cláusula suelo + gastos hipotecarios, €9.400 recuperados — Tenerife
Resultado obtenido
€9.400 recuperados del banco
Situación inicial del cliente
F.D. firmó hipoteca en 2008 sobre vivienda habitual en Puerto de la Cruz (Tenerife) por valor de €180.000. La hipoteca contenía: comisión de apertura del 1% (€1.800), tres gastos de constitución abonados íntegramente por el comprador (notaría €640, registro €380, gestoría €420), seguro vinculado de hogar con la aseguradora del banco (€480/año durante 16 años) y cláusula suelo del 4% (impedía bajar el tipo a euríbor real durante años con euríbor negativo). Tras leer artículos del blog ALY sobre cláusulas suelo y gastos bancarios, decidió reclamar.
Intervención de ALY Abogados
Estrategia legal aplicada por nuestro equipo paso a paso:
- 1
Análisis de la escritura: identificación de las cláusulas reclamables (gastos, seguro vinculado, cláusula suelo).
- 2
Reclamación previa al SAC del banco (requisito procesal). Respuesta negativa del banco a los 30 días.
- 3
Demanda ante el Juzgado de Primera Instancia especializado en cláusulas abusivas de Tenerife.
- 4
Cálculo pericial de las cantidades reclamables: gastos de constitución €1.440, comisión de apertura €1.800, sobrecoste seguro vinculado durante 16 años €4.300, sobrecoste cláusula suelo durante años con euríbor negativo €1.860.
- 5
Sentencia favorable: declaración de nulidad de las cláusulas abusivas y condena al banco a la devolución íntegra + intereses legales desde cada cobro.
Resultado obtenido
Sentencia firme (no recurrida) en 11 meses. Devolución total: €9.400 + €1.300 de intereses legales = €10.700 cobrados por F.D. La cláusula suelo retirada también para el futuro: cuota mensual reducida en €120/mes. La aseguradora vinculada cancelada y nuevo seguro contratado libremente con ahorro adicional de €180/año.
Lecciones para casos similares
Lo que enseña este caso a otros clientes con situaciones parecidas:
Los gastos de constitución de hipoteca anteriores a 2019 son íntegramente reclamables salvo el ITP/AJD.
La cláusula suelo es nula cuando no fue informada con transparencia. La devolución es retroactiva desde 2013 (sentencia TJUE).
El seguro vinculado puede ser nulo si no hubo consentimiento informado o no se ofreció alternativa.
El plazo de prescripción es de 5 años desde la sentencia que declara la cláusula nula (normalmente desde 2017 o 2020).
Aviso legal: caso real de un cliente de ALY Abogados. La identidad ha sido anonimizada (uso de iniciales) para preservar la confidencialidad. Las cifras se han redondeado al múltiplo de 100€ más cercano. Cada caso es único y los resultados dependen de las circunstancias específicas; los resultados pasados no garantizan resultados futuros.
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Lázaro Héctor Amable Méndez · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria