Diseño de estructura holding LATAM-Europa con sede ZEC en Canarias
Holding LATAM-Europa en Canarias: Centraliza Dividendos con la Mayor Eficiencia Fiscal de la UE
Una entidad ZEC en Las Palmas puede actuar como cabeza de grupo para recibir dividendos de filiales en Latinoamérica y Europa con exención del 95% y reinvertir mediante la RIC — si cumples los requisitos de sustancia, empleo, inversión y actividad autorizada.
95% Exención
Dividendos de filiales (Art. 21 LIS)
RIC hasta 90%
Beneficio reinvertible libre de IS
4% IS ZEC
Sobre rentas residuales autorizadas
Estructura Holding en Canarias para Grupos LATAM-Europa
Punto clave
El Modelo Holding en Canarias
Sociedad ZEC en Canarias como cabeza de grupo: recibe dividendos de filiales en LATAM y Europa con exención del 95% (Directiva Matriz-Filial UE + Art. 21 LIS). Reinvierte con RIC o reparte a socios con menor tributación global. Aplica si cumples requisitos de sustancia, empleo, inversión y actividad autorizada.
Exención del 95% sobre Dividendos
Empresas con participación ≥5% en filiales y holding de ≥1 año: el 95% de los dividendos están exentos de IS en la cabeza holding española (Art. 21 LIS). No es exclusivo de la ZEC, pero potenciado por el tipo del 4% sobre el 5% restante sujeto.
ZEC + RIC: La Combinación Máxima
Reserva para Inversiones en Canarias (RIC): hasta el 90% del beneficio no distribuido se puede reservar libre de IS si se materializa en activos en Canarias. Combinado con el 4% ZEC, reduce la carga fiscal al mínimo legal permitido dentro de la UE.
Holding para Familias Empresarias LATAM
Familias empresarias de México, Colombia, Chile que quieren centralizar su patrimonio empresarial en una estructura europea reconocida. Permite también planificación sucesoria en paralelo, combinando el holding con figuras como la sociedad de gestión patrimonial.
Dividendos desde LATAM: Retenciones y CDI
Los CDI de España con países LATAM afectan las retenciones en origen. Diferencia clave: países con CDI (México, Colombia, Chile, Perú) vs sin CDI (Argentina). La planificación debe realizarse antes de estructurar para cuantificar el coste real de retenciones en cada origen.
Transparencia Fiscal y CFC Rules
Advertencia importante: las normas españolas de transparencia fiscal internacional (Art. 100 LIS) pueden afectar a holdings que controlen filiales en territorios de baja tributación. El análisis previo de las CFC rules es indispensable antes de diseñar la estructura.
Servicios Holding LATAM-Europa
Análisis de CDI aplicables y retenciones por país de origen
Constitución de entidad ZEC como cabeza de grupo
Planificación RIC y materialización en activos canarios
Análisis de transparencia fiscal internacional (Art. 100 LIS)
Estructuración de distribución de dividendos a socios no residentes
La tributación al 4% aplica a rentas dentro del ámbito ZEC, condicionada al cumplimiento de requisitos de sustancia, empleo, inversión y autorización del Consorcio ZEC.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la exención del 95% sobre dividendos y cómo funciona?›
El artículo 21 LIS establece que los dividendos percibidos de filiales están exentos al 95% si la participación es ≥5% y se ha mantenido ≥1 año. El 5% restante tributa al tipo IS aplicable (4% en ZEC). El resultado es una tributación efectiva muy reducida sobre la corriente de dividendos.
¿Puede el holding ZEC recibir dividendos de una empresa en Argentina sin CDI?›
Sí puede recibirlos, pero sin CDI, Argentina aplica retenciones en la fuente que pueden ser significativas (entre el 7% y el 35% según el tipo de renta). España y Argentina no tienen CDI vigente en materia societaria. Hay que cuantificar el coste de retención en origen antes de diseñar la estructura.
¿La RIC se puede aplicar en una holding ZEC?›
Sí. La RIC puede ser utilizada por entidades ZEC. Permite dotar hasta el 90% del beneficio no distribuido libre de IS, siempre que se materialice en inversión en activos fijos en Canarias o en determinados activos financieros.
¿Cómo tributan los socios latinoamericanos cuando reciben dividendos del holding?›
El holding español aplicará una retención del 19% sobre los dividendos salvo que sea aplicable un CDI. España tiene CDI con México (15% retención máxima), Colombia (0-15%), Chile (5-15%), y Perú (10-15%). Los socios argentinos (sin CDI) tributan al 19% de retención española.
¿Es necesario que el holding tenga empleados en Canarias?›
Para la inscripción ZEC sí se requieren los mínimos de empleo en Canarias. Además, para que la residencia fiscal española sea sólida, la gestión efectiva (consejo de administración, decisiones estratégicas) debe realizarse desde Las Palmas. Un holding sin actividad real en Canarias puede no ser reconocido como residente fiscal español.
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