Segunda Oportunidad /
Socio o Administrador —
Libera tu Patrimonio
Eres socio o administrador de una SL con deudas personales por avales, préstamos o responsabilidad empresarial. La LSO no se aplica a la sociedad, pero sí a ti como persona física: cancelamos tus deudas personales para que recuperes tu patrimonio.
Persona física
La LSO solo aplica a personas físicas (no a la sociedad en sí)
100%
Cancelación de deudas personales por avales, préstamos y responsabilidad
Compatible
Con concurso de la empresa en paralelo
La LSO es para ti, no para tu sociedad
La sociedad (SL, SA, cooperativa) es una persona jurídica independiente del socio o administrador. La Ley de Segunda Oportunidad solo se aplica a personas físicas. Sin embargo, muchos socios y administradores acumulan deudas personales vinculadas a la empresa:
- Avales personales firmados ante el banco por préstamos empresariales
- Préstamos personales recibidos de la sociedad para consumo
- Responsabilidad subsidiaria por deudas tributarias o de Seguridad Social
- Condena al pago del déficit por concurso calificado como culpable
Todas esas deudas personales son exonerables con la LSO individual, aunque la sociedad siga existiendo o esté en concurso empresarial en paralelo.
Perfiles habituales que solicitan la LSO empresarial personal
Administrador con aval personal
Firmaste aval personal en préstamos a la empresa. Si la SL no paga, te reclaman a ti. La LSO cancela esa deuda.
Socio con préstamos recibidos de la empresa
Te prestaste dinero de la SL para consumo personal. Al cerrar la empresa, queda como deuda personal exonerable.
Administrador con concurso culpable
Calificación de concurso culpable implica condena al pago personal del déficit. La LSO puede cancelar incluso esa responsabilidad.
Ex-autónomo que cerró sociedad
SL antigua cerrada con deudas pendientes reclamadas a título personal. Candidato ideal a LSO.
Deudas empresariales exonerables en la LSO personal
| Tipo de deuda | ¿Exonerable? | Condición |
|---|---|---|
| Aval personal en préstamo empresa | Sí | Contrato firmado como persona física |
| Préstamo personal para consumo | Sí | Siempre exonerable |
| Deuda tributaria por responsabilidad subsidiaria | Sí (desde reforma 2022) | Con límites |
| Deuda SS por alta autónomo | Sí | Incluida en LSO autónomo |
| Deuda concursal calificada | Sí (art. 487 TRLC) | Si no hay mala fe acreditada |
| Deuda por responsabilidad administradores (art. 367 LSC) | Caso a caso | Según jurisprudencia |
Base legal: Art. 487 y ss. TRLC (exoneración del pasivo insatisfecho). Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal. Art. 367 LSC sobre responsabilidad de administradores.
Proceso para socios y administradores
Análisis de deudas personales vs empresariales
Separamos qué deudas son tuyas personalmente (avales, préstamos personales) y cuáles son de la sociedad (no incluidas en tu LSO).
Coordinación con concurso empresa
Si la sociedad también está en concurso, coordinamos ambos procedimientos para evitar contradicciones.
Tramitación de LSO personal
Concurso consecutivo personal. Presentación de documentación del perfil empresarial del deudor.
BEPI personal
Cancelación de todas las deudas personales exonerables. Quedas libre como persona física, independientemente del destino de la sociedad.
Dudas sobre la LSO para socios y administradores
¿Puede una sociedad (SL/SA) acogerse a la LSO?
No. La Ley de Segunda Oportunidad (BEPI) solo aplica a personas físicas, nunca a personas jurídicas. Las sociedades van al concurso de acreedores empresarial (o al procedimiento especial para microempresas), que puede acabar en convenio o liquidación. Para las deudas PERSONALES del socio o administrador, sí procede la LSO individual.
¿Me cancela la LSO las deudas que tengo por avales a mi empresa?
Sí. Si firmaste un aval personal a favor de tu empresa (por ejemplo, ante un banco para un préstamo empresarial), esa deuda es personal y se exonera en tu LSO individual. El banco no puede reclamarte más esa cantidad tras el BEPI, aunque la empresa no haya pagado. Es uno de los usos más habituales de la LSO para administradores.
Si mi empresa tiene concurso culpable, ¿puedo yo como administrador hacer LSO?
Sí, aunque con matices. Tras la reforma de la Ley 16/2022 y jurisprudencia reciente (STS 2023), el administrador de una empresa declarada en concurso culpable puede acogerse a la LSO personal incluso para cancelar la condena al pago del déficit. Requiere no haber actuado con mala fe en los créditos que se quieren exonerar.
¿Qué pasa con mi empresa si yo hago la LSO personal?
La LSO personal NO afecta a la sociedad. Cada uno es un sujeto jurídico independiente. Puedes: (a) continuar con la SL si sigue siendo viable, (b) iniciar concurso empresa en paralelo, (c) liquidar la SL por vía ordinaria. La LSO solo extingue TUS deudas personales, no las de la sociedad.
¿Puedo seguir siendo administrador tras mi LSO personal?
Sí. La LSO personal no inhabilita para el cargo de administrador. Solo inhabilita el concurso empresarial calificado como culpable (2-15 años según gravedad). Tras el BEPI personal puedes continuar administrando tu empresa, constituir una nueva sociedad o mantener cargos en otras entidades.
¿Cuánto tarda la LSO de un administrador/socio?
Similar a la LSO estándar: 6-18 meses según haya o no liquidación patrimonial. Si eres administrador con patrimonio significativo, se tramitará con liquidación (más largo). Si ya perdiste el patrimonio en la crisis empresarial, el BEPI directo puede concederse en 3-5 meses tras la constatación de insolvencia.
¿Eres socio o administrador con deudas personales?
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