¿Cuánto me corresponde por el accidente?
Calculamos tu indemnización
Reclamamos la indemnización máxima según la Ley 35/2015: días de baja, secuelas permanentes, gastos médicos y lucro cesante. Cobro a éxito — si no recuperamos, no pagas.
Cómo te ayudamos
Baremo mínimo obligatorio
La Ley 35/2015 fija las bases; la aseguradora NO puede pagar menos del baremo mínimo. Nosotros reclamamos hasta el máximo aplicable.
Días de baja médica
Perjuicio personal básico más perjuicio particular según situación personal: hospitalización, baja impeditiva o baja no impeditiva.
Secuelas permanentes
Valoradas según tablas médicas del baremo; a mayor puntuación de secuela, mayor indemnización. Requieren pericial especializada.
Perjuicio patrimonial
Gastos médicos, farmacia, transporte, lucro cesante. Todos los gastos justificados son reclamables como perjuicio patrimonial.
Perjuicio moral para familiares
En casos de muerte, los familiares tienen derecho a indemnización independiente por perjuicio moral y personal.
Negociación o juicio
Si la oferta motivada de la aseguradora es insuficiente, demandamos. La sentencia supera con frecuencia la oferta inicial.
Servicios que ofrecemos
- Valoración médico-legal completa de lesiones y secuelas
- Cálculo detallado del baremo Ley 35/2015
- Reclamación de días de hospitalización, baja impeditiva y no impeditiva
- Perjuicios particulares: deportistas, autónomos, cuidadores
- Reclamación de gastos médicos, farmacia y fisioterapia
- Lucro cesante para asalariados y autónomos
- Valoración pericial de secuelas permanentes
- Negociación y demanda si la oferta es insuficiente
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la indemnización por días de baja?
Se distinguen: días de hospitalización (~75€/día), días de baja médica impeditiva (no puede trabajar, ~56€/día), días de baja no impeditiva (~31€/día). Además, si tienes circunstancias especiales (deportista, madre con hijo pequeño, etc.) hay perjuicios particulares adicionales.
¿Qué son las secuelas y cómo se valoran?
Las secuelas son las lesiones permanentes que quedan tras el tratamiento (p.ej., limitación de movilidad, cicatrices, dolor crónico). Se puntúan según tablas médicas del baremo y se multiplican por factores de edad e ingresos.
¿Puedo reclamar los gastos del médico privado?
Sí, los gastos médicos justificados forman parte del perjuicio patrimonial. Conserva todas las facturas de médicos, fisioterapeutas, farmacia y otros tratamientos.
¿La aseguradora tiene que hacer una oferta?
Sí, bajo la Ley 35/2015, la aseguradora debe hacer una oferta motivada en un plazo máximo. Si no lo hace, incurre en mora automática con intereses del 20% anual.
¿Qué pasa si rechazo la oferta de la aseguradora?
Puedes rechazarla y reclamar judicialmente. Muchas veces la sentencia supera ampliamente la oferta inicial; es la principal razón por la que los abogados de accidentes cobran a éxito.
Consulta gratuita
Analizamos tu caso sin compromiso. Llamamos nosotros si lo prefieres.