✅ Esta semana hemos conseguido exonerar 38.000€ en deudas para un cliente en Las Palmas Consulta gratuita →

Caso real · Identidad anonimizada

autónomo construcción cancela €93.000 incluida deuda AEAT

Puerto del Rosario, FuerteventuraCerrado: Abril 2024Duración: 16 meses

Resultado obtenido

€93.000 incluida AEAT

Segunda OportunidadAutónomoHacienda

Situación inicial del cliente

D.O. es albañil autónomo de 38 años con cuadrilla en Puerto del Rosario (Fuerteventura). Durante 2021-2022 trabajó para dos promotoras que terminaron en concurso, dejándole a él como acreedor por €78.000 que nunca cobró. Esos impagos a su vez le impidieron ingresar el IVA e IRPF de esos ejercicios (€38.000 a la AEAT) y las cuotas a la Seguridad Social (€11.000). Sumado a un préstamo bancario para maquinaria (€44.000), su pasivo total era de €93.000. Sin caja, no pudo abrir el ejercicio 2024.

Intervención de ALY Abogados

Estrategia legal aplicada por nuestro equipo paso a paso:

  1. 1

    Análisis del expediente AEAT: identificación de la naturaleza de la deuda (IVA repercutido y no ingresado vs. otras categorías) y verificación de exonerabilidad bajo la reforma de 2022.

  2. 2

    Presentación de las reclamaciones contra las dos promotoras concursadas para consolidar la condición de acreedor de D.O. y aportarlas como prueba de la insolvencia derivada.

  3. 3

    Concurso voluntario incluyendo la totalidad de la deuda: bancaria, AEAT, TGSS y proveedores propios.

  4. 4

    Defensa específica de la calificación del concurso como fortuito (no culpable): la insolvencia derivó de un suceso externo (impago de las promotoras), no de mala gestión.

  5. 5

    EPI sobre la totalidad del pasivo, incluida la deuda con AEAT que sí es exonerable post-reforma 2022.

Resultado obtenido

En abril 2024 el Juzgado de lo Mercantil de Las Palmas (competente para Fuerteventura) dictó el EPI cancelando los €93.000 de deuda total, incluidos los €38.000 de Hacienda. D.O. ha reactivado su actividad como autónomo en mayo 2024 con un nuevo NIF de actividad y ha podido contratar nuevamente a un oficial. Eliminación de ASNEF en julio 2024.

Lecciones para casos similares

Lo que enseña este caso a otros clientes con situaciones parecidas:

  • La deuda con AEAT (IVA, IRPF, sanciones) es exonerable post-reforma 2022. Antes de esa fecha era el principal escollo.

  • La insolvencia "derivada" (causada por impago de un cliente concursado) refuerza la calificación del concurso como fortuito.

  • El autónomo puede reanudar la actividad inmediatamente tras el EPI, incluso con nuevo alta en el RETA.

  • La cuantía de la deuda no es un obstáculo: hay casos exonerados con cifras superiores a €1.000.000.

Aviso legal: caso real de un cliente de ALY Abogados. La identidad ha sido anonimizada (uso de iniciales) para preservar la confidencialidad. Las cifras se han redondeado al múltiplo de 100€ más cercano. Cada caso es único y los resultados dependen de las circunstancias específicas; los resultados pasados no garantizan resultados futuros.

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Lázaro Héctor Amable Méndez · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria

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