✅ Esta semana hemos conseguido exonerar 38.000€ en deudas para un cliente en Las Palmas Consulta gratuita →

Administración de Fincas

ITE obligatoria en Canarias
Normativa, plazos y gestión completa

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) —denominada Informe de Evaluación del Edificio (IEE) en Canarias— es obligatoria para edificios que superen una determinada antigüedad. Muchas comunidades no saben cuándo les toca, qué implica ni quién debe tramitarla. Te lo explicamos.

¿Qué es la ITE/IEE en Canarias?

Nombre oficial en Canarias

En Canarias, el instrumento equivalente a la ITE nacional se denomina Informe de Evaluación del Edificio (IEE), según la Ley del Suelo de Canarias y el Decreto autonómico de desarrollo. Evalúa el estado de conservación, accesibilidad y eficiencia energética del edificio.

¿Quién está obligado?

Los propietarios de edificios de más de 50 años están obligados a acreditar el cumplimiento del deber de conservación. En edificios en régimen de propiedad horizontal, la obligación recae sobre la comunidad de propietarios en su conjunto, no sobre cada propietario individualmente.

¿Con qué frecuencia?

En Canarias, la inspección debe renovarse periódicamente. La Ley del Suelo de Canarias establece plazos de revisión cada 10–15 años según el estado del edificio. Si la inspección anterior arrojó deficiencias, los plazos son más cortos.

Plazos según antigüedad del edificio

Antigüedad del edificioObligación ITE/IEE
Menos de 50 añosNo obligatoria (salvo requerimiento municipal)
Entre 50 y 80 añosObligatoria — primera inspección
Más de 80 añosObligatoria con revisiones más frecuentes
Con deficiencias calificadas como "graves"Subsanación inmediata + nueva inspección
Con deficiencias "muy graves" o "ruinosas"Actuación de urgencia + posible orden de desalojo

Nota importante: los Ayuntamientos canarios (Las Palmas de Gran Canaria, Santa Cruz de Tenerife, Arrecife, Puerto del Rosario) pueden establecer plazos adicionales y registros propios. El incumplimiento puede generar multas y sanciones administrativas.

¿Qué evalúa la ITE/IEE?

Estado estructural y cimentación
Fachadas, patios y cubiertas
Instalaciones comunes: fontanería, saneamiento, electricidad
Condiciones de accesibilidad universal
Eficiencia energética del edificio
Elementos susceptibles de desprendimiento

¿Qué pasa si la comunidad no pasa la ITE?

Sanción del Ayuntamiento

El Ayuntamiento puede requerir a la comunidad la realización del IEE y, si no se realiza en el plazo fijado, puede ejecutarla subsidiariamente a costa de los propietarios. Además, pueden imponerse sanciones que pueden oscilar entre los 300 y los 3.000 euros según el municipio.

Problemas en la venta

La ausencia de ITE vigente puede bloquear la transmisión de pisos en el edificio. Los notarios y registradores pueden requerir acreditar el cumplimiento del deber de conservación. Afecta también a la obtención de licencias de obras y cédulas de habitabilidad.

Responsabilidad civil

Si el edificio causa daños a terceros (desprendimiento de fachada, goteras, rotura de instalaciones) y la comunidad no tenía la ITE en vigor, la responsabilidad civil puede ser mucho más gravosa al demostrar abandono del deber de conservación.

¿Quién tramita la ITE y cuánto cuesta?

La ITE debe realizarla un técnico habilitado (arquitecto o arquitecto técnico colegiado). El coste del técnico oscila entre 800 y 3.000 euros para el edificio completo, dependiendo del tamaño y la antigüedad. El coste se reparte entre todos los propietarios según su cuota de participación —normalmente aprobado como derrama extraordinaria.

Nosotros lo gestionamos todo

Como administradores de fincas, coordinamos la contratación del técnico, comunicamos a los propietarios, tramitamos la derrama si procede y presentamos el informe ante el organismo competente.

  • Selección del técnico colegiado habilitado
  • Comunicación a propietarios y convocatoria de junta
  • Gestión de la derrama de coste
  • Presentación del IEE ante el Ayuntamiento
  • Seguimiento de deficiencias y subsanaciones

Preguntas frecuentes sobre la ITE en Canarias

¿Cuándo fue obligatoria la ITE en Las Palmas de Gran Canaria?

La Ley del Suelo de Canarias establece la obligatoriedad para edificios de más de 50 años. En Las Palmas, el Ayuntamiento ha establecido plazos para que los edificios más antiguos del casco histórico (Vegueta, Triana) presenten sus informes prioritariamente. Consulta con nosotros para saber exactamente cuándo le toca a tu edificio.

¿Es lo mismo ITE que IEE?

En terminología nacional se habla de ITE (Inspección Técnica de Edificios). En Canarias, la normativa autonómica establece el IEE (Informe de Evaluación del Edificio), que es el equivalente autonómico e incluye además la evaluación de accesibilidad y eficiencia energética.

¿Qué pasa si la ITE detecta deficiencias graves?

La comunidad tiene un plazo para subsanarlas (entre 3 y 18 meses según la gravedad). Si no se subsanan, el Ayuntamiento puede ordenar obras de oficio a costa de los propietarios y en casos extremos ordenar el desalojo del edificio.

¿Puede el administrador contratar al técnico de la ITE sin acuerdo de junta?

Para un gasto de esta importancia lo habitual es que la junta apruebe la contratación. Si el edificio tiene una obligación legal inminente, el administrador puede actuar para evitar sanciones y someterlo a ratificación posterior.

¿Gestionáis la ITE en todas las islas de Canarias?

Sí. Coordinamos la ITE/IEE en Las Palmas de Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote y Fuerteventura. Trabajamos con técnicos colegiados habilitados en cada isla y gestionamos el trámite completo.

¿Necesita tu edificio la ITE?

Te indicamos si es obligatoria y nos encargamos de toda la gestión.

Tus datos serán tratados de forma confidencial. Solo los usaremos para responder a tu consulta.

Llamar ahoraWhatsApp