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Laboral · Las Palmas

Despido Colectivo y ERE
— Impugna y Defiende tus Derechos

Si tu empresa ha iniciado un ERE, tienes derechos concretos: prioridad de permanencia, indemnización mínima garantizada y la posibilidad de impugnar el expediente si la causa no está justificada. Tienes 20 días hábiles desde la carta para actuar.

20 días
Plazo para impugnar desde la carta de despido (caducidad)
20 días/año
Indemnización legal mínima (máx. 12 mensualidades)
4,8 ★
217 reseñas · Abogados laboralistas Las Palmas

Motivos de impugnación del ERE

Si concurre alguno de estos motivos, el ERE puede ser declarado nulo o injustificado

Causa económica no acreditada

La empresa alega pérdidas actuales o previstas pero no aporta documentación suficiente. Las cuentas positivas contradicen la causa.

Defectos en el período de consultas

El período de consultas no se celebró de buena fe, se acortó artificialmente o la empresa no negoció realmente.

Violación de prioridades de permanencia

Se despidió a representantes sindicales, trabajadores con discapacidad o mayores de 55 años sin justificación.

Fraude o abuso de derecho

El ERE encubre un despido disciplinario o se usa para eludir las garantías del despido improcedente.

Falta de documentación en el período de consultas

La empresa no entregó toda la documentación exigida por el art. 51 ET a la representación de los trabajadores.

Discriminación en la selección

Los criterios de selección de los afectados son discriminatorios por razón de género, edad, discapacidad u otras causas protegidas.

Cómo actuamos paso a paso

1

Recibir carta y documentar

Revisamos la carta de despido, las memorias explicativas y las cuentas de la empresa para detectar irregularidades.

2

Papeleta de conciliación SMAC

Obligatoria antes de demandar. Su presentación detiene el cómputo del plazo de caducidad de 20 días hábiles.

3

Demanda laboral

Si no hay acuerdo en conciliación, presentamos demanda ante el Juzgado de lo Social con todos los argumentos preparados.

4

Juicio y sentencia

El juez puede declarar el despido improcedente o nulo y ordenar la readmisión o el pago de la indemnización máxima.

⏰ El plazo de 20 días hábiles es de caducidad. Si no presentas la papeleta de conciliación en ese plazo, pierdes tu derecho definitivamente.

Preguntas frecuentes sobre ERE

¿Cuándo se considera que un despido es colectivo?

Según el art. 51 ET, es despido colectivo cuando en un periodo de 90 días afecta a: 10 trabajadores en empresas de menos de 100, el 10% en empresas de 100 a 299, y 30 en empresas de 300 o más. También si en 90 días se extinguen 5 contratos por causas objetivas en empresas con menos de 20 trabajadores.

¿Qué indemnización corresponde en un ERE?

La indemnización legal mínima es de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades (igual que el despido objetivo). Sin embargo, en la negociación del ERE la empresa suele ofrecer más. Puedes reclamar individualmente si la causa no se acredita.

¿Puedo impugnar mi despido en un ERE?

Sí, tienes dos opciones: impugnación colectiva (la representación de los trabajadores impugna el ERE completo, plazo 20 días) e impugnación individual (cada trabajador impugna su extinción, plazo 20 días hábiles desde la carta de despido). Las vías son compatibles.

¿Quiénes tienen prioridad de permanencia en un ERE?

Por ley tienen prioridad: representantes sindicales y de los trabajadores, trabajadores con cargas familiares, mayores de 55 años, y trabajadores con discapacidad. El convenio colectivo puede ampliar estos colectivos. Si se vulnera la prioridad, el despido puede ser nulo.

¿Qué diferencia hay entre ERE y ERTE?

El ERE (Expediente de Regulación de Empleo) extingue los contratos definitivamente. El ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) suspende o reduce los contratos temporalmente. En el ERTE los trabajadores mantienen su puesto y cobran el SEPE durante la suspensión.

¿Cuánto tiempo tengo para impugnar el despido del ERE?

20 días hábiles desde la comunicación individual del despido. Este plazo es de caducidad, no de prescripción: si no se presenta papeleta de conciliación (SMAC) en ese plazo, se pierde el derecho. Actúa de inmediato al recibir la carta.

Consulta gratuita

Tienes 20 días para impugnar el ERE. No esperes.

Tus datos serán tratados de forma confidencial. Solo los usaremos para responder a tu consulta.

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