Constitución de SL en España para fundadores latinoamericanos
Abrir Empresa en España desde Latinoamérica: Guía Completa 2026
Desde una SL estándar hasta una entidad ZEC con 4% IS — hay varias opciones para establecerse legalmente en España. Cuál encaja con tu empresa depende de tu actividad, facturación y planes de sustancia.
SL desde 1 €
Capital mínimo desde reforma 2023
4% IS ZEC
Si cumples requisitos de sustancia
Las Palmas
Base en la Unión Europea
Opciones para Crear tu Empresa en España
Punto clave
¿SL Estándar o ZEC?
SL normal: 23% IS (15% nuevas empresas primeros años). ZEC: 4% IS si cumples requisitos de sustancia, empleo, inversión y actividad autorizada. La elección depende del perfil y los planes de crecimiento de tu empresa.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL)
Opción estándar para establecerse en España. Capital mínimo 1 € (simbólico desde reforma 2023). Escritura notarial + registro mercantil. IS al 15% los dos primeros ejercicios con base imponible positiva.
Entidad ZEC en Gran Canaria
Para empresas con planes de actividad real en Las Palmas. 4% IS sobre rentas ZEC. Requiere autorización del Consorcio ZEC, mínimo empleo e inversión. Aplica si cumples requisitos de sustancia.
Sucursal o Establecimiento Permanente
Para empresas que no quieren crear una nueva entidad. Tributa en España solo por los beneficios generados aquí. Puede combinarse con la ZEC si cumple los requisitos de sustancia y actividad.
NIE, NIF y Cuenta Bancaria Empresarial
Pasos prácticos para un fundador latinoamericano: NIE (número de identificación de extranjeros), NIF de la sociedad, apertura de cuenta bancaria española. Gestionamos todo el proceso desde Las Palmas.
Sede Real vs Domicilio Fiscal
La ZEC exige sede real con actividad efectiva. No vale solo un servicio de domiciliación. La AEAT y el Consorcio ZEC verifican la sustancia económica: dirección real, empleados y operativa en Canarias.
Servicios para Fundadores LATAM
Solicitud de entidad ZEC y autorización de actividad
Obtención de NIE y NIF empresarial
Apertura de cuenta bancaria española para no residentes
Asesoría sobre sustancia mínima requerida (empleo, inversión)
Gestión integral post-constitución (contabilidad, obligaciones fiscales)
La tributación al 4% aplica a rentas dentro del ámbito ZEC, condicionada al cumplimiento de requisitos de sustancia, empleo, inversión y autorización del Consorcio ZEC.
Preguntas Frecuentes
¿Puede un ciudadano latinoamericano sin residencia española crear una SL o ZEC?›
Sí. Un ciudadano latinoamericano no residente puede ser socio y administrador de una SL española y también de una entidad ZEC. Para el trámite de constitución es necesario obtener el NIE. La ZEC exige que el administrador tenga representación efectiva en Canarias, lo que se puede articular con un representante local o con presencia propia si el fundador se traslada a Las Palmas.
¿Cuánto capital mínimo necesito para crear una empresa en España?›
Desde la reforma de 2023, una SL puede constituirse con 1 euro de capital social. Para la ZEC el capital mínimo es de 3.000 € en el momento de la inscripción. No obstante, se recomienda dotar de capital suficiente para acreditar sustancia económica ante el Consorcio ZEC.
¿Cuánto tiempo tarda crear una empresa en España desde Latinoamérica?›
Una SL estándar puede estar constituida en 2 a 4 semanas con toda la gestión de NIE, escritura y registro mercantil. La inscripción en la ZEC puede tardar entre 1 y 3 meses adicionales. En paralelo se tramita la apertura de cuenta bancaria y las obligaciones fiscales iniciales.
¿Necesito viajar a España para firmar la escritura de constitución?›
No es imprescindible. Con un poder notarial apostillado otorgado en el país de origen, nuestro despacho puede actuar como representante en el notario y el registro mercantil español. La comparecencia personal facilita el proceso, pero no es obligatoria para la mayoría de los trámites.
¿Qué impuestos paga una empresa española de cara al primer año?›
Una SL estándar de nueva creación tributa al 15% de IS durante los dos primeros ejercicios con resultado positivo. A partir del tercer año, el tipo general es del 23% (facturación < 1M€) o 25%. Una entidad ZEC autorizada tributa al 4% sobre las rentas dentro del ámbito ZEC, condicionada al cumplimiento de los requisitos del Consorcio.
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