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FAQ · Ley 25/2015 · Actualizado 2026

Preguntas Frecuentes
Ley de Segunda Oportunidad

Todo lo que necesitas saber sobre la Ley de Segunda Oportunidad respondido de forma clara y directa. 30+ preguntas sobre requisitos, costes, plazos, deudas y proceso.

30+

Preguntas resueltas por nuestros especialistas

Actualizado

Mayo 2026 — reforma 2022 incluida

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Grupo 1

Conceptos básicos

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, integrada en el Texto Refundido de la Ley Concursal - TRLC) permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia cancelar total o parcialmente sus deudas. Fue introducida en España en 2015 e inspirada en el modelo estadounidense "Fresh Start". La reforma de 2022 (Ley 16/2022) amplió significativamente su alcance, incluyendo las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

¿Cuál es la diferencia entre la Ley de Segunda Oportunidad y el concurso de acreedores?

La Segunda Oportunidad y el concurso de acreedores son lo mismo en cuanto al procedimiento (el concurso de acreedores es la herramienta jurídica que se usa). La diferencia está en el resultado: en un concurso de empresa se liquida y cierra el negocio; en la Segunda Oportunidad de persona física, el objetivo final es el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho), que cancela las deudas y permite al deudor empezar de cero.

¿Qué es el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho)?

El BEPI es la resolución judicial que cancela definitivamente las deudas que no han podido pagarse tras la liquidación del patrimonio del deudor. Es el objetivo final de la Segunda Oportunidad. Una vez concedido, el deudor queda liberado de todas las obligaciones incluidas en el procedimiento y puede empezar una nueva vida económica sin cargas.

¿Qué es el Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP)?

El AEP es el paso previo obligatorio antes del concurso. Un mediador concursal convoca a los acreedores e intenta llegar a un acuerdo de pago. Si los acreedores aceptan (quitas, esperas), se evita el concurso. Si fracasa, se abre el concurso consecutivo que puede dar lugar al BEPI.

¿Qué cambió con la reforma de 2022 (Ley 16/2022)?

La reforma de 2022 fue la más importante desde la creación de la ley. Los cambios principales: (1) Las deudas con Hacienda y Seguridad Social ahora son exonerables. (2) El proceso se aceleró (de 12-24 meses a 3-9 meses). (3) Se creó el BEPI directo para deudores sin bienes. (4) Se simplificó el AEP. (5) Se mejoró la posición de los autónomos. (6) Se permite conservar la vivienda habitual en más supuestos.

Grupo 2

Requisitos y elegibilidad

¿Quién puede acogerse a la Segunda Oportunidad?

Cualquier persona física —particular o autónomo— que esté en situación de insolvencia actual o inminente. No es necesario haber agotado el patrimonio ni tener embargos activos. Basta con que no se pueda hacer frente a las deudas vencidas. Los únicos requisitos son: no haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años y no haber solicitado la LSO en los últimos 5 años.

¿Pueden acogerse los empresarios y autónomos?

Sí. Los autónomos y empresarios individuales tienen acceso pleno a la Segunda Oportunidad desde siempre, pero la reforma de 2022 mejoró significativamente su situación: ahora pueden cancelar también las deudas de IGIC/IVA, IRPF, cuotas de la Seguridad Social y deudas con la Agencia Tributaria Canaria (en Canarias).

¿Hay un mínimo o máximo de deuda para acogerse?

No existe ningún importe mínimo ni máximo de deuda legalmente establecido. Sin embargo, desde un punto de vista práctico, el proceso suele ser más rentable cuando la deuda total supera los €15.000-20.000, ya que por debajo de esa cantidad los costes del procedimiento pueden superar el beneficio.

¿Puedo acogerme si tengo una hipoteca?

Sí. Tener hipoteca no excluye de la Segunda Oportunidad. La hipoteca sobre la vivienda habitual no se exonera directamente (sigue existiendo), pero durante el proceso todos los apremios y ejecuciones hipotecarias quedan suspendidos. En muchos casos, nuestros abogados negocian con el banco una novación o reestructuración de la hipoteca compatible con el BEPI.

¿Qué pasa si ya tengo embargos activos?

Los embargos quedan suspendidos automáticamente desde que el juzgado dicta el auto de apertura del concurso. Si tienes embargos de nómina, cuentas o bienes, se paralizan en el acto. Esta es una de las primeras ventajas tangibles del proceso: el alivio inmediato de la presión económica.

Grupo 3

Deudas: qué se cancela y qué no

¿Qué deudas se pueden cancelar con la Segunda Oportunidad?

Con la reforma de 2022, prácticamente cualquier deuda de persona física es cancelable: préstamos bancarios, tarjetas de crédito, microcréditos, deudas con Hacienda (IRPF, IVA/IGIC, IS), deudas con la Seguridad Social (cuotas autónomos, cotizaciones), sanciones tributarias, recargos, deudas con comunidades de propietarios, proveedores, particulares y avales personales.

¿Qué deudas NO se pueden cancelar?

La ley establece expresamente tres categorías de deudas no exonerables: (1) Pensiones de alimentos a favor de los hijos (obligaciones de manutención). (2) Responsabilidades civiles derivadas de delito (indemnizaciones por daños causados con dolo). (3) Multas penales. Todo lo demás, incluidas las deudas con Hacienda y Seguridad Social, sí es exonerable.

¿Se cancelan realmente las deudas con Hacienda?

Sí, desde la reforma de 2022. Antes era el principal obstáculo: las deudas tributarias quedaban fuera del BEPI. Ahora el art. 489 del TRLC las incluye expresamente. Se cancelan el principal, los intereses de demora y las sanciones tributarias. Las deudas con la Agencia Tributaria Canaria (ATC) también son exonerables.

¿Se cancelan las deudas con la Seguridad Social?

Sí, también desde la reforma de 2022. Las cuotas impagadas de autónomos, las cotizaciones pendientes y los recargos de la Seguridad Social son exonerables en el BEPI. Antes de 2022, estas deudas quedaban completamente fuera y eran el principal motivo por el que los autónomos no podían beneficiarse de la ley.

¿Qué pasa con las deudas que tienen aval de un familiar?

El BEPI solo cancela las deudas del deudor concursado. Si un familiar prestó un aval, el acreedor puede seguir reclamando al avalista aunque el deudor principal haya obtenido el BEPI. El avalista no se beneficia de la exoneración del deudor principal. Para proteger a los avalistas, en algunos casos se puede intentar un acuerdo previo con el acreedor.

Grupo 4

Bienes y patrimonio

¿Qué bienes puedo perder en la Segunda Oportunidad?

En el concurso se liquida el patrimonio del deudor para pagar parcialmente a los acreedores. Sin embargo, la ley protege los bienes inembargables: el ajuar doméstico indispensable, salario o pensión hasta el SMI (€1.184/mes en 2026), herramientas necesarias para la profesión (con límites), y, en muchos casos, la vivienda habitual si la hipoteca está al día.

¿Pierdo mi piso o casa si me acojo a la Segunda Oportunidad?

Depende de si la hipoteca está al corriente de pagos. Si estás pagando la hipoteca regularmente, la vivienda generalmente no se incluye en la liquidación. Si tienes deudas hipotecarias también, la situación es más compleja y requiere negociación. En todo caso, durante el proceso las ejecuciones hipotecarias quedan suspendidas.

¿Puedo conservar el coche?

Los vehículos que no sean imprescindibles para el trabajo suelen liquidarse. Si el vehículo es necesario para el ejercicio de la actividad profesional (autónomo que necesita el coche para trabajar), puede quedar protegido como herramienta de trabajo. Los vehículos de alta gama o valor elevado siempre se liquidan.

¿Qué pasa con el dinero que tengo en el banco?

Las cuentas bancarias forman parte de la masa activa del concurso y se destinan a pagar a los acreedores, salvo la cantidad equivalente al SMI que el deudor necesita para subsistir. Si tienes poco saldo (situación habitual en insolvencia), prácticamente no hay nada que liquidar, lo que acelera el proceso.

¿Funciona la Segunda Oportunidad si no tengo ningún bien?

Sí, y es incluso más sencillo. Si no hay patrimonio que liquidar, el juez puede conceder el BEPI directo (art. 491 TRLC) sin necesidad de liquidación. El proceso se reduce a 3-5 meses, es más económico y el resultado es idéntico: cancelación total de todas las deudas.

Grupo 5

Proceso y plazos

¿Cuánto tarda el proceso de Segunda Oportunidad?

Con la reforma de 2022: entre 3 y 9 meses para casos sin patrimonio significativo. El AEP dura 2-3 meses; si fracasa, el concurso consecutivo otros 3-6 meses. Casos con inmuebles o muchos acreedores: 9-18 meses. El Juzgado de lo Mercantil de Las Palmas resuelve los casos de persona natural en 6-12 meses de media.

¿Cuánto cuesta la Segunda Oportunidad?

El coste total incluye: honorarios del abogado, honorarios del mediador concursal y tasas judiciales (~€150). En ALY Abogados: desde €1.500 para particulares sin bienes, hasta €4.000 para casos complejos (hipoteca, muchos acreedores). Ofrecemos pago fraccionado y en casos sin patrimonio, honorarios condicionados al resultado.

¿Puedo trabajar durante el proceso?

Sí. La Segunda Oportunidad no impide trabajar. Puedes mantener tu empleo por cuenta ajena o tu actividad como autónomo durante todo el proceso. Los ingresos se destinan a la subsistencia (SMI protegido) y el resto puede destinarse a los gastos del procedimiento.

¿Qué documentos necesito para empezar?

Los documentos básicos: DNI/NIE, declaraciones de IRPF de los últimos 3 años, extractos bancarios de los últimos 6 meses, relación de deudas con importes y acreedores, escrituras de bienes inmuebles (si los hay), contrato de trabajo o documentación de actividad (si eres autónomo) y cualquier documento de deuda (cartas de reclamación, demandas, embargos).

¿Qué pasa si la AEAT o la Seguridad Social se oponen al BEPI?

La Administración puede personarse en el concurso y oponerse al BEPI. Los motivos de oposición son tasados por ley. Si el deudor actúa de buena fe, no tiene condenas por delitos económicos en los últimos 10 años y ha intentado sinceramente el AEP, la oposición raramente prospera. Nuestros abogados gestionan estas oposiciones habitualmente.

Grupo 6

Después del BEPI

¿Qué pasa después de obtener el BEPI?

Una vez concedido el BEPI, el deudor queda liberado de todas las deudas exoneradas. Los acreedores no pueden reclamar esas deudas nunca más. El deudor puede abrir nuevas cuentas bancarias, solicitar créditos, trabajar con normalidad y retomar su vida económica desde cero, sin restricciones legales.

¿Cuándo me sacarán de los registros de morosos (ASNEF, RAI)?

El BEPI no elimina automáticamente los datos de los registros de morosos. Sin embargo, los datos en ASNEF tienen un plazo máximo de 5 años desde la primera inclusión. Tras el BEPI, los acreedores están obligados a cancelar las deudas en sus sistemas internos; si no lo hacen voluntariamente, se puede exigir judicialmente.

¿Puedo volver a tener tarjetas y créditos después del BEPI?

Sí, aunque en la práctica puede costar algunos meses. El historial crediticio (CIRBE) refleja las deudas canceladas durante un tiempo. En la práctica, muchos clientes recuperan acceso a cuentas bancarias y tarjetas básicas en 6-12 meses tras el BEPI. Los créditos de mayor importe pueden tardar más en estar disponibles.

¿Puede un acreedor reclamarme deudas exoneradas después del BEPI?

No. El BEPI tiene efectos permanentes sobre las deudas exoneradas. Si un acreedor intenta reclamar una deuda incluida en el BEPI, puede incurrir en un delito de desobediencia y el deudor puede solicitar al juzgado que ordene el cese inmediato de la reclamación. Es una protección legal definitiva.

¿Puedo solicitar la Segunda Oportunidad de nuevo si vuelvo a endeudarme?

Sí, pero con limitaciones. La ley permite una nueva solicitud de BEPI si han transcurrido al menos 5 años desde el anterior. Esto tiene sentido como mecanismo de emergencia, aunque nuestros abogados siempre trabajan para que el cliente no necesite volver a solicitarlo, asesorando también en la gestión financiera posterior.

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