El Inquilino No Paga
— Tus Opciones Legales
Si tu inquilino lleva meses sin pagar el alquiler, la ley te da herramientas para actuar desde el primer impago. Te explicamos todo el proceso.
Mes 1
Actuar desde el primer impago
Deuda + costas
Reclamamos rentas impagadas y gastos judiciales
4,8 ★
217 reseñas · Abogados arrendamientos Las Palmas
Tres vías para actuar
Burofax de requerimiento
Primer paso obligado. Notificación fehaciente al inquilino de la deuda y apertura del plazo para pagar o abandonar el inmueble. Genera prueba de intentar solución extrajudicial.
Día 1–7Proceso monitorio
Si la deuda es solo económica y no necesitas recuperar el piso, el monitorio es más rápido. El juzgado requiere de pago; si no responde en 20 días se despacha ejecución.
Mes 1–3Desahucio por impago
Cuando además de cobrar la deuda necesitas recuperar la vivienda. En el mismo procedimiento se reclaman rentas pendientes, costas y se fija fecha de lanzamiento.
Mes 2–6Cómo trabajamos tu caso
Análisis del contrato y deuda
Revisamos el contrato, calculamos la deuda exacta y determinamos la vía más adecuada: extrajudicial, monitorio o desahucio.
Burofax notarial
Enviamos requerimiento fehaciente al inquilino concediendo plazo para ponerse al corriente o abandonar el inmueble.
Demanda y juicio
Presentamos demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Las Palmas. Seguimiento activo hasta la sentencia.
Lanzamiento y cobro
Ejecutamos el lanzamiento y continuamos el proceso de cobro de rentas impagadas mediante embargo de bienes si es necesario.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo puedo actuar si el inquilino no paga?
Desde el primer día de impago. Recomendamos enviar un burofax en el mes 1 y presentar demanda de desahucio si no paga en 7-10 días. Cuanto antes actúes, antes recuperas el inmueble.
¿Puedo cambiar la cerradura o cortar suministros?
No. Es ilegal cortar suministros o acceder al inmueble sin autorización judicial, aunque el inquilino no pague. El uso de estas vías puede suponer responsabilidad penal para el propietario.
¿Qué es la enervación del desahucio?
Es el derecho del inquilino a pagar toda la deuda acumulada antes del juicio oral para evitar el desahucio. Solo puede ejercerse una vez en toda la vida del contrato. Si ya lo hizo antes, no podrá repetirlo.
¿Puedo retener la fianza si el inquilino no paga?
Sí, pero la fianza (1 mensualidad para vivienda) raramente cubre toda la deuda. Además, en el procedimiento de desahucio puedes reclamar todas las rentas pendientes más las costas del proceso.
¿Qué pasa si el inquilino alega situación de vulnerabilidad?
Los servicios sociales pueden solicitar una suspensión del lanzamiento de hasta 2 meses (propietario particular) o 4 meses (persona jurídica). Pasado ese plazo, el desahucio se ejecuta.
¿Necesito abogado y procurador para reclamar el impago?
Para demandas de desahucio y reclamaciones superiores a 2.000 € es preceptiva la intervención de abogado y procurador. En ALY Abogados gestionamos todo el proceso judicial.
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