comprador no residente post-Brexit cierra su compra en 7 semanas
Resultado obtenido
Compra completa en 7 semanas
Situación inicial del cliente
Residente en el Reino Unido, quería adquirir un apartamento vacacional en el sur de Gran Canaria. Sin NIE, sin cuenta bancaria en España, sin conocimiento del mercado inmobiliario local. La operación se complicaba por las nuevas restricciones post-Brexit (límite de estancia sin visado y fiscalidad como no residente).
Intervención de ALY Abogados
Estrategia legal aplicada por nuestro equipo paso a paso:
- 1
NIE expedido en consulado español en Reino Unido.
- 2
Apertura de cuenta bancaria española mediante poder notarial otorgado en el Reino Unido (con la apostilla de La Haya).
- 3
Due diligence registral del inmueble: nota simple, certificación de cargas, deudas con la comunidad de propietarios, IBI al corriente, licencia de primera ocupación.
- 4
Verificación urbanística: el inmueble estaba en zona apta para uso turístico, con declaración responsable de vivienda vacacional en el Cabildo.
- 5
Negociación del contrato de arras (10% señal) con cláusulas de protección para el comprador (cancelación si no se cumplen requisitos urbanísticos, fiscales o financieros).
- 6
Asesoramiento fiscal: ITP 6.5% Canarias (no IGIC al ser segunda transmisión). Régimen IRNR para el alquiler vacacional posterior.
- 7
Firma de escritura en notaría. Cliente en remoto, representado por nuestro despacho con poder.
Resultado obtenido
Operación cerrada en 7 semanas desde la primera consulta. Sin vicios detectados (registrales, urbanísticos, fiscales). Cliente recibe llaves del apartamento sin haberse desplazado a España (se desplazó únicamente para una visita inicial). Posteriormente contrata gestión de alquiler vacacional con un gestor local, con tributación IRNR.
Lecciones para casos similares
Lo que enseña este caso a otros clientes con situaciones parecidas:
Los compradores extranjeros pueden cerrar la operación íntegramente en remoto mediante poderes notariales apostillados.
La due diligence es ESENCIAL para detectar cargas, deudas comunidad, IBI y licencias urbanísticas.
En Canarias, la segunda transmisión de vivienda paga ITP (6.5%), no IGIC. La primera transmisión paga IGIC + AJD.
Para alquiler vacacional en Gran Canaria, el trámite clave es la declaración responsable ante el Cabildo insular, que inscribe de oficio la actividad en el Registro General Turístico; debe acompañarse, entre otros documentos, de la cédula urbanística que acredite que el planeamiento habilita expresamente el uso turístico (art. 7 de la Ley canaria 6/2025, de 10 de diciembre).
Aviso legal: caso real de un cliente de ALY Abogados. Para preservar la confidencialidad y el secreto profesional se han suprimido nombres e iniciales, localidades concretas, fechas y desgloses por acreedor; los importes que se citan son aproximados. Cada caso es único y los resultados dependen de las circunstancias específicas; los resultados pasados no garantizan resultados futuros.
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Lázaro Héctor Amable Méndez · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria