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Régimen Económico Fiscal · Art. 94 Ley 20/1991

DIC Canarias 2026
Deducción del 25% en cuota IS

La Deducción por Inversiones en Canarias (DIC) permite reducir directamente la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades hasta un 25% del importe de las inversiones nuevas realizadas en el archipiélago. Compatible con la RIC.

25%

Deducción directa en cuota del IS por inversión

50%

Límite máximo de deducción sobre cuota líquida

Art. 94

Regulación en la Ley 20/1991 del REF canario

Definición

¿Qué es la DIC?

La Deducción por Inversiones en Canarias (DIC) es un incentivo fiscal del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, regulado en el artículo 94 de la Ley 20/1991. Permite deducir directamente en la cuota del IS el 25% (o el porcentaje incrementado aplicable) del precio de adquisición de activos fijos nuevos afectos a la actividad.

A diferencia de la RIC —que reduce la base imponible del IS— la DIC opera directamente sobre la cuota del impuesto, haciendo que el ahorro sea inmediato y más eficiente en términos de flujo de caja para la empresa.

El límite general es el 50% de la cuota líquida del ejercicio. El exceso no aplicado puede trasladarse a los 15 ejercicios fiscales siguientes.

DIC vs RIC — principales diferencias

ConceptoDICRIC
Opera sobreCuota ISBase imponible
Deducción25% inversiónHasta 90% beneficios
Límite50% cuota líquida90% base imponible
Compatible entre sí
Reserva indisponibleNo requiereSí, 3 años
Arrastre exceso15 ejerciciosNo aplica

Base legal: Art. 94 Ley 20/1991 · REF de Canarias

Activos elegibles

Inversiones aptas para la DIC

La normativa establece un amplio catálogo de activos fijos nuevos sobre los que puede aplicarse la deducción.

Activos fijos materiales nuevos

Maquinaria, instalaciones, equipos industriales, vehículos afectos y bienes inmuebles destinados a la actividad económica en Canarias, siempre que sean nuevos (no de segunda mano).

Inversiones en suelo

Terrenos afectos a la actividad económica cuando sean parte de una inversión inicial de mayor calado (nuevo establecimiento, ampliación o diversificación de actividad).

Activos intangibles

Software, patentes, licencias de explotación, know-how y derechos de propiedad industrial o intelectual adquiridos a terceros y afectos a la actividad en Canarias.

Bienes de equipo de transporte

Vehículos industriales y de transporte interno (carretillas, grúas, elementos similares) afectos exclusivamente a la actividad económica desarrollada en el archipiélago.

Rehabilitación de inmuebles

Obras de rehabilitación o reforma sustancial en inmuebles afectos a la actividad económica de la empresa ubicados en el territorio de las Islas Canarias.

Inversión inicial elegible

Inversiones que supongan la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad productiva, la diversificación de la actividad o la transformación fundamental del proceso de producción.

Aplicación práctica

Plazos y proceso de aplicación de la DIC

01

Realizar la inversión

Adquirir el activo fijo nuevo y ponerlo en funcionamiento durante el ejercicio fiscal. La inversión debe estar registrada en el activo del balance al cierre del ejercicio en que se aplica la deducción.

02

Calcular la deducción

El 25% del coste de adquisición (excluido IGIC/IVA no deducible) se aplica directamente como deducción en la cuota del IS, con el límite del 50% de la cuota líquida. El exceso se arrastra hasta 15 ejercicios.

03

Mantener el activo

El bien debe permanecer en el patrimonio de la empresa durante al menos 5 años (3 años para bienes muebles de menor cuantía), salvo pérdida involuntaria justificada documentalmente.

Incumplimiento del plazo de mantenimiento

Si el bien en que se materializó la DIC se transmite antes de los 5 años (o 3 años para bienes muebles), la empresa deberá integrar en la base imponible las cantidades deducidas más los intereses de demora, salvo pérdida involuntaria justificada. Es fundamental llevar un control riguroso del activo durante el período de mantenimiento.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la DIC

¿Qué es la DIC y en qué se diferencia de la RIC?

La DIC (Deducción por Inversiones en Canarias, art. 94 Ley 20/1991) es un incentivo fiscal del REF canario que permite deducir directamente en la cuota del Impuesto de Sociedades el 25% del precio de adquisición de activos fijos nuevos realizados en Canarias. A diferencia de la RIC, que opera reduciendo la base imponible del IS, la DIC reduce directamente la cuota (el impuesto a pagar), lo que la hace especialmente eficiente en términos de liquidez inmediata.

¿Qué porcentaje exacto de deducción ofrece la DIC?

El porcentaje general es el 25% del precio de adquisición de los activos nuevos. En algunos casos de inversión inicial o inversiones especialmente relevantes puede aplicarse un porcentaje incrementado según las directrices de ayuda regional. La deducción está limitada al 50% de la cuota líquida del IS del ejercicio, pudiéndose arrastrar el exceso no aplicado hasta los 15 ejercicios fiscales posteriores.

¿Es compatible la DIC con la RIC y otros incentivos del REF?

Sí. La DIC es compatible con la RIC (Reserva para Inversiones en Canarias, art. 27 Ley 19/1994) y con otros incentivos del REF canario, como la ZIC (Zona Industrial Canaria). La combinación DIC + RIC sobre la misma inversión puede resultar en una fiscalidad prácticamente nula para determinados ejercicios, aunque requiere planificación cuidadosa con especialistas para evitar incompatibilidades o incumplimientos formales.

¿Qué ocurre si el activo se vende o se da de baja antes de los 5 años?

Si el bien en el que se materializó la DIC se transmite o se da de baja del activo antes de los 5 años (o 3 años para bienes muebles de menor cuantía), la empresa deberá integrar en la base imponible las cantidades deducidas, incrementadas con los intereses de demora correspondientes. La única excepción admitida es la pérdida involuntaria del bien debidamente justificada (robo, incendio, siniestro total, etc.).

¿Pueden aplicar la DIC las pequeñas empresas y los autónomos?

Sí. Las personas físicas empresarios o profesionales que tributan por IRPF también pueden aplicar una deducción equivalente por inversiones en Canarias sobre la cuota íntegra de su IRPF. Para las sociedades, la DIC es de aplicación independientemente del tamaño empresarial, aunque las empresas de reducida dimensión pueden acceder a porcentajes de deducción incrementados en determinadas circunstancias.

¿Cómo se aplica la DIC en la declaración del IS?

La DIC se consigna en el modelo 200 del Impuesto de Sociedades en el apartado de deducciones para incentivar determinadas actividades, en las casillas específicas del REF canario. Es fundamental acreditar documentalmente la inversión (facturas, contratos), la puesta en funcionamiento del activo durante el ejercicio y el mantenimiento posterior en el balance. Nuestros asesores gestionan todo el proceso y la comunicación con la AEAT.

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