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Ley de Segunda Oportunidad · Jubilados · Canarias

Segunda Oportunidad para Jubilados y Pensionistas — Cancela tus Deudas

Tu pensión está protegida por ley. Y aun así puedes cancelar el 100% de tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad.

💡 Las pensiones son inembargables salvo la parte que supere el SMI — pero aun así puedes acumular deudas y acogerte a la LSO

100%

De las deudas pueden cancelarse, incluyendo con pensión

Sin límite

La LSO no tiene límite de edad — jubilados incluidos

6-18 meses

Duración habitual del proceso completo en Canarias

¿A quién va dirigido?

Jubilados y pensionistas que pueden acogerse a la LSO

Jubilados con préstamos personales o tarjetas de crédito sin poder pagar

Deudas acumuladas con entidades financieras cuya cuota mensual supera lo que permite la pensión.

Pensionistas que avalaron a hijos o familiares

El familiar no pudo pagar y ahora los acreedores reclaman al avalista jubilado.

Autónomos jubilados con deudas de Hacienda o Seguridad Social

Deudas públicas acumuladas durante la actividad que siguen pendientes tras la jubilación.

Personas que cobraron ERTE/prestaciones y generaron deudas

Deudas originadas por cobros indebidos de prestaciones o créditos solicitados en esa etapa.

Jubilados con hipoteca atrasada o en riesgo de ejecución

La pensión no cubre la cuota hipotecaria y se acumulan recibos impagados.

Comparativa

La pensión y la LSO

SituaciónDetalle
¿Se puede embargar la pensión?Solo la parte que supere el SMI (1.134€/mes en 2025)
¿La LSO cancela deudas con pensión?Sí, la pensión no impide acogerse a la LSO
¿Hay que dejar de pagar para entrar?No necesariamente, se analiza cada caso
¿Afecta a la pensión futura?No, la LSO no toca la pensión
¿Qué deudas cancela?Préstamos, tarjetas, Hacienda, TGSS, suministros
¿Tiempo del proceso?6-18 meses con nuestro equipo

Base legal: Ley 25/2015 de Segunda Oportunidad · Reforma Ley 16/2022 · Art. 607 LEC (inembargabilidad)

Cómo funciona

Proceso paso a paso para jubilados

1

Calculamos tu viabilidad

Analizamos tu pensión, deudas y activos para confirmar que cumples los requisitos de la LSO.

2

Preparamos el expediente

Recopilamos toda la documentación necesaria sin que tengas que preocuparte de nada.

3

Presentamos la solicitud ante el juzgado

Gestionamos todo el proceso judicial por ti.

4

Obtención de la exoneración

El juez decreta la cancelación de tus deudas y empiezas de cero.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la LSO para jubilados

¿Un jubilado puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?+

Sí. La LSO (Ley 25/2015, reformada por Ley 16/2022) no tiene límite de edad. Un pensionista puede solicitar la exoneración de sus deudas igual que cualquier otro deudor.

¿Me pueden embargar la pensión si tengo deudas?+

Solo la parte que supere el Salario Mínimo Interprofesional (1.134€/mes en 2025). El resto está protegido. Pero eso no significa que las deudas desaparezcan sin la LSO.

¿Qué deudas puede cancelar un jubilado con la LSO?+

Préstamos personales, tarjetas de crédito, deudas con Hacienda (con límites), deudas con la Seguridad Social, facturas de suministros y prácticamente cualquier deuda privada.

¿Tengo que tener muchas deudas para solicitar la LSO?+

No existe un mínimo legal, aunque en la práctica se suele solicitar cuando la deuda supera los 10.000-15.000€ y es imposible pagarla.

¿Perderé mi vivienda si me acojo a la LSO?+

No necesariamente. Si la vivienda tiene hipoteca, se puede intentar mantenerla pagando la cuota; si es tuya libre de cargas, depende del caso.

¿Mis hijos o familiares se verán afectados por mis deudas?+

No, salvo que sean avalistas o cotitulares. La LSO solo cancela las deudas del solicitante, no afecta a terceros.

Contacto

¿Eres jubilado o pensionista con deudas?

Analizamos tu situación y te explicamos si puedes cancelar tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad. Consulta gratuita y sin compromiso.

Análisis de viabilidad gratuitoGestión completa del procesoEspecialistas en Canarias

Tus datos serán tratados de forma confidencial. Solo los usaremos para responder a tu consulta.

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