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Construcción · Las Palmas

Garantía Decenal en Construcción
— Protección hasta 10 Años

La Ley de Ordenación de la Edificación establece plazos de garantía de 1, 3 y 10 años. Si tu vivienda tiene defectos, actuamos antes de que prescriba tu derecho a reclamar.

10 años

Plazo máximo de garantía para defectos estructurales

Seguro

Obligatorio para vivienda nueva — cubrimos aunque la constructora haya cerrado

4,8 ★

217 reseñas · Abogados construcción Las Palmas

Los tres niveles de garantía (LOE art. 17)

1 año

Defectos de acabado

Pintura, pavimentos, carpintería, mecanismos

No obligatorio

3 años

Defectos de habitabilidad

Humedades, aislamiento, instalaciones, condensaciones

No obligatorio (recomendado)

10 años

Defectos estructurales

Fisuras estructurales, fallos de cimentación, colapso

OBLIGATORIO (vivienda nueva)
⚠️ Los plazos de la garantía son estrictos. La acción judicial prescribe a los 2 años desde que el daño se manifiesta — no desde la entrega.

Cómo reclamar el seguro decenal

1

Identificar la póliza

Localizamos la póliza del seguro decenal en el Registro de la Propiedad o mediante comunicación a la promotora. En ocasiones consta en la escritura de compraventa.

2

Informe pericial

El perito acredita que el daño está dentro del ámbito de cobertura del seguro (defecto estructural o de habitabilidad según el nivel de garantía reclamado).

3

Comunicación a la aseguradora

Presentamos la reclamación formal a la aseguradora con el informe pericial, documentación del inmueble y cuantificación de daños.

4

Respuesta o litigio

Si la aseguradora no acepta o no responde en plazo, iniciamos acción judicial. Los plazos de prescripción son estrictos — no los dejamos pasar.

¿Tiene tu edificio seguro decenal?

Cómo verificarlo

La existencia del seguro decenal consta habitualmente en la escritura de compraventa y en el Libro del Edificio. También puede consultarse solicitando información al Registro de la Propiedad donde figure inscrita la finca o preguntando directamente a la promotora o comunidad de propietarios.

Si no hay seguro

La ausencia de seguro no impide la reclamación. Los agentes de la edificación — promotor, constructor y técnicos — siguen siendo responsables solidariamente de los daños durante los plazos establecidos en la LOE. La reclamación se dirige directamente contra ellos sin pasar por la aseguradora.

Si el constructor ha quebrado

Si el constructor o promotor está en concurso de acreedores o ha desaparecido, existen otras vías: reclamación al seguro decenal (si existe), responsabilidad de los técnicos intervinientes (arquitecto, aparejador), o acción frente a otros agentes solidarios. En ALY Abogados analizamos todas las vías posibles para garantizar el cobro de tu indemnización.

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente la garantía decenal?
Es la obligación establecida en el artículo 17 de la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación) de que los agentes de la edificación respondan de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de la construcción. La "decenal" hace referencia al plazo máximo de 10 años para defectos estructurales.
¿El seguro decenal es obligatorio para todas las viviendas?
Sí para las viviendas de nueva planta promovidas por personas jurídicas o personas físicas que hayan promovido más de una vivienda en los últimos 5 años. Para autopromoción de vivienda unifamiliar para uso propio puede existir exención, aunque complica enormemente la venta posterior.
¿Puedo reclamar al seguro si la constructora ha cerrado?
Sí. El seguro decenal cubre la responsabilidad con independencia de la situación patrimonial del promotor o constructor. Si el edificio tiene seguro, la aseguradora debe responder en los plazos legales.
¿Desde cuándo empieza a contar el plazo de garantía?
El plazo empieza desde la fecha del Certificado de Fin de Obra u Ocupación. Para reclamar judicialmente, el plazo de prescripción de la acción es de 2 años desde que el daño se manifiesta (no desde la entrega).
¿Qué hacer si el seguro decenal rechaza la reclamación?
Si la aseguradora rechaza la cobertura o minusvalora el daño, se puede impugnar la decisión por vía extrajudicial (defensor del asegurado) o directamente por vía judicial. El perito especializado es clave en estos casos.
¿La garantía decenal cubre reformas y rehabilitaciones?
Solo las obras de rehabilitación que sean de nueva planta o equivalentes. Las reformas parciales de elementos existentes no tienen obligación legal de seguro decenal, aunque el profesional puede quedar igualmente responsable por su actuación durante 10 años.

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