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Caso real · Identidad anonimizada

3 hermanos heredan €380.000, pagan €1.140 ISD — Canarias

Las Palmas de Gran CanariaCerrado: Septiembre 2023Duración: 4 meses

Resultado obtenido

99,9% de bonificación aplicada

HerenciasSin testamentoISD Canarias

Situación inicial del cliente

La Sra. R. falleció en mayo de 2023 sin testamento, dejando como únicos herederos a sus tres hijos (la Familia R.). El patrimonio: una vivienda habitual valorada en €280.000 (valor catastral) y un local comercial en alquiler valorado en €100.000, ambos en Las Palmas. Sin deudas relevantes. Los tres hermanos (uno residente en Madrid, dos en Las Palmas) querían liquidar la herencia rápidamente para vender el local y mantener la vivienda en uso familiar.

Intervención de ALY Abogados

Estrategia legal aplicada por nuestro equipo paso a paso:

  1. 1

    Tramitación del Acta Notarial de Declaración de Herederos Abintestato (al no haber testamento) ante notario de Las Palmas.

  2. 2

    Liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en Canarias aplicando la bonificación autonómica del 99,9% para parientes de Grupo I y II (hijos).

  3. 3

    Inscripción de la adjudicación de bienes en el Registro de la Propiedad correspondiente.

  4. 4

    Coordinación entre los tres hermanos (uno fuera de Canarias) mediante poder notarial para evitar desplazamientos múltiples.

  5. 5

    Asesoramiento posterior: mantenimiento del piso en proindiviso para uso familiar y venta del local con compromiso por escrito de reparto del precio.

Resultado obtenido

Liquidación íntegra en 4 meses. Cuota ISD calculada: €30.400. Tras aplicar la bonificación canaria del 99,9%: cuota efectiva pagada €1.140 (€380 por heredero). Sin pago de Plusvalía Municipal sobre la vivienda habitual (transmisión exenta entre familiares directos). Inscripciones registrales completadas. La familia conserva la vivienda en uso (piso de los abuelos para los nietos) y vende el local en marzo 2024.

Lecciones para casos similares

Lo que enseña este caso a otros clientes con situaciones parecidas:

  • La bonificación canaria del 99,9% aplica a Grupos I y II del ISD (cónyuges, descendientes, ascendientes).

  • La herencia ab intestato (sin testamento) es perfectamente viable, pero añade un trámite adicional (acta de declaración de herederos).

  • Los herederos no residentes en Canarias también disfrutan de la bonificación si el causante residía en Canarias.

  • La vivienda habitual del fallecido tiene además exención de Plusvalía Municipal cuando la heredan familiares directos.

Aviso legal: caso real de un cliente de ALY Abogados. La identidad ha sido anonimizada (uso de iniciales) para preservar la confidencialidad. Las cifras se han redondeado al múltiplo de 100€ más cercano. Cada caso es único y los resultados dependen de las circunstancias específicas; los resultados pasados no garantizan resultados futuros.

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Lázaro Héctor Amable Méndez · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria

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