Silencio administrativo:
la Administración tiene que contestar
Cuando presentas una solicitud y la Administración no resuelve en el plazo legal, se produce el silencio administrativo. Puede ser positivo (la solicitud se entiende estimada) o negativo (se entiende denegada). En ambos casos, el silencio es un acto recurrible. Nosotros interponemos el recurso para que obtengas una resolución real.
3 meses
Plazo habitual de resolución administrativa
2 tipos
Silencio positivo o negativo según el caso
2 meses
Plazo para recurrir desde el silencio negativo
Cómo actuamos ante el silencio administrativo
Silencio negativo — la solicitud se entiende denegada
Recurso de alzada o reposición y después recurso contencioso ante el Juzgado o el TSJ de Canarias.
Silencio positivo — la solicitud se entiende estimada
Hacemos valer los efectos del silencio positivo frente a la Administración cuando ésta se niega a reconocerlos.
Silencio en licencias y permisos
Las licencias de obras, actividades y licencias ambientales tienen reglas específicas de silencio que es necesario conocer.
Silencio en recursos administrativos
Si la Administración no resuelve tu recurso de alzada en 3 meses, opera el silencio desestimatorio y el plazo para recurrir en vía contenciosa comienza a correr.
Silencio en solicitudes de información pública
La Ley de Transparencia establece plazos propios para responder solicitudes de acceso a la información pública. El incumplimiento tiene efectos desestimatorios.
Cómputo de plazos
La clave está en calcular correctamente cuándo empieza a correr el plazo de silencio para no dejar caducar el derecho a recurrir.
Servicios que ofrecemos
- Recursos contra el silencio administrativo negativo
- Actuaciones para hacer valer el silencio positivo
- Silencio en solicitudes de licencias de obras y actividades
- Silencio en recursos de alzada y reposición
- Silencio en solicitudes de información pública (Ley de Transparencia)
- Cálculo de plazos y caducidad del derecho a recurrir
- Recurso contencioso-administrativo por inactividad de la Administración
- Reclamación de responsabilidad patrimonial por daños derivados del silencio
Preguntas frecuentes
¿Qué es el silencio administrativo?
Es la falta de resolución expresa de la Administración en el plazo legalmente previsto. La ley atribuye a ese silencio un efecto jurídico: positivo (estimación) o negativo (desestimación).
¿Cuándo es positivo y cuándo negativo?
En general, el silencio es NEGATIVO (desestimatorio) para los recursos. Es POSITIVO para solicitudes de licencias o autorizaciones donde la ley no disponga lo contrario. Hay muchas excepciones — consulta tu caso concreto.
¿Puedo recurrir si el silencio es positivo?
Si la Administración no te da lo que el silencio positivo debería concederte, podemos hacer valer ese silencio mediante recursos administrativos o por vía judicial.
¿Qué plazo hay para recurrir el silencio?
Depende del tipo de recurso: 1 mes para recurso de reposición, 2 meses para recurso contencioso-administrativo desde que se entiende producido el silencio. Cuidado con dejar pasar el plazo.
¿Y si la Administración resuelve tarde pero favorablemente?
Si la resolución tardía es favorable y aún no has recurrido, puedes aceptarla. Si ya recurriste, depende de si el plazo había vencido y de la naturaleza del acto.
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