Heredé deudas: ¿qué opciones tengo?
Aceptar una herencia con deudas puede ser un error costoso. Te explicamos la herencia a beneficio de inventario, la renuncia y cuándo la Segunda Oportunidad...
Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria
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Cuando heredas deudas que superan el activo de la herencia, tienes 3 opciones: aceptacion pura (heredas todo, incluyendo las deudas), aceptacion a beneficio de inventario (solo respondes hasta lo que recibes) y renuncia a la herencia (no heredas ni activo ni pasivo). Si ya aceptaste la herencia sin beneficio de inventario y ahora tienes deudas impagables, la Segunda Oportunidad puede exonerarlas. Plazo para renunciar o aceptar: 30 dias desde que se te notifica judicialmente (sin notificacion, el plazo es mayor).
Cuando la herencia es una trampa
No todas las herencias son un regalo. Cuando un familiar fallece con deudas superiores a sus bienes, los herederos pueden encontrarse ante un problema grave: ?heredo las deudas?
Hay varias soluciones legales, y elegir bien es fundamental.
Las tres opciones al heredar deudas
Opcion 1: Renuncia a la herencia
Si las deudas superan claramente los activos, renunciar es la opcion mas limpia. La renuncia debe hacerse en escritura publica ante notario. El heredero que renuncia no recibe nada, pero tampoco asume ninguna deuda.
Plazo: La ley no fija un plazo maximo para aceptar o renunciar, pero los acreedores pueden solicitar al juez que inste al heredero a pronunciarse. En ese caso, el juez fija un plazo de 30 dias.
Opcion 2: Aceptacion a beneficio de inventario
Se acepta la herencia pero la responsabilidad queda limitada al activo heredado. Si las deudas superan el activo, el heredero no responde con su patrimonio personal.
Requiere solicitud notarial o judicial en el plazo legal. Esta opcion es la recomendada cuando no esta claro si el activo supera el pasivo.
Opcion 3: Aceptacion pura y simple
Se acepta la herencia con todo su contenido: activo y pasivo. Si luego resulta que las deudas superan los bienes, el heredero responde con su propio patrimonio.
Esta es la opcion mas peligrosa si hay incertidumbre sobre el volumen de deudas.
Si ya aceptaste la herencia: la Segunda Oportunidad
Si ya aceptaste la herencia sin beneficio de inventario y ahora tienes deudas impagables derivadas de ella, la Segunda Oportunidad puede exonerarlas. Las deudas heredadas son deudas personales del heredero y se tratan igual que cualquier otra deuda en el concurso.
Que se puede exonerar:
- Deudas bancarias del fallecido que hayas asumido
- Deudas con Hacienda del fallecido (salvo excepciones)
- Deudas con proveedores o particulares
- Deudas comunitarias del inmueble heredado
El plazo del ISD en herencias con deudas
Aunque renuncies a la herencia, el plazo para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) sigue corriendo: 6 meses desde el fallecimiento. En Canarias, la bonificacion del 99,9% para descendientes hace que el coste sea minimo en la mayoria de casos.
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