cláusula suelo y gastos hipotecarios recuperados — Tenerife
Resultado obtenido
Más de 9.000 € recuperados del banco
Situación inicial del cliente
Firmó hace años una hipoteca sobre su vivienda habitual en Tenerife. La escritura incluía comisión de apertura, los gastos de constitución (notaría, registro y gestoría) abonados íntegramente por el comprador, un seguro de hogar vinculado con la aseguradora del banco y una cláusula suelo que le impidió beneficiarse de la bajada del euríbor durante años. Tras leer artículos del blog ALY sobre cláusulas suelo y gastos bancarios, decidió reclamar.
Intervención de ALY Abogados
Estrategia legal aplicada por nuestro equipo paso a paso:
- 1
Análisis de la escritura: identificación de las cláusulas reclamables (gastos, seguro vinculado, cláusula suelo).
- 2
Reclamación previa al servicio de atención al cliente del banco. Respuesta negativa del banco a los 30 días.
- 3
Demanda ante el Juzgado de Primera Instancia especializado en cláusulas abusivas de Tenerife.
- 4
Cálculo pericial de las cantidades reclamables: gastos de constitución, comisión de apertura, sobrecoste del seguro vinculado y sobrecoste de la cláusula suelo.
- 5
Sentencia favorable: declaración de nulidad de las cláusulas abusivas y condena al banco a la devolución íntegra + intereses legales desde cada cobro.
Resultado obtenido
Sentencia firme (no recurrida) en 11 meses. El banco devolvió más de 9.000 € más los intereses legales. La cláusula suelo dejó de aplicarse también para el futuro, con la consiguiente rebaja de la cuota mensual. El seguro vinculado se canceló y el cliente contrató uno nuevo libremente, con un ahorro adicional.
Lecciones para casos similares
Lo que enseña este caso a otros clientes con situaciones parecidas:
En las hipotecas firmadas antes de la Ley 5/2019, los gastos de constitución se pueden reclamar en la parte que la jurisprudencia atribuye al banco; el impuesto de actos jurídicos documentados queda fuera.
La cláusula suelo es nula cuando no fue informada con transparencia. La devolución es retroactiva (sentencia TJUE).
El seguro vinculado puede ser nulo si no hubo consentimiento informado o no se ofreció alternativa.
El plazo de prescripción es de 5 años desde la sentencia que declara la cláusula nula.
Aviso legal: caso real de un cliente de ALY Abogados. Para preservar la confidencialidad y el secreto profesional se han suprimido nombres e iniciales, localidades concretas, fechas y desgloses por acreedor; los importes que se citan son aproximados. Cada caso es único y los resultados dependen de las circunstancias específicas; los resultados pasados no garantizan resultados futuros.
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Lázaro Héctor Amable Méndez · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria