Visa No Lucrativa
Vivir en Canarias sin trabajar
La Visa de Residencia No Lucrativa permite a ciudadanos no comunitarios residir en España sin ejercer actividad laboral o profesional. La opción preferida de jubilados, rentistas e inversores que eligen Canarias por su clima, fiscalidad favorable y calidad de vida.
€2.400/mes
Ingresos mínimos exigidos para el titular (2026)
1 año
Duración inicial de la visa, renovable por 2 años
5 años
Para solicitar residencia de larga duración
¿Qué es la Visa No Lucrativa?
- Autorización de residencia para ciudadanos de países no UE que quieren vivir en España sin trabajar.
- Regulada por el art. 46 del RD 557/2011 (Ley de Extranjería).
- No permite trabajar por cuenta propia ni ajena (de ahí "no lucrativa").
- Ideal para: jubilados con pensión, inversores con rentas de capital, personas con patrimonio que les genera ingresos pasivos.
Por qué Canarias
- · IGIC 7% (vs IVA 21%), clima atlántico todo el año
- · Conexiones aéreas internacionales excelentes
- · Coste de vida inferior a Madrid / Barcelona
- · Sin impuesto de patrimonio relevante
Ingresos mínimos requeridos (2026)
Titular (400% IPREM)
€2.400/mes
Por familiar adicional (+100% IPREM)
+€600/mes
Familia de 2 personas
€3.000/mes
Familia de 3 personas
€3.600/mes
Fuentes de ingresos aceptadas:
- · Pensión extranjera · Dividendos · Alquileres
- · Rendimientos de capital · Renta vitalicia
- · Acreditación con extractos bancarios (3-6 meses)
Documentación necesaria
Documentos requeridos por el consulado español en el país de residencia del solicitante.
Formulario EX-01
Formulario nacional de visado debidamente cumplimentado y firmado, disponible en la sede electrónica de extranjería.
Pasaporte en vigor
Con validez mínima de 1 año más la duración solicitada. Fotocopia de todas las páginas.
Foto tamaño carné
2 fotografías recientes en fondo blanco, conforme a las normas de la OACI.
Certificado de antecedentes penales
Del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años, apostillado y traducido.
Seguro médico privado
Con cobertura en España, sin copago, sin franquicia, mínimo el equivalente al INSALUD (aprox €30k/año de cobertura).
Acreditación de medios económicos
Extractos bancarios, certificado de pensión, títulos de propiedad que generen rentas u otros documentos que acrediten los ingresos mínimos.
Proceso y plazos
Preparación de expediente
Reunimos toda la documentación, obtenemos las apostillas necesarias y realizamos las traducciones juradas requeridas por el consulado español en su país de origen.
Presentación en el consulado
La solicitud se presenta en el consulado español del país de residencia del solicitante. El consulado tiene 3 meses para resolver.
Entrada en España
Con el visado (validez 90 días), entra en España y en los 30 días siguientes debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Oficina de Extranjería.
Renovaciones
Al año: renovar por 2 años más. Tras 5 años de residencia legal continuada: solicitar residencia de larga duración (sin necesidad de renovar más).
Dudas sobre la Visa No Lucrativa
¿Cuántos ingresos mínimos se exigen para la visa no lucrativa en 2026?
El titular debe acreditar ingresos de al menos el 400% del IPREM mensual, lo que en 2026 equivale aproximadamente a €2.400/mes. Por cada familiar adicional (cónyuge, hijos) se exige el 100% del IPREM adicional (~€600/mes). Estos importes deben acreditarse con documentación bancaria o equivalente apostillada.
¿Se puede trabajar con la visa no lucrativa?
No. La visa de residencia no lucrativa expresamente prohíbe el ejercicio de cualquier actividad laboral o profesional, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Si se desea trabajar en España, la visa adecuada es la de trabajo, la de nómada digital (si el trabajo es remoto para empresa extranjera) o la de emprendedor.
¿Cuánto tiempo dura la visa no lucrativa y cómo se renueva?
La autorización inicial tiene una duración de 1 año. Antes de que venza, se puede solicitar la renovación por períodos de 2 años (primera renovación) y 2 años más (segunda renovación). Tras 5 años de residencia legal y continuada, se puede solicitar la residencia de larga duración, que se renueva cada 5 años sin necesidad de acreditar ingresos mínimos.
¿Qué ventajas fiscales tiene vivir en Canarias con visa no lucrativa?
Canarias tiene ventajas fiscales únicas dentro de España: el IGIC (7% vs 21% IVA peninsular), bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (hasta el 99,9% para familiares directos), ausencia de un impuesto de patrimonio significativo y, para determinados perfiles, la posibilidad de acogerse al régimen de la Ley Beckham en caso de traslado por motivo laboral.
¿Mi cónyuge e hijos pueden venir conmigo con visa no lucrativa?
Sí. La visa no lucrativa puede incluir al cónyuge e hijos menores de edad como reagrupados familiares, siempre que se acrediten los ingresos adicionales requeridos por cada familiar. Alternativamente, pueden solicitar visas individuales o, una vez el titular lleve un año de residencia legal, solicitar la reagrupación familiar formal.
¿Qué ocurre si paso más de 6 meses al año fuera de España?
Si el titular ausenta de España por un período continuado superior a 6 meses, puede considerarse que ha dejado de tener residencia habitual en España, lo que afectaría a la renovación de la autorización. Para la residencia de larga duración, no se puede estar ausente de España por períodos continuados superiores a 6 meses ni totales superiores a 10 meses en 5 años.
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