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Extranjería·12 min 40 s

Regularización Extraordinaria España 2026: requisitos y plazos

España aprueba una regularización extraordinaria que permite a personas en situación irregular obtener residencia y trabajo. Lázaro Amable explica los requisitos, la documentación y las diferencias con el arraigo social.

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Resumen del vídeo

La Regularización Extraordinaria 2026 es una vía excepcional para que personas extranjeras en situación irregular en España puedan obtener una autorización de residencia y trabajo. A diferencia del arraigo social ordinario (que exige 3 años de residencia y contrato de trabajo), esta vía flexibiliza algunos requisitos para casos concretos.

En este vídeo, Lázaro Amable detalla los requisitos de elegibilidad: residencia previa en España, ausencia de antecedentes penales, integración social acreditable y carencia de medios económicos. También se explica la documentación necesaria —pasaporte, certificado de empadronamiento, certificado de antecedentes penales del país de origen, informe de arraigo o vínculos familiares— y el procedimiento en la Oficina de Extranjería correspondiente.

El abogado analiza también las diferencias clave con otras vías: arraigo social (3 años), arraigo familiar (vínculo con español), arraigo laboral (2 años más actividad probada) y arraigo formativo. Cada vía tiene ventajas e inconvenientes, y el análisis previo es determinante para elegir la más adecuada.

Lázaro Amable, colegiado n.º 5.231 del ICALPA, recuerda que las regularizaciones extraordinarias suelen tener plazos cerrados: una vez transcurrido el periodo de solicitud, la vía se cierra hasta una nueva norma. Por eso es importante actuar con rapidez y preparar el expediente con antelación.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la regularización extraordinaria?
Es una norma transitoria que permite a personas extranjeras en situación irregular obtener una autorización de residencia y trabajo cumpliendo unos requisitos específicos —generalmente más flexibles que los del arraigo ordinario—. Suele activarse por decreto y tiene un plazo cerrado de solicitud.
¿Quién puede acogerse?
Personas extranjeras no comunitarias en situación irregular en España, con cierta residencia previa, sin antecedentes penales en España ni en el país de origen, y que acrediten arraigo social, familiar o laboral según los criterios de la norma. Cada caso debe revisarse individualmente.
¿Necesito un contrato de trabajo?
En el arraigo social ordinario sí. En las regularizaciones extraordinarias suele haber alternativas: informe de arraigo del Ayuntamiento, plan de incorporación al empleo o vínculos familiares. Depende de la redacción concreta del Decreto.
¿Cuánto dura el proceso?
La tramitación en la Oficina de Extranjería suele durar entre 3 y 6 meses desde la presentación. El plazo para solicitar la regularización (la "ventana") suele ser limitado, por lo que conviene presentar la solicitud lo antes posible una vez cumplidos los requisitos.
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