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ZEC6 de mayo de 2026

Tributar al 4% en España: Qué es la ZEC y Cómo Pueden Acceder las Empresas LATAM

Explicación completa de la Zona Especial Canaria para empresas latinoamericanas. El 4% IS más bajo de la UE, requisitos reales y proceso de autorización.

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Lázaro Héctor Amable Méndez

Abogado · Col. n.º 5.231 ICALPA · Las Palmas de Gran Canaria

7 min de lectura

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La Zona Especial Canaria (ZEC) permite a empresas con sede y actividad real en las Islas Canarias tributar al 4% en el Impuesto sobre Sociedades — el tipo más bajo de cualquier territorio dentro de la Unión Europea, autorizado expresamente por la Comisión Europea como instrumento de desarrollo regional.


Qué es la ZEC: historia y legitimidad

La ZEC no es un esquema reciente ni una figura de frontera legal. Fue creada en 1994 mediante la Ley 19/1994 del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, reformada en 2000 y de nuevo en 2019. Ha sido aprobada y revisada en múltiples ocasiones por la Comisión Europea en el marco de las normas de ayudas de Estado para las Regiones Ultraperiféricas (RUP) de la Unión Europea.

Canarias, junto con Madeira, Azores, Guadalupe, Martinica, Reunión, Mayotte, San Martín y Guyana Francesa, tiene el estatus de Región Ultraperiférica de la UE. Esto le permite aplicar regímenes fiscales y económicos especiales que no serían posibles en el territorio continental europeo.

La ZEC es, por tanto, un régimen completamente legal, transparente y supervisado, no un paraíso fiscal ni una estructura opaca.


La diferencia fundamental con los paraísos fiscales

Esta distinción es importante, especialmente para empresas latinoamericanas que operan con clientes o inversores en Estados Unidos o Europa, donde la percepción de riesgo asociada a estructuras offshore puede afectar a las relaciones comerciales.

AspectoParaíso fiscalZEC
Residencia fiscalEspaña (UE)España (UE)
TransparenciaBajaAlta (supervisión Consorcio + AEAT)
Sustancia requeridaNoSí (empleados, inversión, actividad real)
Acceso a CDIs de EspañaNoSí (todos los convenios españoles)
Aprobación UENo aplicableSí, homologado por Comisión Europea
Lista negra OCDE/UEMuchos síNo

Una entidad ZEC es una empresa española residente en España a todos los efectos fiscales y jurídicos. Puede acceder a los más de 90 convenios de doble imposición firmados por España, cotizar en bolsas europeas, contratar con organismos públicos europeos y operar en el mercado único sin restricciones.


Requisitos actuales de la ZEC: la lista completa

Para que una empresa pueda acogerse al régimen ZEC y tributar al 4% IS, debe cumplir simultáneamente todos los siguientes requisitos:

1. Sede social y domicilio fiscal en Canarias

La empresa debe estar domiciliada en las Islas Canarias. No puede tener la sede fiscal en Madrid o Barcelona y reclamar el tipo ZEC.

2. Dirección efectiva en Canarias

El administrador o un representante con poderes de gestión debe tener su actividad habitual en Canarias. La AEAT verifica esto a través de la presencia física y las comunicaciones con la empresa.

3. Actividad incluida en la lista de actividades autorizadas

El Consorcio ZEC mantiene una lista de códigos CNAE (equivalente al código CIIU colombiano o al código de actividad económica mexicano) admitidos en el régimen. Incluye, entre otros:

  • Servicios a empresas (consultoría, IT, marketing)
  • Comercio mayorista e internacional
  • Logística y transporte
  • Industria y fabricación
  • Servicios financieros (con restricciones específicas)
  • Telecomunicaciones e informática
  • Investigación y desarrollo

4. Mínimo de creación de empleo en Canarias

  • Gran Canaria y Tenerife: al menos 5 empleados en los primeros seis meses desde la autorización.
  • Resto de islas (Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera, El Hierro): al menos 3 empleados.

Estos empleos deben ser contratos laborales reales, a jornada completa o equivalente, con cotización a la Seguridad Social española.

5. Inversión mínima en activos fijos en Canarias

  • Gran Canaria y Tenerife: 100.000€ en los dos primeros años.
  • Resto de islas: 50.000€ en los dos primeros años.

La inversión debe realizarse en activos fijos ubicados en Canarias (equipos, instalaciones, mobiliario, software adquirido, etc.). No computan los terrenos ni los inmuebles destinados a vivienda.

6. Autorización expresa del Consorcio ZEC

La entidad no se beneficia automáticamente del tipo del 4% por estar ubicada en Canarias. Debe obtener una autorización formal del Consorcio ZEC, que evalúa el plan de negocio, la viabilidad del proyecto y el cumplimiento de los requisitos anteriores.


Qué rentas se benefician del 4%

Este es uno de los puntos más malentendidos de la ZEC. El tipo del 4% no se aplica a todos los ingresos de la empresa, sino únicamente a la base imponible especial ZEC, que corresponde a las rentas generadas por la actividad autorizada y desarrollada materialmente desde Canarias.

Las rentas que no se generan en el ámbito ZEC (por ejemplo, ingresos financieros pasivos, beneficios de filiales extranjeras o ingresos de actividades no autorizadas) tributan al tipo general del Impuesto sobre Sociedades español (25% régimen general; 23% para pymes).

Además, la base imponible a la que se puede aplicar el 4% tiene un tope máximo que escala con el número de empleados:

Empleados en CanariasBase máxima al 4%
1-51.800.000€
6-102.400.000€
11-203.600.000€
21-509.600.000€
51-10018.000.000€
Más de 10027.000.000€

Comparativa de tipos de IS: ZEC vs principales economías LATAM

Aviso legal: Los tipos a continuación son los tipos nominales generales vigentes o estimados para 2026 en cada jurisdicción. El tipo efectivo que paga cada empresa depende de deducciones, regímenes especiales, tratados aplicables y la estructura específica de cada negocio. Esta comparativa es solo orientativa y no constituye asesoramiento fiscal.

País / RégimenTipo IS nominalObservaciones
ZEC (España/Canarias)4%Solo rentas en ámbito ZEC; requiere cumplir todos los requisitos
España (régimen general)25%23% pymes; 15% primeros 2 años nueva creación
México30%Tipo general para personas morales
Colombia35%Tipo general 2026
Argentina35%Con posibles variaciones según reforma fiscal
Perú29,5%
Chile27%Régimen general integrado

El proceso de solicitud ante el Consorcio ZEC: 5 pasos

  1. Análisis de viabilidad previo: verificar que la actividad está en la lista autorizada, que los compromisos de empleo e inversión son alcanzables y que la estructura societaria es coherente.
  2. Constitución de la SL española: con domicilio en Canarias y NIF operativo.
  3. Preparación del expediente ZEC: plan de negocio, memoria de actividad, compromisos de empleo e inversión, documentación societaria.
  4. Presentación ante el Consorcio ZEC: en Las Palmas de Gran Canaria o Santa Cruz de Tenerife. El Consorcio puede requerir documentación adicional.
  5. Resolución y registro: el Consorcio emite resolución. Una vez aprobada, la entidad queda inscrita en el Registro Oficial de Entidades ZEC y puede aplicar el tipo del 4% desde el ejercicio siguiente.

Para qué tipo de empresa LATAM tiene sentido la ZEC

La ZEC es especialmente interesante para:

  • Empresas de servicios con margen alto (SaaS, consultoría, fintech, exportación digital) con facturación en EUR o USD.
  • Negocios con facturación entre 300.000€ y 10.000.000€ anuales.
  • Fundadores dispuestos a instalar presencia real en Canarias: al menos una persona cualificada con contrato español.
  • Empresas que quieren una estructura formal europea para acceder a inversión de capital riesgo europeo, contratar con grandes corporaciones de la UE o mejorar su percepción ante clientes norteamericanos.

No tiene sentido para microempresas, negocios sin proyección internacional, sectores no autorizados o fundadores que no pueden o no quieren asumir los costes fijos de la estructura ZEC.


Más información

Si quieres entender cómo encaja la ZEC en una estructura de grupo con matriz latinoamericana, consulta nuestra guía sobre estructuras holding LATAM-Europa. Para startups tecnológicas, el artículo sobre ZEC para startups latinoamericanas detalla casos de uso específicos. Y si estás evaluando distintas jurisdicciones, puedes consultar la comparativa España, Andorra, Delaware y Uruguay.


Aviso legal: Este artículo tiene carácter informativo. La ZEC puede tributar al 4% IS si cumple los requisitos de sustancia, empleo, inversión, actividad autorizada y autorización del Consorcio ZEC. Ningún contenido de este artículo constituye asesoramiento fiscal o jurídico individualizado.


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