Mediación por impago de renta
Facilitamos el acuerdo entre propietario e inquilino: plan de pago de deuda acumulada, reducción temporal de renta o resolución pactada del contrato con salida voluntaria.
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Resolvemos conflictos entre propietarios e inquilinos en Las Palmas de Gran Canaria sin necesidad de acudir al juzgado. Rentas impagadas, resolución del contrato y estado del inmueble acordados en semanas.
Renta impagada, daños en el inmueble, resolución anticipada del contrato. La mediación resuelve en semanas lo que en el juzgado puede tardar años.
Acuerdo de pago, plan de amortización de deuda o resolución pactada del contrato. Evita el desahucio con una solución negociada para ambas partes.
Discrepancias sobre desperfectos al término del contrato, devolución de fianza y responsabilidad por reparaciones durante el arrendamiento.
Acuerdo de salida pactada: fecha de entrega, condiciones, compensación económica y revisión del estado del inmueble sin necesidad de demanda de desahucio.
Mediación en contratos de arrendamiento de local de negocio entre empresas: rentas, obras, subarriendo, renovación y resolución del contrato.
Si la mediación no prospera, nuestro equipo especializado en arrendamientos puede continuar con la vía judicial para proteger tus derechos.
Ver másFacilitamos el acuerdo entre propietario e inquilino: plan de pago de deuda acumulada, reducción temporal de renta o resolución pactada del contrato con salida voluntaria.
Acordamos la fecha y condiciones de entrega del inmueble, la compensación económica si procede y la revisión del estado del piso al término, evitando la demanda de desahucio.
Discrepancias sobre el estado del inmueble, el importe de los daños y la devolución total o parcial de la fianza. Acordamos una valoración justa para ambas partes.
Conflictos entre empresas arrendatarias y propietarios de locales comerciales: rentas, obras de adaptación, subarriendo, renovación o resolución anticipada del contrato.
¿La mediación no ha funcionado?
Si el inquilino no coopera o la mediación fracasa, nuestro equipo de arrendamientos puede iniciar el desahucio de inmediato.
Ver servicio de ArrendamientosSí. En muchos casos, la mediación permite alcanzar un acuerdo entre propietario e inquilino antes de que sea necesario iniciar el procedimiento judicial de desahucio. Las partes pueden acordar un plan de pago de la deuda, una fecha de salida voluntaria o una reducción temporal de la renta, evitando así los costes y la duración del proceso judicial.
Sí, si se formaliza correctamente. El acuerdo de mediación puede elevarse a escritura pública ante notario para que tenga fuerza ejecutiva directa. También puede homologarse judicialmente si ya existe un procedimiento en curso. En cualquier caso, el acuerdo tiene plena validez contractual y es vinculante para ambas partes desde su firma.
La mediación es voluntaria, por lo que el inquilino puede negarse a participar. Sin embargo, si el contrato de arrendamiento contiene una cláusula de mediación previa obligatoria, la negativa puede tener consecuencias. En los demás casos, si el inquilino no acepta mediar, el propietario puede acudir directamente a la vía judicial.
Un proceso de mediación en arrendamientos suele resolverse en 3 a 8 semanas. Un procedimiento judicial de desahucio por impago, desde la presentación de la demanda hasta el lanzamiento (desalojo efectivo), tarda habitualmente entre 4 y 10 meses, dependiendo del juzgado y de si el inquilino se opone.
La mediación en arrendamientos se rige a nivel estatal por la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles. En Canarias no existe una normativa autonómica específica en materia de mediación de arrendamientos, aunque el Gobierno canario ha promovido programas de mediación en materia de vivienda. El proceso es válido y plenamente ejecutable en todo el territorio nacional.
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