Segunda Oportunidad para
taxistas y conductores VTC
Cancela el leasing del coche, IVA, IRPF, Seguridad Social y tarjetas de combustible. Aplica a taxistas, conductores de Cabify, Uber, Bolt y cooperativistas. Tu licencia y tu actividad se mantienen.
SÍ
Taxistas y VTC pueden acogerse
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Impacto en tu licencia
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Coste de la primera consulta
Situaciones frecuentes en taxistas y VTC endeudados
El sector del transporte urbano de pasajeros tiene patrones de deuda muy específicos: financiación del vehículo, fluctuaciones estacionales, cuotas fijas (cooperativa, seguro, licencia) y un IVA trimestral que se acumula con facilidad. Estos son los perfiles más habituales en consulta.
Taxista con licencia propia y leasing
Compraste el coche con leasing, llevas varios trimestres acumulando IVA y la actividad ha bajado tras la pandemia. Cuotas de autónomo a la SS impagadas y tarjeta de combustible al límite.
Deudas cancelables en este caso:
- Leasing del vehículo
- Deuda IVA AEAT
- Cuotas autónomo SS
- Tarjeta combustible
VTC autónomo de Cabify/Uber/Bolt
Trabajas con la app, alquilas el vehículo a una flota o lo financiaste tú mismo. Comisiones altas, gasolina, IVA repercutido sin ingresar y cuotas de autónomo. La rentabilidad real no llega a cubrir las deudas.
Deudas cancelables en este caso:
- Préstamo del vehículo
- Deuda IVA y IRPF
- Cuotas SS de autónomo
- Préstamos personales
Cooperativista o titular con conductor asalariado
Tu licencia genera una deuda dual: la propia y la de tu conductor asalariado (nómina, SS empresa). Si la actividad cae, ambas líneas se descontrolan.
Deudas cancelables en este caso:
- Cuotas SS empresa
- Salarios pendientes
- Deudas con cooperativa
- Préstamos comerciales
Taxi con licencia arrendada (cuota fija mensual)
No tienes licencia propia: pagas una cuota mensual al titular. Con la bajada de demanda, la cuota se vuelve insostenible junto con seguro, IVA y SS.
Deudas cancelables en este caso:
- Deudas comerciales
- IVA y SS
- Préstamos personales
- Tarjetas revolving
¿Qué deudas puede cancelar un taxista?
Lo que determina si una deuda es exonerable es su naturaleza jurídica, no la profesión del deudor. Estas son las más típicas en el sector taxi y VTC:
| Tipo de deuda | ¿Exonerable? |
|---|---|
| Leasing o préstamo del vehículo | Sí |
| IVA repercutido y no ingresado (AEAT) | Sí |
| IRPF de actividad (estimación objetiva o directa) | Sí |
| Cuotas de autónomo a la Seguridad Social | Sí |
| Tarjetas de combustible (Solred, Repsol, Cepsa) | Sí |
| Préstamos personales y revolving | Sí |
| Deudas con cooperativa o asociación de taxis | Sí |
| Multas de tráfico (sin componente penal) | Sí |
| Pensión de alimentos | No |
| Multas penales o sanciones administrativas con componente penal | No |
* El análisis de cada caso es individual. La consulta es gratuita y sin compromiso.
¿Puedo mantener el taxi y seguir trabajando durante el proceso?
Sí. Puedes seguir conduciendo y facturando con normalidad durante todo el proceso. Si el vehículo está financiado y entra en liquidación, evaluamos opciones para no detener la actividad: alquiler de respaldo, sustitución por vehículo más económico, o renegociación con el financiador.
La licencia administrativa (VT/VTC) no se cancela por motivos económicos. Sigue siendo tuya y tras el EPI puedes reanudar la actividad plenamente sin ninguna restricción ni carga.
Preguntas frecuentes — taxistas, VTC y Segunda Oportunidad
¿Puede un taxista o conductor VTC acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Sí. Los taxistas autónomos y los conductores VTC que trabajan para Cabify, Uber o Bolt como autónomos pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad como cualquier otra persona física en situación de insolvencia. Tanto si trabajas con licencia propia como con licencia arrendada, puedes solicitar la exoneración de tus deudas.
¿Pierdo la licencia de taxi si me acojo a la Segunda Oportunidad?
La licencia administrativa de taxi (autorización VT/VTC) no se pierde por acogerse al procedimiento de Segunda Oportunidad. La licencia es un acto administrativo independiente del estado de solvencia económica del titular. Sin embargo, si la licencia es de tu propiedad y tiene un valor económico relevante, formará parte del patrimonio a liquidar (como cualquier otro bien). En la consulta analizamos la opción de mantener la actividad en tu caso concreto.
¿Se puede cancelar el leasing del coche o el préstamo del vehículo?
Sí. La deuda derivada del leasing del vehículo o del préstamo bancario para su compra es plenamente exonerable mediante la Segunda Oportunidad. Si el vehículo está financiado y no es tu propiedad plena, puede ser devuelto al financiador como parte de la liquidación, o renegociado para mantenerlo si es esencial para tu actividad. En casos de leasing de larga duración, hay margen para renegociar plazos antes del concurso.
¿Qué pasa con las deudas de IVA, IRPF y Seguridad Social del taxista?
Las deudas con la AEAT (IVA, IRPF, sanciones tributarias) y con la TGSS (cuotas de autónomo impagadas) son exonerables desde la reforma de 2022 (Ley 16/2022). Es muy frecuente entre taxistas y VTC autónomos acumular varios trimestres de IVA no ingresado durante periodos de baja actividad: todas esas deudas pueden cancelarse en el procedimiento.
¿Las tarjetas de combustible (Solred, Repsol, Cepsa) se cancelan?
Sí. Las deudas con tarjetas de combustible profesionales (Solred, Repsol Profesional, Cepsa Star Direct, etc.) son deudas comerciales exonerables. Es una de las deudas más frecuentes entre taxistas, junto con las cuotas de seguro del vehículo y las cuotas de la asociación o cooperativa de taxi.
¿Puedo seguir trabajando como taxista durante el proceso?
Sí. La Segunda Oportunidad no impide continuar la actividad profesional. Puedes seguir conduciendo y facturando con normalidad durante todo el proceso. Si el vehículo está financiado y entra en liquidación, podemos buscar alternativas (alquiler temporal, vehículo de respaldo) para no parar la actividad. Tras el EPI, puedes reanudar el trabajo plenamente sin restricciones.
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Lázaro Héctor Amable Méndez · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria