de tramitación, criterios interpretativos y carga de trabajo. Conocer cómo trabaja cada uno es una ventaja importante a la hora de plantear el procedimiento.
En ALY Abogados tenemos experiencia acumulada ante ambos juzgados y conocemos sus particularidades.
Deuda pública en Canarias: Hacienda Canaria y AEAT
Una particularidad canaria es la coexistencia de deuda con la Agencia Tributaria Estatal (AEAT) y con la Agencia Tributaria Canaria (para tributos propios de Canarias como el IGIC).
En la Segunda Oportunidad, ambos tipos de deuda pública pueden ser exonerados, pero el tratamiento procesal y las comunicaciones con cada organismo son diferentes. Es importante no confundirlos.
El IGIC y la Segunda Oportunidad
El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), equivalente al IVA en la península, es un tributo propio de Canarias. Las deudas de IGIC acumuladas por autónomos o empresas son exonerables en el proceso de Segunda Oportunidad, igual que las deudas de IVA peninsular.
Desde la doctrina del Tribunal Supremo sobre la exoneración de crédito público (2023-2024), el tratamiento de estas deudas ha mejorado notablemente para los deudores.
La Zona Especial Canaria (ZEC) y deudas empresariales
Las empresas ZEC que acumulan deudas tienen un escenario diferente al de un particular. La Segunda Oportunidad es para personas físicas; las sociedades tienen otros mecanismos concursales.
Sin embargo, si el administrador o socio de una empresa ZEC ha avalado deudas personalmente, puede acogerse a la Segunda Oportunidad a título individual.
¿Merece la pena tramitarlo desde Canarias sin desplazarse?
Con la implantación de la tramitación telemática en los juzgados, muchas actuaciones procesales pueden realizarse sin presencia física. Sin embargo, hay actuaciones que requieren comparecencia presencial o notarial en Canarias.
En ALY Abogados gestionamos el proceso completo desde Las Palmas, con atención a clientes de toda Canarias.
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