Declaración de la Renta en Canarias 2026: guía completa con deducciones autonómicas
Todo lo que necesitas para hacer la declaración de la renta en Canarias en 2026. Fechas, quién está obligado, deducciones autonómicas canarias, IGIC y diferencias con la Península.
Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · 6 min de lectura
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Declaración de la Renta en Canarias 2026: lo que cambia y lo que debes saber
La campaña de la Renta 2026 (para el ejercicio fiscal 2025) arranca en abril con la apertura del borrador en la sede electrónica de la AEAT. En Canarias, la declaración tiene particularidades importantes que muchos contribuyentes pasan por alto y que pueden suponer diferencias significativas en el resultado.
Fechas clave de la campaña de Renta 2026
| Hito | Fecha |
|---|---|
| Apertura borrador y datos fiscales en AEAT | Inicio de abril 2026 |
| Presentación por internet (Renta Web) | Desde inicio de abril |
| Presentación telefónica (cita previa) | Desde mayo 2026 |
| Presentación presencial en oficinas AEAT | Desde mayo 2026 |
| Último día para presentar (general) | 30 de junio de 2026 |
| Último día si el resultado es a ingresar con domiciliación | 25 de junio de 2026 |
¿Quién está obligado a declarar en Canarias?
La obligación de presentar la declaración de la renta se aplica igualmente en Canarias que en el resto de España. No tienes obligación si:
- Solo tienes rentas del trabajo de un único pagador que no superen 22.000€
- Tienes varios pagadores pero el segundo y siguientes no superan 1.500€ en conjunto
- Solo obtienes rendimientos de capital mobiliario o ganancias patrimoniales con retención que no superen 1.600€
- Solo tienes rentas inmobiliarias imputadas que no superen 1.000€
Sin embargo, aunque no tengas obligación, puede interesarte declarar si tienes derecho a devolución por retenciones excesivas o si puedes aplicar deducciones autonómicas canarias.
El borrador de la AEAT: fiable pero incompleto en Canarias
La AEAT genera un borrador automático con los datos que tienen en sus bases: retenciones de nóminas, retenciones de alquileres, intereses bancarios, dividendos, etc.
Problema en Canarias: el borrador frecuentemente no incorpora automáticamente las deducciones autonómicas canarias. Hay que revisarlo y añadirlas manualmente en el apartado correspondiente.
Esto significa que aceptar el borrador sin revisarlo puede suponer pagar más de lo necesario o perder una devolución mayor.
Deducciones autonómicas de Canarias que debes comprobar
Por nacimiento o adopción de hijos
- 400€ por cada hijo nacido o adoptado en el ejercicio
Por familia numerosa
- Familia numerosa general: 200€
- Familia numerosa especial (5+ hijos): 400€
Por cuidado de ascendientes mayores
- 120€ por cada ascendiente que conviva y no tenga rentas superiores a 8.000€
Por alquiler de vivienda habitual
- 15% de las cantidades pagadas, máximo 500€
- Solo si la base imponible general no supera 20.000€ (individual) o 30.000€ (conjunta)
Por obras de mejora en vivienda habitual
- 10% del importe invertido, máximo 1.000€
Por donativos a fundaciones canarias
- 15% de las cantidades donadas a entidades reconocidas en Canarias
Por gastos de escolarización
- Deducciones por libros, material y transporte escolar de hijos
Deducción por traslado de residencia a Canarias por trabajo
- Hasta 300€ en los dos primeros ejercicios tras el traslado
Particularidades del IRPF en Canarias: el IGIC
En Canarias no se aplica el IVA sino el IGIC. Esto afecta a los autónomos y empresarios en su declaración del IRPF:
Autónomos en estimación directa
- Los ingresos y gastos del negocio se declaran sin IGIC (el IGIC es un impuesto que se liquida por separado en el modelo 420)
- Error frecuente: incluir el IGIC repercutido como ingreso o el IGIC soportado como gasto
Ingresos por alquiler en Canarias
- El arrendamiento de vivienda habitual está exento de IGIC, pero los ingresos del alquiler sí tributan en IRPF
- El alquiler vacacional o de locales comerciales lleva IGIC al 7%, que se gestiona por separado
Rendimientos del trabajo: lo más habitual
La mayoría de contribuyentes canarios tienen principalmente rendimientos del trabajo (nómina). Los puntos a verificar:
Prestación por desempleo
Las prestaciones del SEPE (paro) son rendimientos del trabajo y tributan en el IRPF. El SEPE realiza retenciones pero pueden ser insuficientes. Conviene comprobarlo.
Baja por enfermedad o maternidad/paternidad
Las prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad temporal también son rendimientos del trabajo. La baja por maternidad/paternidad tiene exención hasta ciertos límites.
ERE/ERTE
Las cantidades percibidas durante un ERTE tributan como rendimientos del trabajo. Si hubo cobros del SEPE en ERTE, hay que cuadrar las retenciones.
Ganancias patrimoniales: venta de inmuebles, acciones y criptos
Venta de inmueble en Canarias
La ganancia o pérdida patrimonial por la venta de un inmueble se calcula como:
Valor de transmisión – Valor de adquisición (precio + gastos de compra)
= Ganancia/pérdida patrimonial
La ganancia tributa en la base del ahorro al tipo del ahorro:
- Hasta 6.000€: 19%
- 6.000€–50.000€: 21%
- 50.000€–200.000€: 23%
- Más de 200.000€: 27%
Exención vivienda habitual: si la ganancia procede de la venta de la vivienda habitual y se reinvierte en otra vivienda habitual en los 2 años siguientes, está exenta.
Criptomonedas
Las ganancias por venta o canje de criptomonedas tributan como ganancias patrimoniales en la base del ahorro. Hay que declarar aunque no se hayan retirado a cuenta bancaria: el simple canje entre criptomonedas (BTC por ETH, por ejemplo) genera una ganancia o pérdida computable.
Tipo efectivo medio en Canarias: comparativa
Para un asalariado canario sin complementos especiales, el tipo efectivo medio es ligeramente superior al de Madrid (que tiene los tipos autonómicos más bajos de España) pero similar a otras comunidades. Las deducciones autonómicas canarias compensan parcialmente la diferencia.
¿Declaración individual o conjunta?
La declaración conjunta solo es posible en matrimonios o parejas de hecho reconocidas. El resultado depende de la situación específica:
- Conviene la conjunta cuando hay gran diferencia de ingresos (uno trabaja y el otro no, o uno tiene ingresos muy bajos)
- Conviene la individual cuando ambos tienen ingresos similares
La diferencia puede ser de varios cientos de euros. Siempre compara ambas opciones antes de presentar.
ALY Abogados: asesoramiento fiscal en Canarias
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