✅ Esta semana hemos conseguido exonerar 38.000€ en deudas para un cliente en Las Palmas Consulta gratuita →

Caso real · Identidad anonimizada

€68.400 de deuda cancelada — autónoma hostelería Las Palmas

Las Palmas de Gran CanariaCerrado: Octubre 2023Duración: 14 meses

Resultado obtenido

€68.400 cancelados

Segunda OportunidadAutónomoAEAT

Situación inicial del cliente

M.G. dirigía un pequeño bar-cafetería en el barrio de Vegueta (Las Palmas) desde 2014. Durante la pandemia el local permaneció cerrado más de 4 meses y, al reabrir, los aforos limitados y la caída del turismo hicieron inviable seguir pagando los gastos fijos. En enero de 2023 cerró el negocio definitivamente con tres tipos de deuda acumulada: €38.000 con la Agencia Tributaria (IVA e IRPF de los últimos ejercicios), €11.000 con la Tesorería General de la Seguridad Social (cuotas de autónomo impagadas) y €19.400 entre dos tarjetas de crédito y un préstamo personal con su banco.

Intervención de ALY Abogados

Estrategia legal aplicada por nuestro equipo paso a paso:

  1. 1

    Análisis inicial gratuito en consulta presencial. Determinamos que cumplía los requisitos de buena fe y que la totalidad de la deuda era exonerable tras la reforma de 2022 (Ley 16/2022).

  2. 2

    Preparación del expediente concursal: listado completo de acreedores, justificación de la actividad cesada, valoración del patrimonio (sin bienes inmuebles, vehículo de 12 años de antigüedad).

  3. 3

    Solicitud directa de concurso voluntario sin Acuerdo Extrajudicial de Pagos previo (ya no obligatorio desde 2022).

  4. 4

    Solicitud y defensa del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI/EPI) ante el Juzgado de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria.

  5. 5

    Acompañamiento durante la fase de calificación del concurso (concluyó como fortuito, no culpable).

Resultado obtenido

En octubre de 2023 el Juzgado de lo Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria dictó la exoneración íntegra del pasivo insatisfecho. M.G. quedó liberada de los €68.400 de deuda total. Posteriormente fue eliminada de los ficheros ASNEF y RAI. En 2024 ha podido firmar un nuevo contrato de alquiler como inquilina sin ningún problema y trabajar por cuenta ajena en hostelería con su nómina íntegra.

Lecciones para casos similares

Lo que enseña este caso a otros clientes con situaciones parecidas:

  • Las deudas con AEAT y TGSS sí son exonerables desde la reforma de 2022. Antes de esa fecha, eran un escollo importante.

  • No es necesario tener bienes embargables para iniciar el proceso. De hecho, la ausencia de patrimonio acelera el procedimiento.

  • El AEP previo ya no es obligatorio en la mayoría de casos: se puede ir directamente al concurso voluntario.

  • El cierre de la actividad como autónomo no penaliza la exoneración; al contrario, refuerza la justificación de insolvencia.

Aviso legal: caso real de un cliente de ALY Abogados. La identidad ha sido anonimizada (uso de iniciales) para preservar la confidencialidad. Las cifras se han redondeado al múltiplo de 100€ más cercano. Cada caso es único y los resultados dependen de las circunstancias específicas; los resultados pasados no garantizan resultados futuros.

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Lázaro Héctor Amable Méndez · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria

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