Definición completa
La exoneración de deudas (también llamada Exoneración del Pasivo Insatisfecho o EPI) es la resolución judicial que extingue las deudas pendientes de pago tras un procedimiento de Segunda Oportunidad. Para obtenerla el deudor debe acreditar insolvencia real, buena fe, no haber sido condenado por delitos económicos en 10 años, y no haber obtenido una exoneración previa en 5 años.